Contratos de Carlos Eduardo Juaristi Castellanos
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Folio de Inscripción | Fecha de Inscripción |
5860 | 21/jun/2011 |
5861 | 21/jun/2011 |
5862 | 21/jun/2011 |
5863 | 21/jun/2011 |
5864 | 21/jun/2011 |
“En caso de presentar algún problema de accesibilidad con los documentos e información publicada, escribanos a la dirección electrónica: atencion@ift.org.mx, o llámenos al teléfono: 018002000120 para poder proporcionarle la información correspondiente.”
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Contratos Alejandro Melgarejo Cortés
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Contratos de Televisión de paga
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Facturación
Facturación
Conoce que son, cuáles son sus beneficios y tips de uso de tus diferentes servicios de telecomunicaciones: telefonía móvil, telefonía fija, televisión restringida e Internet.
Como usuario, tienes derecho a estar informado de manera clara y oportuna, de los servicios que te son cobrados.
Por ello, tu factura debe contener lo siguiente:
-
El período de facturación
-
La cuota mensual fija
-
Otros cargos mensuales fijos
-
Cualquier cuota fija no recurrente
-
Cargos por servicios adicionales (por ejemplo: contratación de películas de paga)
-
Total facturado e impuestos aplicables
-
Importe total de la factura con los impuestos incluidos
En caso de que una misma compañía te brinde distintos servicios (por ejemplo: televisión de paga, teléfono e Internet), la factura deberá mostrar el detalle de los elementos anteriores por cada uno de los servicios.
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Contratos
Contratos
Conoce que son, cuáles son sus beneficios y tips de uso de tus diferentes servicios de telecomunicaciones: telefonía móvil, telefonía fija, televisión restringida e Internet.
Como usuario y previo a la contratación, tienes derecho a contratar y conocer las condiciones comerciales establecidas en los modelos de contrato de adhesión.
¡Revísalo! El contrato debe…
-
Proteger tus datos personales.
-
Especificar la calidad con la que debe ser prestado el servicio.
-
Señalar la obligación de notificarte por cualquier medio, de cualquier cambio en las condiciones originalmente contratadas.
-
Establecer el cumplimiento forzoso del mismo cuando el proveedor del servicio modifique las condiciones originalmente contratadas y en caso de que no las cumpla, podrás rescindir el mismo.
-
Establecer el derecho a rescindir el servicio contratado o cambiar de paquete o plan, en forma anticipada.
-
Especificar sobre el derecho a la bonificación o descuento por fallas en el servicio o cargos indebidos, imputables al proveedor.
-
Establecer que cuando se haya suscrito un contrato de adhesión, este sólo se podrá cambiar a otro mediante el acuerdo de las partes.
-
Establecer el derecho a cancelar el contrato sin necesidad de recabar autorización del proveedor, ni penalización alguna cuando el plazo pactado concluya.
-
Establecer de manera expresa el derecho a no recibir llamadas del proveedor sobre la promoción de servicios o paquetes a menos que expresamente manifiestes tu consentimiento.
¡Recuerda!
Ninguna cláusula puede permitir que tu proveedor modifique unilateralmente el contenido del contrato, o liberarlo de su responsabilidad civil, o proveer términos de prescripción inferiores a los legales u obligarte a renunciar a lo dispuesto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión o en la Ley Federal de Protección al Consumidor.
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¿Sabías que...?
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Facturación
Como usuario, tienes derecho a esta informado de los servicios que te son cobrados de manera clara y oportuna.
Por ello, tu factura debe contener lo siguiente:
- El período de facturación
- La cuota mensual fija
- Otros cargos mensuales fijos
- Cualquier cuota fija no recurrente
- Cargos por servicios adicionales (por ejemplo: contratación de películas de paga, etcétera)
- Total facturado e impuestos aplicables
- Importe total de la factura con los impuestos incluidos
En caso de que una misma compañía te brinde distintos servicios (por ejemplo: televisión de paga, teléfono e Internet), la factura deberá mostrar el detalle de los elementos anteriores por cada uno de los servicios.
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Contratos
Como usuario, tienes derecho a contratar y conocer, previo a la contratación, las condiciones comerciales establecidas en los modelos de contrato de adhesión.
