Folio
2014-08-20-1918-SP-006Temas tratados
Presentación y demostración de la arquitectura técnica de DTH para la Televisión Digital Terrestre
El Pleno del IFT aprueba las ofertas de referencia de servicios mayoristas que deberán aplicar Telmex, Telnor y Telcel (Comunicado 53/2014)
El Pleno del IFT aprueba las ofertas de referencia de servicios mayoristas que deberán aplicar Telmex, Telnor y Telcel
- Estas condiciones impuestas al Agente Económico Preponderante darán acceso a sus competidores a su infraestructura en condiciones no discriminatorias y equitativas
- Implican medidas relacionadas con Operadores Móviles Virtuales, acceso y uso compartido de infraestructura de telecomunicaciones y servicio mayorista de usuario visitante, entre otras
- Se da puntual seguimiento a la ejecución de distintas medidas específicas que debe cumplir el AEP, conforme al mandato legal conferido a este órgano regulador
- Acordó someter a consulta pública el documento “Revisión de los Lineamientos para desarrollar modelos de costos que sirvan para la determinación de las tarifas aplicables a los servicios de interconexión”
- Declaró desierto el procedimiento de Licitación Pública para el otorgamiento de concesiones para ocupar las posiciones orbitales geoestacionarias 113° Oeste y 116.8° Oeste, al no recibir propuestas de participantes
En cumplimiento a lo previsto en las medidas impuestas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) al Agente Económico Preponderante (AEP) en el sector de telecomunicaciones (Telmex, Telnor y Telcel), el Pleno de este órgano regulador autorizó las Ofertas de Referencia que contienen los términos y condiciones específicos bajo los cuales estas empresas deberán prestar servicios mayoristas de telecomunicaciones y permitir el acceso a su infraestructura a otros concesionarios. Lo anterior permitirá que los servicios de telecomunicaciones se presten en condiciones equitativas de competencia.
Se trata de las Ofertas de Referencia de los siguientes servicios: 1) Comercialización o reventa del servicio por parte de los Operadores Móviles Virtuales; 2) Acceso y Uso Compartido de Infraestructura Pasiva en redes móviles; 3) Servicio Mayorista de Usuario Visitante; 4) Acceso y Uso Compartido de Infraestructura Pasiva en redes fijas y 5) Servicio Mayorista de Arrendamiento de Enlaces Dedicados.
De conformidad con lo establecido en las medidas de Preponderancia, el Instituto llevó a cabo la revisión de las mencionadas Ofertas de Referencia, proceso que inició el 4 de junio del presente año, con la primera propuesta por parte del AEP y concluye con la autorización por parte del Pleno del Instituto tras un proceso de análisis y requerimientos de modificaciones, mismo que fue atendido por el AEP.
De esta manera, en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, el Pleno del IFT acordó aprobar las Ofertas de Referencia, mismas que permitirán concretar la prestación efectiva de los diversos servicios mayoristas previstos en la Resolución de Preponderancia, al contar con un marco contractual que otorga certidumbre al AEP y a los solicitantes de los servicios, favoreciendo así una competencia más efectiva en el sector de telecomunicaciones.
Con esto, el IFT da puntual seguimiento a la ejecución de las distintas medidas específicas que debe cumplir el AEP, conforme al mandato legal conferido a este órgano regulador.
Entre las condiciones que el AEP debe cumplir en las ofertas de referencia, destacan las siguientes:
1) Operadores Móviles Virtuales (OMVs). Permitirá la comercialización de los servicios de telecomunicaciones móviles del AEP (voz, SMS y datos) por parte de empresas conocidas como Operadores Móviles Virtuales, las cuales no cuentan con espectro radioeléctrico pero pueden ser más eficientes en otros aspectos de la cadena productiva, dinamizando con ello el sector, acercando los beneficios de la competencia a los usuarios finales.
2) Acceso y Uso Compartido de Infraestructura Móvil. Permitirá a otros concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones instalar su propia infraestructura aprovechando la capacidad no utilizada de las redes móviles del AEP, disminuyendo con ello los costos de despliegue de las redes y fomentando la realización de economías a través de un uso más eficiente de la infraestructura existente.
3) Usuario Visitante (Roaming). Permitirá a otros concesionarios de telecomunicaciones móviles ampliar su cobertura geográfica en los servicios que ofrece, por ejemplo, en aquellas regiones en las cuales no cuenta con cobertura.
4) Acceso y Uso Compartido de infraestructura fija. Permitirá a otros concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones instalar su propia infraestructura aprovechando la capacidad no utilizada de las redes fijas del AEP, disminuyendo con ello los costos de despliegue de las redes y fomentando la realización de economías a través de un uso más eficiente de la infraestructura existente.
5) Servicio Mayorista de Arrendamiento de Enlaces Dedicados. Permitirá contar con un instrumento que regule la prestación de un servicio mayorista de gran relevancia, como son los enlaces dedicados, mismos que sirven como insumo esencial para la prestación del resto de los servicios de telecomunicaciones; con lo cual los concesionarios podrán tener certeza de que reciben los servicios en condiciones no discriminatorias de calidad y precio, así como alineados con estándares internacionales.
