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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Pleno del IFT autoriza prórroga para cumplir con desincorporacion de Fox Sports en México (Comunicado 63/2019) 1 de noviembre

Ciudad de México a 1 de noviembre de 2019  

 

PLENO DEL IFT AUTORIZA PRÓRROGA PARA CUMPLIR
CON DESINCORPORACIÓN DE FOX SPORTS EN MÉXICO

  • The Walt Disney Company, Twenty-First Century Fox, Inc. y el Auditor Independiente presentaron al IFT la información y documentación que permitió verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la resolución que autoriza una prórroga al período de desincorporación para la venta de Fox Sports en México.
  • El primer periodo de 6 meses otorgado para la Desincorporación comprendió del 1 de mayo al 1 de noviembre de 2019. Con la prórroga, el periodo de desincorporación se extiende al 1 de mayo de 2020.
  • La prórroga se otorga para que el Agente de Desincorporación pueda continuar con la identificación y negociación con los posibles Compradores de Fox Sports en México.

  

En su XXVII Sesión Ordinaria, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó a The Walt Disney Company (Disney) y Twenty-First Century Fox, Inc. (21CF) una prórroga de 6 meses al período de desincorporación para vender el negocio Fox Sports en México.

La orden de desincorporar el Negocio Fox Sports en México es una de las condiciones impuestas el 11 de marzo de 2019 por el Pleno del IFT para autorizar que Disney adquiriera activos de 21CF.

La orden de desincorporar el Negocio Fox Sports en México respondió a que, antes de la concentración, tanto Disney como 21CF tenían participaciones significativas en el mercado de los canales deportivos para TV de Paga, que en conjunto habría representado aproximadamente 70%, según datos de audiencia en 2017.

Para el cumplimiento de esta obligación, el Pleno del IFT:

a) Ordenó a las partes a dejar la administración de Fox Sports a un Administrador Independiente; las gestiones para la desincorporación efectiva a un Agente de Desincorporación, y las funciones de auditoría para el cumplimiento de todas las condiciones a cargo de un Auditor Independiente.

b) Otorgó un plazo de 6 meses, prorrogables por una sola ocasión y un periodo igual, para realizar la desincorporación, para lo cual las Partes tendrían que presentar la solicitud de prórroga, así como acreditar que exista causa justificada para pedirla y que el negocio Fox Sports en México se encuentre y mantenga completamente separado, independiente y viable. Asimismo, debe acreditarse el mejor esfuerzo del Agente de Desincorporación para vender el negocio a Desincorporar.

De la información entregada por las Partes y el Auditor Independiente, el IFT determinó que la solicitud de prórroga cumple con los requisitos establecido en la resolución:

· La solicitud de Prórroga se entregó dentro del plazo establecido en la resolución;

· Todos los activos de Fox Sports en México se encuentra plenamente identificados y separados;

· Fox Sports en México se encuentra y mantiene completamente separado, independiente y viable, y

· Se acredita el mejor esfuerzo del Agente de Desincorporación para vender el Negocio Fox Sports en México, pues el agente ha demostrado la existencia de compradores potenciales que requieren de mayor tiempo para conocer y revisar el negocio a desincorporar.

El primer periodo de 6 meses otorgado para la Desincorporación comprendió del 1 de mayo al 1 de noviembre de 2019. Con la prórroga, el periodo de desincorporación se extiende al 1 de mayo de 2020.

Tratándose de la venta del negocio Fox Sports México, la Resolución establece que los posibles compradores deban contar con una autorización previa del Instituto para prevenir que tal adquisición genere riesgos al proceso de competencia y libre concurrencia.

El Instituto continuará con la supervisión y verificación del cumplimiento de las condiciones impuestas en esta concentración.

 

 Fecha del Comunicado: 01 November 2019

Modelos de Costos del Agente Económico Preponderante

La información de los datos necesarios para estimar los costos unitarios de los modelos fijo y móvil, así como los datos necesarios para estimar el tráfico, su distribución y proporción en el modelo de mercado fijo y móvil del Agente Económico Preponderante, ha sido modificada con el objetivo de salvaguardar su carácter de confidencial y reservada. Lo anterior no implica un cambio en la estructura y funcionamiento de los modelos.

