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Consulta Pública sobre el Anteproyecto del Acuerdo por el que se modifican los Lineamientos de Colaboración en Materia de Seguridad y Justicia y se deroga el artículo Octavo Transitorio del Acuerdo mediante el cual el Pleno del IFT expide los Lineamientos | Instituto Federal de Telecomunicacioness


Consulta Pública sobre el Anteproyecto del Acuerdo por el que se modifican los Lineamientos de Colaboración en Materia de Seguridad y Justicia y se deroga el artículo Octavo Transitorio del Acuerdo mediante el cual el Pleno del IFT expide los Lineamientos

Objetivo

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo, el “Instituto”) convencido de la importancia y relevancia de transparentar su proceso de modificación de regulaciones, recibirá comentarios, opiniones y aportaciones de cualquier persona (física o moral) interesada a propósito del “Anteproyecto del Acuerdo por el que se modifican los Lineamientos de Colaboración en Materia de Seguridad y Justicia y se deroga el artículo Octavo Transitorio del Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide los Lineamientos de Colaboración en Materia de Seguridad y Justicia y modifica el plan técnico fundamental de numeración, publicado el 21 de junio de 1996” (en lo sucesivo, el “Anteproyecto”), el cual se propone con base en lo establecido en los artículos 28, párrafo décimo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7, 15, fracción I, 16, 17, fracción I, 51, 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 1, 4, fracción I, 6, fracción XXV, y 23, fracción XV, del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones; así como en los Lineamientos Primero, Tercero, fracción II, Quinto, Séptimo, Octavo, Noveno y Décimo Primero de los Lineamientos de Consulta Pública y Análisis de Impacto Regulatorio del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Los objetivos principales del Anteproyecto consisten en: i) actualizar la normatividad vigente, conforme a los nuevos avances tecnológicos en materia de geolocalización de llamadas de emergencia; ii) actualizar los tiempos de respuesta y los rangos de precisión en las operaciones de búsqueda y rescate, y iii) contar con una regulación que refleje las mejores prácticas internacionales en la materia.

En virtud de lo anterior, la presente consulta pública tiene por objeto transparentar y dar a conocer la propuesta de modificación de la regulación en comento y su análisis de impacto regulatorio, a efecto de que los interesados en la misma, puedan tener un mayor entendimiento sobre sus medidas y términos propuestos por el Instituto y, a partir de ello, formular a este órgano regulador sus comentarios, opiniones o aportaciones que permitan fortalecer dicha propuesta normativa, así como para afinar con mayor precisión los posibles impactos que se desprendan a razón de su posible entrada en vigor.

Publicación

24 de Noviembre de 2022

Duración

Del 24 de Noviembre de 2022 al 18 de Enero de 2023(30 días hábiles)

Descripción de la mecánica

El Instituto recibirá los comentarios, opiniones y aportaciones que se tengan con relación al contenido del Anteproyecto a través de la siguiente dirección de correo electrónico info.upr@ift.org.mx, o bien, mediante escrito presentado en la Oficialía de Partes Común del Instituto ubicada en Insurgentes Sur 1143, colonia Nochebuena, Demarcación Territorial Benito Juárez, C.P. 03720, Ciudad de México, de lunes a jueves de las 9:00 a las 18:30 horas y los viernes de las 9:00 a las 15:00 horas.

El Instituto pone a disposición de todas las personas interesadas en participar en el presente proceso consultivo el “Formato para participar en la Consulta Pública”, disponible para su descarga al inicio de la columna derecha del presente apartado, a efecto de que el mismo sea contestado y remitido al Instituto conforme a lo señalado en el párrafo que precede.

La información que los interesados le hagan llegar al Instituto con relación al presente proceso consultivo, de acuerdo con los plazos y términos descritos en esta mecánica, no tendrá carácter vinculante; ello, sin perjuicio de que el Instituto pueda ponderarla en un documento que refleje los resultados de dicha consulta, el cual se hará público en el presente apartado del portal de Internet, en términos de lo dispuesto en los Lineamiento Noveno y Décimo de los Lineamientos de Consulta Pública y Análisis de Impacto Regulatorio del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Para cualquier duda, comentario o inquietud sobre el presente proceso consultivo, el Instituto pone a disposición de todos los interesados, los siguientes puntos de contacto: Tania Villa Trápala, Directora de Análisis Técnico Regulatorio, correo electrónico: tania.villa@ift.org.mx, número telefónico 55 5015 4146 y Norma Angelica Esperilla Villanueva, Subdirectora de Estudios Empíricos, correo electrónico: norma.esperilla@ift.org.mx y número telefónico 55 5015 4826, quienes estarán disponibles en los mismos horarios de atención que la Oficialía de Partes Común del Instituto.

Con el propósito de asegurar una mayor accesibilidad e inclusión en sus procesos de consulta pública, el Instituto pone a disposición de todos los interesados los documentos e información materia del presente proceso consultivo, en distintos formatos (v.gr. archivos .docx y .pdf) a efecto de facilitar su manejo, lectura y decodificación a voz. En el caso, de cualquier discrepancia sobre la accesibilidad del presente apartado, favor de contactarnos a través del siguiente número telefónico 800 2000120, o bien en las siguientes direcciones de correo electrónico atencion@ift.org.mx o jose.hernandez@ift.org.mx, para que, en un plazo no mayor a las 72 horas de recibida su petición, se le haga llegar el documento e información correspondiente en formato accesible.

Disposiciones aplicables

Una vez concluido el presente proceso consultivo, el Instituto no recibirá más comentarios, opiniones y aportaciones a razón de que este proceso se considerará culminado y cerrado.

En caso de que la información que se le haga llegar al Instituto sobre el presente proceso consultivo sea realizada en representación de otra persona, sea moral o física, deberá adjuntarse de forma electrónica, copia simple del documento con el que se acredite dicha representación, por lo que, en caso contrario, la petición será entendida y registrada en el presente apartado a título personal del remitente.

No se atenderá ni publicará aquella información que no se encuentre relacionada con el objeto del presente proceso consultivo.

2022

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Aviso

La información, comentarios, opiniones, aportaciones u otros elementos de análisis que reciba el Instituto con relación a la presente Consulta Pública, serán publicados íntegramente en su portal de Internet de conformidad con lo previsto en el Lineamiento Octavo de los "Lineamientos Consulta Pública y Análisis de Impacto Regulatorio del Instituto Federal de Telecomunicaciones" y, en ese sentido, serán considerados invariablemente públicos salvo por lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales del Sector Público.

De acuerdo con lo señalado en el “Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su Calendario Anual de Sesiones Ordinarias y el Calendario Anual de Labores para el año 2022 y principios de 2023”, se suspenderán labores en el Instituto los días 21 al 23 y 26 a 30 de diciembre de 2022, 2 y 3 de enero de 2023, así como sábados y domingos, al ser considerados inhábiles.

En virtud de lo anterior, durante el período de suspensión de labores del Instituto, usted podrá remitir sus comentarios, opiniones y aportaciones relacionados con la presente consulta pública, a través de la cuenta de correo electrónico habilitada para tales efectos, y éstos serán recibidos y registrados por este órgano constitucional autónomo, a partir del siguiente día hábil, según corresponda, de acuerdo a lo previsto por el artículo 29, tercer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

El 19 de diciembre de 2022, en su XXIX Sesión Ordinaria, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprobó extender la vigencia de la presente Consulta Pública por un plazo de 10 (diez) días hábiles adicionales al originalmente previsto.

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