El AEP deberá publicar en su sitio de Internet y dar aviso de la emisión de las ofertas en dos diarios de circulación nacional dentro de los 10 días hábiles siguientes a que sean notificadas las resoluciones.
Por otro lado, el Pleno del IFT acordó someter a consulta pública el documento denominado “Revisión de los Lineamientos para desarrollar modelos de costos” que sirvan para la determinación de las tarifas aplicables a los servicios de interconexión.
Con este ejercicio de transparencia no sólo se cumple con lo dispuesto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en el sentido de realizar consultas públicas para la emisión o modificación de lineamientos y disposiciones de carácter general, sino que también se promueve la participación ciudadana para conocer los comentarios y opiniones de los interesados en el tema y, de ser el caso, incorporarlos para robustecer el proyecto que en su momento será sometido a consideración del Pleno.
Actualmente están vigentes los Lineamientos que fueron emitidos en abril de 2011 por la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel). Sin embargo, ante el cambio tecnológico y la revisión de las mejores prácticas internacionales en materia de modelos de costos, se hace necesario revisar los nuevos enfoques regulatorios para la determinación de las tarifas de interconexión.
El documento estará a disposición de todos los interesados para su consulta en la página de internet del Instituto. El periodo para participar en este ejercicio es del 6 al 21 de noviembre de este año.
Asimismo, el Pleno del Instituto declaró desierto el procedimiento de Licitación Pública para el otorgamiento de concesiones para ocupar las posiciones orbitales geoestacionarias 113° Oeste y 116.8° Oeste y explotar las bandas de frecuencias asociadas C y Ku extendidas, así como los derechos de emisión y recepción de señales para la provisión de capacidad satelital para el servicio fijo por satélite (IFT-2).
Lo anterior, debido a que el único interesado que solicitó y obtuvo del Instituto opinión favorable en materia de competencia económica para participar en la IFT-2, no presentó en el término establecido la documentación a que se refiere el Apéndice A de las Bases de Licitación, la cual incluía garantía de seriedad y oferta económica y garantía de ocupación de las posiciones orbitales con su Banda de Frecuencias Asociadas, así como la documentación que comprobara la opinión favorable en materia de competencia económica.
Toda vez que el propio mercado indicó que no existía apetito por participar en la licitación de estas posiciones orbitales, y con fundamento en el Artículo 95 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), que contempla los supuestos por los cuales se podrá declarar desierto un procedimiento de licitación, en este caso para otorgar concesiones para ocupar recursos orbitales, el Pleno del IFT determinó tomar la resolución señalada.
Cabe señalar que México puede solicitar en cualquier momento a la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) la coordinación de otras posiciones orbitales con parámetros técnicos similares o distintos a los de estas posiciones orbitales, e incluso, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 96 y 97 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, los particulares pueden ahora manifestar al Instituto su interés para que el Gobierno Federal obtenga recursos orbitales a favor del Estado Mexicano. En ese caso, y de resultar el proceso de coordinación favorable, el Instituto deberá otorgar de manera directa la concesión al interesado, previo pago de la contraprestación correspondiente.
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Reunión con Representantes de Nextel de México, S.A. de C.V.
Tema o Asunto a Tratar
Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Cobertura Extendida de Nextel de México.
Breve descripción de la actividad
Reunión con Representantes de Nextel de México, S.A. de C.V.
Lic. Salvador Álvarez Valdés- Presidente de Nextel de México
Lic. Salvador Álvarez Valdés- Presidente de Nextel de México.
Lic. Antonio Garza Cánovas- Vicepresidente Jurídico de Nextel de México.
Lic. Edgar Rodríguez Rudich- Director de Relaciones Institucionales y Comunicación Corporativa de Nextel de México.
Mtro. Luis Fernando Borjón Figueroa- Comisionado IFT.
Dr. Ernesto Estrada González- Comisionado IFT.
Mtra. Adriana Sofía Labardini Inzunza- Comisionada IFT.
Dra. María Elena Estavillo Flores- Comisionada IFT.
M. en C. Mario Germán Fromow Rangel– Comisionado IFT.
Lic. Luis Fernando Peláez Espinosa- Coordinador de Asesores de Presidencia IFT.
Lic. Rafael Eslava Herrada- Jefe de la Unidad de Servicios a la Industria IFT.
Lic. Fernando Carrillo Valderrabano- Director General de la Unidad de Política Regulatoria IFT.
Lic. Erik Arreazola Pérez- Jefe de departamento de la oficina del Comisionado Estrada IFT.
Ing. José Guadalupe Rojas Ramírez- Director General de la oficina del Comisionado Fromow.
Lic. Rodrigo Guzmán Araujo Merigo- Director General de la oficina del Comisionado Cuevas.