Temas relacionados

Reunión con representantes de Cámara Nacional de la Industria Electrónica de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CANIETI).

Tema o Asunto a Tratar

Consulta sobre la efectividad de las medidas de preponderancia, entre otros temas relacionados.

Breve descripción de la actividad

Atender solicitud de reunión con representantes de CANIETI.

Persona física solicitante

Ing. Carlos Funes, Presidente Nacional de CANIETI.

Empresa/organización solicitante
CANIETI.
Asistentes al encuentro

Por CANIETI,

Carlos Funes Garay, Presidente Nacional de CANIETI.

Mónica Aspe Bernal, Vicepresidenta de Telecomunicaciones de CANIETI.

Raymundo Fernandez Pendones, Director General Adjunto de Megacable.

Gonzalo Martínez Pous, Director General Jurídico Regulatorio de Televisa.

Raúl Ortega Ibarra, Director de Relaciones con Gobierno y Jurídico de Axtel.

Alfredo Pacheco Vásquez, Director General Nacional de CANIETI.

Javier Altamirano Magaña, Director Nacional de Operaciones de CANIETI.

Alejandro Sánchez Martínez, Director de Políticas Públicas de AT&T.

Adriana Ríos Welton, Vicepresidenta y Consejera General de Asuntos Legales y Regulatorios de AT&T México.

Daniel Ríos Villa, Vicepresidente Adjunto de Asuntos Externos de AT&T.

Luis Alejandro Bustos Olivares, Director General Jurídico de Grupo Televisa.

Wilson Rojas Sifuentes, Director Regulatorio de Telecomunicaciones y TI de Axtel.

Carlos Cázarez Chávez, Gerente Jurídico Regulatorio Total Play Telecomunicaciones.

Ana de Saracho O´Brien, Directora de Asuntos Regulatorios de Telefónica Movistar.

Por IFT,

M. en C. Mario Germán Fromow Rangel, Comisionado.

Mtro. Adolfo Cuevas Teja, Comisionado. 

Lic. Sóstenes Díaz González, Comisionado.

Mtro. Ramiro Camacho Castillo, Comisionado.

Lic. Juan José Crispín Borbolla, Coordinador Ejecutivo.

Lic. David Gorra Flota, Secretario Técnico del Pleno.

Lic. Carlos Silva Ramírez, Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos.

Lic. Víctor Manuel Rodríguez Hilario, Titular de la Unidad de Política Regulatoria.

Lic. Georgina Kary Santiago Gatica, Titular de la Unidad de Competencia Económica.

Lic. Carlos Hernández Contreras, Titular de la Unidad de Cumplimiento.

Lic. José Luis Lara de la Cruz, Director General de Supervisión y Verificación de Regulación Asimétrica de la Unidad de Cumplimiento.

Lic. Tania Karina Cruz Zúñiga, Jefa de Departamento de la oficina del Comisionado Camacho.

Lic. Danyel Bengerar Muñoz Hernández, Director de Cuantificación de Derechos  y Obligaciones de la Unida de Política Regulatoria.

Lic. Armando Isaias Zacateco Rivera, Director de área de la oficina del Comisionado Juárez.

Lic. Esthela Elizabeth Mendoza Guerra, Directora General de la oficina del Comisionado Díaz.

Ing. José Guadalupe Rojas Ramírez, Director General de la oficina del Comisionado Fromow.

Dr. Christian James Aguilar Armenta, Director General de la oficina del Comisionado Camacho.

Lic. Adriana Williams Hernández, Directora General de Regulación de Interconexión y Reventa de Servicios de Telecomunicaciones de la Unidad de Política Regulatoria.

Lic. José Juan Bracamontes Zapien, Director de área de la oficina del Comisionado Juárez.

Lic. Paola Cicero Arenas, Directora General de la oficina del Comisionado Juárez.

Lic. Erika Vera Cetina, Directora de área de la oficina del Comisionado Fromow.

Lic. Enrique Etzel Salinas Morales, Director General Adjunto de la oficina del Comisionado Camacho.

