El Pleno del IFT resuelve modificar las Bases de Licitación de frecuencias de televisión abierta para formar dos cadenas con cobertura nacional (Comunicado 43/2013)
El Pleno del IFT resuelve modificar las Bases de Licitación de frecuencias de televisión abierta para formar dos cadenas con cobertura nacional
- Las modificaciones a las Bases de Licitación buscan, principalmente, ajustar su contenido a lo dispuesto en la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
- Aprueba someter a consulta pública el anteproyecto por el cual se establece el Sistema Electrónico de Interconexión
- Emite 15 resoluciones por las que se impone multa y declara la pérdida de bienes en beneficio de la Nación, derivado de la operación de frecuencias sin contar con concesión o permiso en materia de radiodifusión
- Emite 11 resoluciones por las que se impone multa y declara la pérdida de bienes en beneficio de la Nación, por el uso del espectro radioeléctrico sin contar con concesión en materia de telecomunicaciones, así como por la invasión de las bandas de frecuencias
El día de hoy, en sesión ordinaria, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó el “Acuerdo por medio del cual se modifican las Bases de licitación pública para concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial de canales de transmisión para la prestación del servicio público de televisión radiodifundida digital, a efecto de formar dos cadenas nacionales en los Estados Unidos Mexicanos”.
Las modificaciones aprobadas tienen por objeto adecuar el procedimiento de licitación a las nuevas exigencias y figuras que establece la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Entre las nuevas características que establece la ley para la licitación de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico y que no estaban contempladas en las Bases publicadas originalmente, se encuentran, entre otras, la necesidad de presentar por parte de los interesados: (i) el proyecto de programación que promueva e incluya la difusión de contenidos nacionales, regionales y locales, y (ii) la opinión previa y favorable de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, en aquellos casos en que se involucre participación de inversión extranjera.
Asimismo, la Ley establece un nuevo régimen de concesiones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, por lo que se adicionan los modelos de títulos de concesión única y de concesión de espectro radioeléctrico. Es importante destacar que el modelo de título de concesión única que se adiciona como parte de los apéndices de las Bases es un título habilitante convergente y moderno, que permite la prestación de todos los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión que técnicamente sean factibles en el territorio nacional, reduciendo significativamente las cargas administrativas innecesarias, sin descuidar en ningún momento que los concesionarios deberán cumplir con todas las obligaciones que la Ley y demás ordenamientos jurídicos les establecen en la prestación de los mismos y la instalación de la infraestructura respectiva.
Aunado a lo anterior y en cumplimiento estricto a lo establecido por la Ley, tanto las Bases como el modelo de título de bandas de frecuencias para uso comercial, dotan de plena certeza jurídica a los interesados en el proceso de licitación respecto de la autorización expresa que tendrán para transmitir multiprogramación, en el entendido que la misma deberá llevarse a cabo, como en el caso de los demás concesionarios, en términos de los lineamientos que al efecto expida este Instituto.
Finalmente, se modificó el calendario del procedimiento de licitación a efecto de reducir los plazos establecidos originalmente, con el objeto de reducir el tiempo para la culminación del procedimiento y, con ello, concluir dentro del primer trimestre de 2015.
Por otra parte, el Pleno aprobó someter a consulta pública el Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual se establece el Sistema Electrónico de Interconexión, el cual estará disponible en el portal de Internet del Instituto para recibir los comentarios y opiniones de los participantes en este ejercicio, durante un periodo de 20 días hábiles. Asimismo se aprobó poner a disposición del público una versión de prueba de dicho sistema en el mismo portal de internet.
De acuerdo con el artículo 129 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la implementación de un sistema electrónico para que los concesionarios que deseen interconectar sus redes tramiten entre sí las solicitudes respectivas de suscripción de convenios de interconexión, implica la implementación de una herramienta informática que hará posible que este proceso de negociaciones se realice con agilidad y de manera remota.
Dicho sistema electrónico se establecerá tanto para los concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones interesados en interconectarse con otras redes mediante la suscripción del convenio correspondiente, así como para aquellos concesionarios cuyas redes se encuentren interconectadas y que al concluir la vigencia de sus convenios, requieran nuevas condiciones de interconexión con sus contrapartes.
En otros temas, el Pleno del IFT emitió 11 resoluciones mediante las cuales impone multas y declara la pérdida de bienes en beneficio de la Nación, respecto de operadores que no contaban con concesión o permiso en materia de telecomunicaciones. De éstas, cinco se ubican en San Luis Potosí, SLP; dos en Aguascalientes, Ags.; dos en Nuevo León (San Nicolás de los Garza y Monterrey), y las otras dos en el Distrito Federal.