¡Revísalo! El contrato debe…
- Proteger tu datos personales
- Hacer referencia a la calidad con la cual debe de ser prestado el servicio
- Señalar la obligación de notificarte por cualquier medio, de cualquier cambio en las condiciones originalmente contratadas
- Establecer el cumplimiento forzoso del mismo cuando el proveedor del servicio modifique las condiciones originalmente contratadas y en caso de que no las cumpla, a rescindir el mismo
- Establecer el derecho a rescindir el servicio contratado o cambiar de paquete o plan, en forma anticipada
- Contener el derecho a la bonificación o descuento por fallas en el servicio o cargos indebidos, imputables al proveedor
- Establecer que cuando se haya suscrito un contrato de adhesión, este solo se podrá cambiar a otro por acuerdo de las partes
- Establecer el derecho a cancelar el contrato sin necesidad de recabar autorización del proveedor, ni penalización alguna cuando el plazo pactado concluya
- Establecer de manera expresa el derecho a no recibir llamadas del proveedor sobre la promoción de servicios o paquetes a menos que expresamente manifiestes tu consentimiento
¡Recuerda!
Ninguna cláusula puede permitir que tu proveedor modifique unilateralmente el contenido del contrato, o liberarlo de su responsabilidad civil, o proveer términos de prescripción inferiores a los legales u obligarte a renunciar a lo dispuesto en esta Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión o a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
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Must Carry Must Offer
Must Carry Must Offer
Conoce que son, cuáles son sus beneficios y tips de uso de tus diferentes servicios de telecomunicaciones: telefonía móvil, telefonía fija, televisión restringida e Internet.
Must Carry es la obligación de los concesionarios de televisión restringida de retransmitir la señal de televisión abierta en sus sistemas.
El objetivo es el acceso a contenidos de TV abierta sin costo para el suscriptor de TV de paga
- Favorece la competencia en el servicio de TV de paga y esto se refleja directamente en las tarifas a los usuarios.
- Beneficia a la audiencia al garantizar el acceso gratuito a los contenidos del servicio público de radiodifusión.
- Loscontenidos de las instituciones públicas federales podrán llegar a toda la audiencia de televisión de paga del país.
¡Todos tenemos derecho a recibir señales radiodifundidas! Si eres suscriptor y usuario de algún servicio de televisión restringida, tienes derecho a recibir la retransmisión de tales señales a través de la prestación de dicho servicio.
En caso de que seas usuario de un servicio de televisión restringida terrenal (por cable), tienes derecho a recibir las señales de televisión abierta dentro de la misma zona de cobertura geográfica, de manera gratuita y no discriminatoria, en forma íntegra y sin modificaciones, simultánea, incluyendo la publicidad y con la misma calidad de la señal que se radiodifunde.
En caso de que seas usuario de un servicio de televisión restringida vía satélite, tienes derecho a recibir las señales abiertas que tengan 50% o más de cobertura del territorio nacional (“Canal de las Estrellas”, “Canal 5”, “Azteca Siete” y “Azteca Trece”) de manera gratuita y no discriminatoria, en forma íntegra y sin modificaciones, simultánea, incluyendo la publicidad y con la misma calidad de señal que se radiodifunde.
A efecto de regular lo anterior, el Instituto emitió los “Lineamientos Generales en Relación con lo Dispuesto por la Fracción I del Artículo Octavo Transitorio del Decreto por el que se Reforman y Adicionan Diversas Disposiciones de los Artículos 6º., 7º., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Telecomunicaciones”.
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¿Sabías que…?
· Según cifras de la UIT, 15 % de la población mundial vive con una discapacidad, esto representa alrededor de 1 billón de personas en todo el mundo.
· Según cifras del INEGI, en México al año de 2010, las personas que padecen algún tipo de discapacidad sumaron 5 millones, 739 mil 270, lo que representó el 5.1% de la población total.
· Las tecnologías de la información y de la comunicación, como teléfonos móviles, satélites o Internet, son herramientas que permiten ampliar el acceso a los servicios públicos esenciales y promover la inclusión digital.
· La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad exige la accesibilidad de las tecnologías de la información y la comunicación (TICS) de todos los Estados parte, incluido México.
· La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, tiene como objetivo establecer y salvaguardar los derechos de los usuarios y las audiencias con discapacidad, con el objeto de que exista una igualdad real de oportunidades.
El Instituto Federal de Telecomunicacioneses el órgano encargado de promover que los usuarios con discapacidad tengan acceso a los servicios de telecomunicacionesen igualdad de condiciones con los demás usuarios.