Lic. Sonia Enedina Sánchez Pérez. Directora de área de la Oficina del Comisionado Díaz.

Lic. Juan José Medrano Estrada, Director de área de Presidencia.

Lic. Kevin Schmidt Oropeza, Director de área de Presidencia.

Lic. Luis Raúl Rey Jiménez, Director General de Compartición de Infraestructura de la Unidad de Política Regulatoria.

Lic. Nancy Valeria Espinosa Sánchez, Directora de Supervisión y Regulación Asimétrica de la Unidad de Cumplimiento.

Lic. Javier Adrián Arriaga Aguayo, Director General de la oficina del Comisionado Cuevas.

Lic. Jhonatan López Samperio, Director de área de la oficina del Comisionado Cuevas.

Lic. Emiliano Díaz Goti, Director General de la oficina del Comisionado Robles.

Lista Diaria de Notificaciones 31 de octubre de 2019

 Fecha de Notificación: 31 October 2019

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 Fecha de Notificación: 31 October 2019

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Consulta Pública del Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual se emiten los formatos para realizar diversos trámites y servicios ante el IFT, y se modifican los Lineamientos que fijan los índices y parámetros de calidad del servicio móvil

Objetivo

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo, el “Instituto”) convencido de la importancia y relevancia de transparentar su proceso de elaboración de nuevas regulaciones, recibirá comentarios, opiniones y aportaciones de cualquier interesado a propósito del Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual se emiten los formatos que deberán utilizarse para realizar diversos trámites y servicios ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones, y se modifican los Lineamientos que fijan los índices y parámetros de calidad a que deberán sujetarse los prestadores del servicio móvil (en lo sucesivo, el “Anteproyecto”), el cual se propone con base en lo establecido en los artículos 1, 2, 7, 15, fracciones I, XLI y LVI, 16, 17, fracción I, 51 y 52 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y 1, 4, fracción I y 6, fracciones I, XX y XXXVII del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones. 

Los objetivos principales del Anteproyecto consisten en: i) eficientar, agilizar y transparentar la gestión de diversos trámites y servicios a cargo del Instituto, a través del uso de formatos, y ii) reducir la carga administrativa asociada a éstos mediante el empleo de la simplificación administrativa.

En virtud de lo anterior, la presente consulta pública tiene por objeto transparentar y dar a conocer la presente propuesta de regulación y su Análisis de Nulo Impacto Regulatorio a efecto de que los interesados en la misma, puedan tener un mayor entendimiento sobre las medidas y términos propuestos por el Instituto y, a partir de ello, formular a este órgano regulador sus comentarios, opiniones o aportaciones que permitan fortalecer dicha propuesta normativa, así como para afinar con mayor precisión los posibles impactos que se desprendan a razón de su posible entrada en vigor.

Publicación

01 de Noviembre de 2019

Duración

Del 04 de Noviembre de 2019 al 02 de Diciembre de 2019(20 días hábiles)

Descripción de la mecánica

El Instituto recibirá los comentarios, opiniones y aportaciones que se tengan con relación al contenido del Anteproyecto, a través de la siguiente dirección de correo electrónico tramites.ift@ift.org.mx o bien, mediante escrito presentado en la Oficialía de Partes Común del Instituto, ubicada en Insurgentes Sur 1143, Colonia Nochebuena, Demarcación Territorial Benito Juárez, C.P. 03720, Ciudad de México, de lunes a jueves de las 9:00 a las 18:30 horas y los viernes de las 9:00 a las 15:00 horas.

El Instituto pone a disposición de todos los interesados en participar en el presente proceso consultivo el “Formato para participar en la Consulta Pública”, disponible para su descarga al inicio de la columna derecha del presente apartado, a efecto de que el mismo sea contestado y remitido al Instituto conforme a lo señalado en el párrafo que precede.

La información que los interesados le hagan llegar al Instituto –de acuerdo a los plazos y términos descritos en esta mecánica- con relación al presente proceso consultivo no tendrá carácter vinculante, sin perjuicio de que el Instituto pueda ponderarla en un documento que refleje los resultados de dicha consulta, el cual se hará público en el presente apartado, de manera previa a que el Pleno del Instituto tome una determinación sobre el presente asunto.