Asimismo, determinó imponer multas y declarar la pérdida en beneficio de la Nación de los bienes destinados a la operación de 15 estaciones de radio que operaban sin contar con concesión o permiso, en diversas localidades de los estados de Puebla, Veracruz y Tabasco.
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- La práctica monopólica consistió en realizar acciones en el mercado relevante del servicio de terminación de llamadas de larga distancia en su red pública de telecomunicaciones, cuyo objeto fue desplazar indebidamente a Axtel de los mercados de servicios de telefonía en los que compiten por usuarios finales
- Se impone una multa a la empresa por 49 millones 320 mil pesos y se ordena la supresión de la práctica
En sesión extraordinaria el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió uno de los expedientes en trámite que recibió de la Comisión Federal de Competencia, sobre una investigación iniciada por esa autoridad en mayo de 2011 por la realización de posibles prácticas monopólicas relativas en el mercado del servicio de terminación de llamadas de larga distancia en la red pública de telecomunicaciones de Telmex.
Tras la conclusión del procedimiento correspondiente y con base en el análisis de la información recabada, el Pleno del IFT resolvió que Telmex es responsable de la práctica monopólica relativa, prevista en el artículo 10 fracción XI de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), consistente en realizar acciones con el fin de obstaculizar el proceso productivo de la concesionaria Axtel en el mercado de larga distancia.
Se acreditó que Telmex realizó tres conductas que obstaculizaron el proceso productivo de Axtel:
1) No atender las solicitudes de Axtel para tener acceso a puertos y/o enlaces de interconexión de larga distancia en las ASL donde tiene ubicadas centrales de tráfico interurbano o centrales con capacidad de enrutamiento.
2) No atender las solicitudes de Axtel sobre información de la ubicación y asignación de sus centrales que atienden localidades sin punto de interconexión para atender cada área de servicio local no abierta a presuscripción.
3) Introducir mensajes grabados en llamadas de larga distancia originadas en la red pública de telecomunicaciones de Axtel para su terminación en la red pública de telecomunicaciones de Telmex. El mensaje anuncia a los usuarios finales la posible suspensión del servicio, lo que tiene por objeto, directo o indirecto, reducir la demanda que enfrenta su competidor Axtel.
Se determinó que estas acciones por parte de Telmex tuvieron como objeto el desplazamiento indebido de Axtel en la oferta de los servicios de telefonía en los que compiten por usuarios finales, así como la reducción de la demanda que esa empresa enfrenta en el mercado.
De esta forma, el IFT resolvió, con fundamento en el artículo 35, fracción V, de la LFCE, imponer una multa por 49 millones 320 mil pesos a Telmex, que es la multa máxima prevista en dicho ordenamiento legal, toda vez que la conducta cometida es altamente grave porque afecta servicios de interés público, causa un daño al mercado porque afecta el proceso de competencia y libre concurrencia y existen elementos para determinar que la empresa tuvo la intención de realizar las conductas imputadas, entre otros.
Asimismo, el IFT ordenó la supresión de la práctica monopólica relativa referida.
El Pleno resolvió dicho expediente durante su XI sesión extraordinaria, celebrada el 3 de septiembre de este año, por lo que esta información se hace del conocimiento público una vez que las partes han sido notificadas y que se cuenta con la versión pública de la resolución, la cual está disponible para su consulta en la página del Instituto, con fundamento en el artículo 2 del Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica, vigente al inicio del procedimiento.
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- El Comité analizó temas relacionados con la identificación de nuevas bandas de frecuencias para las Telecomunicaciones Móviles Internacionales (IMT), las cuales son idóneas para la implementación de tecnologías asociadas a la prestación de servicios de banda ancha móvil, y sobre las bandas de frecuencias utilizadas para servicios de seguridad pública y atención a desastres (PPDR) a nivel regional
Del 29 de septiembre al 3 de octubre de este año, se realizó, en la ciudad de Mérida, Yucatán, la XXIV Reunión del Comité Consultivo Permanente II (CCPII): Radiocomunicaciones, de la Comisión
Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL), foro en el que tuvieron lugar, entre otros, los trabajos preparatorios para consensuar a nivel regional y luego a nivel mundial posibles modificaciones al Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), el cual tiene jerarquía de Tratado Internacional.
