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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Consulta Pública sobre el “Anteproyecto de Lineamientos para la sustanciación de las investigaciones, procedimientos y trámites a cargo de la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones, a través de medios electrónicos”

Objetivo

La Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo, el “Instituto”) convencida de la importancia y relevancia de transparentar su proceso de elaboración de nuevas regulaciones, recibirá comentarios, opiniones y aportaciones de cualquier persona (física o moral) interesada a propósito del “Anteproyecto de Lineamientos para la sustanciación de las investigaciones, procedimientos y trámites a cargo de la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones, a través de medios electrónicos” (en lo sucesivo, el “Anteproyecto de Lineamientos”), el cual se propone con base en lo establecido en los artículos 15, fracciones I y XVIII, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 12, fracción XXII, párrafo tercero, incisos b) y g), y 138 de la Ley Federal de Competencia Económica; 158 y 187 de las Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión; los Lineamientos Primero, Tercero, fracción II, Octavo, Noveno, Décimo Primero y Vigésimo Primero de los Lineamientos de Consulta Pública y Análisis de Impacto Regulatorio del Instituto Federal de Telecomunicaciones; así como en los artículos 4, fracción VI, y 62, fracción IV, del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones. 

Los objetivos principales del Anteproyecto de Lineamientos consisten en establecer: i) las disposiciones aplicables para la sustanciación de las investigaciones, procedimientos y trámites a cargo de la Autoridad Investigadora del Instituto, a través de medios electrónicos, así como los términos y condiciones de operación del sistema electrónico, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Ley Federal de Competencia Económica y 158 de las Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión. De esta forma, se propone la creación de un sistema electrónico accesible vía Internet (en lo sucesivo “Sistema electrónico”); ii) las reglas aplicables a las actuaciones y promociones electrónicas en el Sistema electrónico, y iii) las disposiciones respecto al uso y funcionamiento del Sistema electrónico.

En virtud de lo anterior, la presente Consulta Pública tiene por objeto transparentar y dar a conocer la presente propuesta de regulación, acompañada de su Análisis de Nulo Impacto Regulatorio, a efecto de que las personas interesadas en la misma, puedan tener un mayor entendimiento sobre sus medidas y términos propuestos por la Autoridad Investigadora del Instituto y, a partir de ello, formular a este órgano regulador sus comentarios, opiniones o aportaciones que permitan fortalecer dicha propuesta normativa, así como para afinar con mayor precisión los posibles impactos que se desprendan a razón de su posible entrada en vigor.

Publicación

11 de Junio de 2021

Duración

Del 14 de Junio de 2021 al 06 de Agosto de 2021(30 días hábiles)

Descripción de la mecánica

El Instituto recibirá los comentarios, opiniones y aportaciones que se tengan con relación al contenido del Anteproyecto de Lineamientos, a través de la siguiente dirección de correo electrónico consultalineamientoselectronicosai@ift.org.mx, o bien, mediante escrito presentado en la Oficialía de Partes Común del Instituto ubicada en Insurgentes Sur 1143, colonia Nochebuena, Demarcación Territorial Benito Juárez, C.P. 03720, Ciudad de México, de lunes a jueves de las 9:00 a las 18:30 horas y los viernes de las 9:00 a las 15:00 horas.

El Instituto pone a disposición de todas las personas interesadas en participar en el presente proceso consultivo el “Formato para participar en la Consulta Pública”, disponible para su descarga al inicio de la columna derecha del presente apartado, a efecto de que el mismo sea contestado y remitido al Instituto conforme a lo señalado en el párrafo que precede.

La información que las personas interesadas le hagan llegar al Instituto –de acuerdo a los plazos y términos descritos en esta mecánica- con relación al presente proceso consultivo no tendrá carácter vinculante; no obstante, una vez que concluya el mismo, el Instituto revisará dentro de los treinta días siguientes los comentarios recibidos al Anteproyecto de Lineamientos y elaborará un informe de consideraciones de los mismos, el cual se hará público en el presente apartado, conforme a lo establecido en el artículo 138, fracción II, de la Ley Federal de Competencia Económica.

Para cualquier duda, comentario o inquietud sobre el presente proceso consultivo, el Instituto pone a disposición de todas las personas interesadas, los siguientes puntos de contacto: Mariana Palacios Díaz, Directora de Procedimientos Especiales, correo electrónico: mariana.palacios@ift.org.mx, número telefónico 55 5015 4000, extensión 4588 y Luis Alberto Padilla Galicia, Director de Investigación 3, correo electrónico: luis.padilla@ift.org.mx, número telefónico 55 5015 4000, extensión 2074, quienes estarán disponibles en los mismos horarios de atención que la Oficialía de Partes Común del Instituto.

Con el propósito de asegurar una mayor accesibilidad e inclusión en sus procesos de consulta pública, el Instituto pone a disposición de todas las personas interesadas los documentos e información materia del presente proceso consultivo, en distintos formatos (v.gr. archivos .docx y .pdf) a efecto de facilitar su manejo, lectura y decodificación a voz. En el caso, de cualquier discrepancia sobre la accesibilidad del presente apartado, favor de contactarnos a través del siguiente número telefónico 800 2000 120, o bien en las siguientes direcciones de correo electrónico atencion@ift.org.mx o jose.hernandez@ift.org.mx, para que, en un plazo no mayor a las 72 horas de recibida su petición, se le haga llegar el documento e información correspondiente en formato accesible.

Disposiciones aplicables

Una vez concluido el presente proceso consultivo, el Instituto no recibirá más comentarios, opiniones y aportaciones a razón de que este proceso se considerará culminado y cerrado.

En caso que la información que se le haga llegar al Instituto sobre el presente proceso consultivo sea realizada en representación de otra persona, sea moral o física, deberá adjuntarse de forma electrónica, copia simple del documento con el que se acredite dicha representación, por lo que, en caso contrario, la petición será entendida y registrada en el presente apartado a título personal del remitente.

No se atenderá ni publicará aquella información que no se encuentren relacionada con el objeto del presente proceso consultivo.

2021

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Aviso

La información, comentarios, opiniones, aportaciones u otros elementos de análisis que reciba el Instituto con relación a la presente Consulta Pública, serán publicados íntegramente en su portal de Internet de conformidad con lo previsto en el Lineamiento Octavo de los "Lineamientos Consulta Pública y Análisis de Impacto Regulatorio del Instituto Federal de Telecomunicaciones" y, en ese sentido, serán considerados invariablemente públicos salvo por lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales del Sector Público.

De acuerdo a lo señalado en el “Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su calendario anual de sesiones ordinarias y el calendario anual de labores para el año 2021 y principios de 2022”, se suspenderán labores en el Instituto los días 1º de febrero, 15 de marzo, 29 de marzo al 2 de abril, 19 al 23 y 26 al 30 de julio, 16 de septiembre, 15 de noviembre, 23, 24 y 27 al 31 de diciembre y del 3 al 5 de enero de 2022, incluyendo los días sábado y domingo, al ser considerados inhábiles.

En virtud de lo anterior, durante el periodo de suspensión de labores del Instituto, usted podrá remitir sus comentarios, opiniones y aportaciones relacionados con la presente consulta pública, a través de la cuenta de correo electrónico habilitada para tales efectos, y estos serán recibidos y registrados por este órgano constitucional autónomo, a partir del siguiente día hábil, según corresponda, de acuerdo a lo previsto por el artículo 29, tercer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

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