Para cualquier duda, comentario o inquietud sobre el presente proceso consultivo, el Instituto pone a su disposición los siguientes puntos de contacto: Rodrigo Emilio Castro Bizarretea, Director de Instrumentación Normativa de la Coordinación General de Mejora Regulatoria, correo electrónico: rodrigo.castro@ift.org.mx o bien, a través del número telefónico 55 5015 4000, extensión 4542, quién estará disponible en los mismos horarios de atención que la Oficialía de Partes Común del Instituto.

Con el propósito de asegurar una mayor accesibilidad e inclusión en sus procesos de consulta pública, el Instituto pone a disposición de todos los interesados los documentos e información materia del presente proceso consultivo, en distintos formatos (v.gr. archivos .docx y .pdf) a efecto de facilitar su manejo, lectura y decodificación a voz. En el caso, de cualquier discrepancia sobre la accesibilidad del presente apartado, favor de contactarnos a través del siguiente número telefónico 800 2000 120, o bien en las siguientes direcciones de correo electrónico atencion@ift.org.mx o jose.hernandez@ift.org.mx, para que, en un plazo no mayor a las 72 horas de recibida su petición, se le haga llegar el documento e información correspondiente en formato accesible.

Disposiciones aplicables

Una vez concluido el presente proceso consultivo, el Instituto no recibirá más comentarios, opiniones y aportaciones a razón de que este proceso se considerará culminado y cerrado.

En caso que la información que se le haga llegar al Instituto sobre el presente proceso consultivo sea realizada en representación de otra persona, sea moral o física, deberá adjuntarse de forma electrónica, copia simple del documento con el que se acredite dicha representación, por lo que, en caso contrario, la petición será entendida y registrada en el presente apartado a título personal del remitente.

2019

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Comentarios, opiniones y respuestas recibidas

Aviso

La información, comentarios, opiniones, aportaciones u otros elementos de análisis que reciba el Instituto con relación a la presente Consulta Pública, serán publicados íntegramente en su portal de Internet de conformidad con lo previsto en el lineamiento Octavo de los Lineamientos Consulta Pública y Análisis de Impacto Regulatorio del Instituto Federal de Telecomunicaciones y, en ese sentido, serán considerados invariablemente públicos salvo por lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales del Sector Público.

De acuerdo a lo señalado en el “Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su calendario anual de sesiones ordinarias y el calendario anual de labores para el año 2019 y principios de 2020”, se suspenderán labores en el Instituto el día 18 de noviembre de 2019, incluyendo los días sábado y domingo, al ser considerados inhábiles.

En virtud de lo anterior, durante el período de suspensión de labores del Instituto, usted podrá remitir sus comentarios, opiniones y aportaciones relacionados con la presente consulta pública, a través de la cuenta de correo electrónico habilitada para tales efectos, y éstos serán recibidos y registrados por este órgano constitucional autónomo, a partir del día 19 de noviembre de 2019, de acuerdo a lo previsto por el artículo 29, tercer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Porcentaje de certificados sujetos a actividades de Vigilancia de la DT IFT-011-2017 Parte 2

PUBLICACIÓN: octubre de 2020

 

De conformidad con el numeral 8.1 del ” ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide la Disposición Técnica IFT-011-2017: Especificaciones técnicas de los equipos terminales móviles que puedan hacer uso del espectro radioeléctrico o ser conectados a redes de telecomunicaciones. Parte 2. Equipos terminales móviles que operan en las bandas de 700 MHz, 800 MHz, 850 MHz, 1900 MHz, 1700 MHz/2100 MHz y/o 2500 MHz." publicado el 3 de enero de 2018 y modificado el 30 de julio de 2018 en el Diario Oficial de la Federación.
 