En este foro México se ubica como un actor principal en el rumbo de la región en temas de telecomunicaciones y radiodifusión, por lo que al ser distinguido como sede se reconoce la importancia que nuestro país concede a la discusión y regulación de estos temas.
La CITEL es el órgano asesor de la Organización de Estados Americanos, cuya misión es la promoción integral y sostenible de las telecomunicaciones. El CCPII, su comité asesor, fomenta la planificación, coordinación, armonización y uso eficiente del espectro radioeléctrico, así como de las órbitas de satélites geoestacionarios y no geoestacionarios para servicios de radiocomunicaciones, incluyendo la radiodifusión.
El CCPII desarrolla posiciones comunes y elabora propuestas interamericanas sobre los temas de Radiocomunicaciones y Radiodifusión previstos en las Conferencias Mundiales y/o regionales convocadas bajo el auspicio de la UIT. Durante las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones (CMR), se revisa el Reglamento de Radiocomunicaciones que rige la utilización del espectro de frecuencias radioeléctricas y de los recursos orbitales.
Asimismo, el Comité analizó temas relacionados con la identificación de nuevas bandas de frecuencias para las Telecomunicaciones Móviles Internacionales (IMT por sus siglas en inglés), las cuales son idóneas para la implementación de tecnologías asociadas a la prestación de servicios de banda ancha móvil, y sobre las bandas de frecuencias utilizadas para servicios de seguridad pública y atención a desastres (PPDR por sus siglas en inglés) a nivel regional.
En los grupos de trabajo se discutieron también temas encaminados a mejorar los procedimientos de coordinación satelital ante la UIT, con el objeto de contar con un acceso y utilización eficaz de los recursos orbitales, además de temas asociados a los servicios de radiodifusión, particularmente sobre el uso futuro de las bandas de frecuencias liberados por los procesos de transición a la televisión digital en la región.
Para los trabajos de esta reunión se acreditaron 144 delegados de veinte Estados Miembros de la OEA: Argentina, Bahamas, Belice, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos de América, Guatemala, Jamaica, México, Nicaragua, Paraguay, Perú, República Dominicana, Trinidad y Tobago, y Uruguay. Asistieron a la reunión del CCPII administraciones, miembros asociados, autoridades y observadores de la CITEL.
Los trabajos concluyeron con la aprobación del informe final de la reunión.
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Acuerdan el INEGI y el IFT unir esfuerzos en favor de las Telecomunicaciones y la Radiodifusión en México (Comunicado 46/2014)
Acuerdan el INEGI y el IFT unir esfuerzos en favor de las Telecomunicaciones y la Radiodifusión en México
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) firmaron el día de hoy un Convenio de Colaboración mediante el cual se establecen las bases para realizar, de manera conjunta, los trabajos técnicos para generar información estadística e indicadores en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.
Este acuerdo permitirá atender lo previsto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en el sentido de que ambas instituciones deben actuar de manera coordinada para crear y actualizar indicadores en estos sectores, acorde con la metodología de medición reconocida o recomendada por la Unión Internacional de Telecomunicaciones.
De esta forma, el INEGI y el IFT trabajarán de manera conjunta para desarrollar estudios e investigaciones, intercambiar información estadística y geográfica, así como realizar encuestas en distintas poblaciones, entre otras acciones.
La ceremonia de la firma del Convenio de Colaboración estuvo encabezada por Eduardo Sojo Garza Aldape, Presidente de la Junta de Gobierno del INEGI y el Comisionado Presidente del IFT, Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar.
Eduardo Sojo dijo que el INEGI está dispuesto a participar en el desarrollo de acciones de captación, procesamiento, análisis, difusión, estudios e investigaciones, así como el intercambio de la información estadística y geográfica de manera coordinada, para satisfacer las necesidades y requerimientos de datos en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.
Por su parte, Gabriel Contreras destacó que la suma de esfuerzos entre ambas instituciones se alcanza en un momento oportuno para cumplir con las disposiciones de la nueva legislación secundaria, por lo que, en ejercicio de las atribuciones que tiene el IFT como órgano regulador de las telecomunicaciones y la radiodifusión, la colaboración con el INEGI acrecentará el rigor de los datos estadísticos lo que abatirá la asimetría de la información en estos sectores.
Es importante señalar que el IFT es la máxima autoridad en México en materia de regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.
Para lograr los objetivos planteados, el INEGI y el IFT acordaron crear grupos de trabajo coordinados que elaboren y desarrollen proyectos basados en calendarios y que estén apegados al cumplimiento de los acuerdos del Convenio.
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