Considerando un muestreo de los Certificados, con base en la norma mexicana NMX-Z-12/2-1987 "Muestreo para la inspección por atributos", donde se considera la Tabla I, Letras clave correspondientes al tamaño de la muestra y la Tabla II-B, Planes de muestreo sencillo para inspección rigurosa, con un nivel de inspección general II y un nivel de calidad aceptable de 0.15 y de la cantidad de 321 certificados de homologación emitidos en el periodo noviembre 2019 a octubre 2020. Se establece el porcentaje de certificados sujetos a actividades de Vigilancia del cumplimiento de la certificación relativa a la Disposición Técnica IFT-011-2017 Parte 2 el cual será del:

15%

Del total de certificados expedidos respecto a la Disposición Técnica IFT-011-2017 Parte 2 por cada Organismo de Certificación del año anterior en que se realizara la Vigilancia del cumplimiento de la certificación, seleccionados de manera aleatoria.

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El Banco de Información de Telecomunicaciones del IFT recibe el premio I+T Gob (Comunicado 62/2019) 31 de octubre

Ciudad de México a 31 de octubre de 2019

 

EL BANCO DE INFORMACIÓN DE TELECOMUNICACIONES DEL IFT RECIBE EL PREMIO I+T GOB

 

  • El BIT 3.0 es una herramienta digital e interactiva con la que los usuarios pueden descargar información estadística de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, la cual se encuentra en formato abierto y disponible a cualquier hora y lugar, sin necesidad de realizar trámites ni solicitudes para acceder a ella.
  • La Presea I+T GOB se otorga a las mejores prácticas de innovación tecnológica y gubernamental en el ámbito público.

 

El Banco de Información de Telecomunicaciones (BIT 3.0) del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), es reconocido con el Premio I+T Gob 2019, en la Categoría Especial Innovación Gubernamental, presea que otorga el Comité de Informática de la Administración Pública Estatal y Municipal A.C. (CIAPEM).

El BIT es una plataforma digital, interactiva y amigable que privilegia la transparencia y la rendición de cuentas, ya que los usuarios pueden descargar la información de telecomunicaciones y radiodifusión disponible en formato abierto, a cualquier hora y lugar, sin necesidad de realizar trámites ni solicitudes de información; además, incluye herramientas que permiten hacer más accesible la lectura de datos, así como gráficos comparativos con otros países y resúmenes de los indicadores más recientes, entre otros elementos.

El Premio I+T GOB se otorga a las mejores prácticas de innovación tecnológica y gubernamental en el ámbito público, reconociendo a aquellas que se distinguen por la transformación de servicios innovadores y con un alto valor agregado a la población. Lo anterior con el objeto de fomentar la mejora continua, la innovación y el trabajo en equipo de los servidores públicos.

En el BIT pueden consultarse indicadores trimestrales y series históricas de los servicios y portabilidad de telefonía fija y móvil, acceso a Internet fijo y móvil, y televisión restringida con diferentes niveles de desagregación (nacional, estatal, municipal, por tecnologías y tipo de contrato), además del ingreso e inversión de los operadores de telecomunicaciones. También, contiene indicadores económicos de los sectores regulados, tales como el Producto Interno Bruto (PIB), Inversión Extranjera Directa, índices de precios, índices de concentración de mercado, entre otros.

Por su innovación, el BIT ha sido reconocido por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Banco Mundial (BM), la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y la Comisión Europea, entre otros organismos internacionales.

La versión 3.0 del Banco de Información de Telecomunicaciones pueden consultarse en: https://bit.ift.org.mx

 

 

 

 Fecha del Comunicado: 31 October 2019

Entrevista al Comisionado Javier Juárez Mojica con Víctor Montes, sobre las modificaciones a las reglas de portabilidad numérica

Víctor Montes (VM), conductor: Hemos recibido en este espacio quejas también de usuarios de telefonía celular que se quejan o se inconforman pues porque alguna empresa los cambió de compañía sin su consentimiento, pues esto va a dejar de ocurrir, porque el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, el IFT, aprobó la modificación a las reglas de portabilidad numérica, con lo que se fortalece el derecho de los usuarios del servicio móvil a elegir libremente a su proveedor de servicios y por supuesto conservar el mismo número telefónico cuando se cambien de concesionario o prestador de servicio, según su selección.

Las modificaciones aprobadas van a reforzar los principios generales establecidos en las reglas de portabilidad numérica, para que sea solamente el usuario y a solicitud expresa de éste ante el proveedor y receptor de la línea quien inicie el proceso de portabilidad y se mitiguen las portaciones sin consentimiento del usuario.

¿Esto qué quiere decir? Que ya ninguna compañía le va a poder cambiar de número de celular de una empresa a otra sin su consentimiento.

Le comentaba que tuvimos una entrevista con el comisionado del IFT, Javier Juárez Mojica, quien nos detalla, brevemente, pues cómo se llevó a cabo este proceso y qué fue lo que lo motivó. Así que le voy a compartir un fragmento de esta entrevista que le va a ser de utilidad, para que usted pueda ejercer sus derechos en cuanto a la portabilidad numérica. Vamos a escucharlo.

-Comienza fragmento de entrevista grabada-

Javier Juárez (JJ), comisionado del Instituto Federal de Telecomunicaciones: ...Y un elemento muy relevante es el NIP de confirmación.

¿Qué es lo que ha pasado con este NIP de confirmación, que hay tres maneras de obtenerlo? Uno es que tú mandes un mensaje de texto con la palabra NIP al número 051; otro es que hagas una llamada telefónica al 051 y hay una tercera vía que es que un tercero, un vendedor, un comisionista, el propio concesionario, pidan el NIP al sistema que tiene el administrador de la base de datos y a ti te llegue un mensaje de texto.

Lo que ha pasado con esta tercera vía, donde participan terceros, es que a lo mejor a ti te llega ese mensaje de texto, tú de pronto lo lees y dices, aquí qué está pasando, yo no he solicitado ningún cambio de compañía.

Después te llama alguna persona muy hábil, comisionista, para decirte que, si efectivamente te quieres cambiar de compañía, tú les dices, por supuesto que no y allí ya entra el ingenio, luego te dicen, oye, Víctor, entonces, léeme, por favor, ese mensaje que te acaba de llegar y después me dices no me quiero cambiar de compañía, porque eso lo requerimos para cancelar el proceso de portabilidad".

En realidad, cuando tú les lees ese mensaje y les das el NIP, lo que les estás dando son los elementos para que te puedan cambiar de compañía y eso se ha traducido en esas portaciones no consentidas, como se le conoce.

 

VM: Pues de mi parte sería todo, comisionado, ¿algo más que quiera comentar respecto al tema de la portabilidad o algún otro?

JJ: No, nada más que realmente se trata de una medida donde lo que se busca es empoderar a los usuarios, que no haya manera de que ellos se cambien de compañía si no estuvieron involucrados desde el principio, ya sea mediante el envío del mensaje de texto o la llamada al 051 y entonces, creo que con eso vamos a poder eliminar esa mala práctica en la que en ocasiones alguien por llevarse la comisión, que les pueden pagar por llevar un nuevo cliente a una compañía, los portan, los dejan sin servicio sin el consentimiento, realmente, de los usuarios, perdón.

VM: Bien, escuchó usted a Javier Juárez Mojica, el comisionado del IFT, con toda esta explicación, que le digo, le va a servir para que usted no se deje engañar, sea muy cuidadoso cuando quiera hacer un cambio y si no lo quiere hacer, bueno, que lo manifieste claramente para evitar que esto suceda.

A partir del 26 de diciembre, es decir, en 60 días a raíz de la publicación del decreto ya en el Diario Oficial de la Federación, el día de ayer, esto entra en vigor y quedarán imposibilitadas las compañías telefónicas para cambiarle a usted de compañía o su número de un lugar a otro sin su consentimiento.

Le recomendamos también que en internet ingrese a la plataforma "Soy usuario", de IFT, para que también ahí pueda presentar inconformidades con, por ejemplo, compañías telefónicas, operadores de servicios de televisión por cable o algunos otros vinculados al IFT, que son regulados por este instituto, eso le va a ser de utilidad.

Entonces, le quería compartir esa información porque es importante debido a la gran cantidad de quejas que hemos tenido en este teléfono público.

Gracias al IFT, al comisionado Javier Juárez también por esta entrevista.

 Fecha de la Entrevista: 29 October 2019
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