Con las nuevas reglas de portabilidad numérica emitidas por el IFT se eliminan requisitos y los usuarios ejercerán este derecho de manera más rápida y ágil (Comunicado 54/2014)
Con las nuevas reglas de portabilidad numérica emitidas por el IFT se eliminan requisitos y los usuarios ejercerán este derecho de manera más rápida y ágil
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emitió hoy las nuevas reglas de la portabilidad numérica, las cuales permitirán que los usuarios de telefonía fija y móvil que deseen cambiarse de proveedor conservando su mismo número telefónico puedan hacerlo de manera más ágil y sencilla.
Así, el IFT cumple en tiempo y forma con su mandato legal de emitir, dentro de los 60 días hábiles siguientes a la publicación de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, las reglas administrativas necesarias que eliminan requisitos que puedan retrasar o impedir la portabilidad numérica y que con ello los usuarios puedan concretar este proceso en un máximo de 24 horas.
La portabilidad numérica es el derecho de los usuarios para elegir a la empresa telefónica que le ofrezca las mejores condiciones del servicio, las veces que lo desee, pero sin perder su número telefónico, y que más de 17 millones de líneas en México han ejercido desde 2008, año en que se implantó este mecanismo. Ahora, el IFT emite nuevas reglas para lograr una portabilidad efectiva, con menos trámites y en menor tiempo que el que lleva realizar este proceso actualmente.
En este sentido, es importante considerar que para implementar estas nuevas disposiciones se requiere que los concesionarios del servicio telefónico cumplan con una serie de acciones, así como procedimientos técnicos en sus redes y equipos, incluidas las pruebas correspondientes, y los cambios a los planes de señalización y numeración. Sin embargo, en tanto se agotan las distintas etapas necesarias para desarrollar los nuevos sistemas --lo que deberá ocurrir en un plazo no mayor de 90 días naturales--, las reglas prevén que desde el día siguiente a su publicación:
- Se elimina el requisito que aplicaba para los usuarios de líneas fijas y móviles de pospago de presentar factura y contrato, siendo necesario únicamente la presentación de una identificación oficial y la manifestación de voluntad del solicitante.
- Sólo se requerirá una identificación del usuario y su consentimiento
- Se reducen los plazos: la portabilidad tanto de líneas fijas como móviles en cualquier modalidad se realizará en un plazo máximo de 3 días
Las nuevas medidas mencionadas serán de aplicación inmediata, una vez que se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo mediante el cual el Pleno del IFT emite las reglas de portabilidad numérica. Asimismo, se establece un periodo de 90 días naturales para la entrada en vigor de dichas reglas, contados a partir de la publicación en el DOF. Este plazo que permitirá ejecutar las siguientes acciones estrictamente necesarias para que el proceso de portabilidad llegue al objetivo de 24 horas sin comprometer la continuidad de las comunicaciones:
- En 5 días naturales: Convocar y constituir un Comité Técnico en materias de portabilidad, numeración y señalización, que involucre a todos los proveedores de servicios con numeración asignada para el diseño de las Especificaciones Técnicas y las Especificaciones Operativas aplicables a la implantación de la portabilidad en el país, a fin de que ésta se logre de manera ordenada y coordinada.
- En 10 días naturales: Deberán definirse los nuevos parámetros técnicos que serán aplicables a los procesos de comunicación e intercambio de información entre los sistemas de las empresas que participen en un proceso de portabilidad.
- En 60 días naturales: Hacer adecuaciones y desarrollar soluciones técnicas que permitan la comunicación e interoperabilidad entre los sistemas operativos de los proveedores de servicios de telecomunicaciones y del Administrador de la Base de Datos.
- En 15 días naturales: Deberán realizarse las pruebas necesarias a efecto de comprobar el correcto desempeño de las adecuaciones y nuevas funcionalidades de los sistemas de las empresas telefónicas y el Administrador de la Base de Datos.
Cumplir con estos plazos permitirá implementar la portabilidad de manera efectiva, conforme a lo estipulado en la Ley, y atendiendo a las mejores prácticas internacionales.
Una vez concluidas estas etapas (en un lapso máximo de 90 días naturales), los usuarios que deseen portar sus números podrán realizar la portabilidad numérica con beneficios adicionales a los ya referidos:
- El usuario contará con la posibilidad de recabar directamente todos los requisitos para el inicio del trámite de portación y no dependerá de un proveedor para completar el proceso
- Todos los usuarios podrán hacer la portación del número en un plazo máximo de 24 horas
- Se otorgará un NIP (Número de Identificación Personal) de confirmación para validar la voluntad de los usuarios en las portaciones para todos los usuarios, incluyendo los del servicio de telefonía fija y de móvil de pospago.
- El usuario podrá mantener su mismo número si se muda a otra ciudad (con la misma empresa o con otro proveedor, según elija).
- Basta con presentar una identificación y la manifestación de la voluntad del usuario
- Se instrumentará un sistema para que el usuario pueda dar seguimiento a su solicitud de portación marcando el número 051.
- En el caso de líneas telefónicas cuyos titulares sean personas morales, deberá verificarse que la portación es solicitada por el representante o apoderado legal.
- Las comercializadoras participarán directamente en los procesos de portabilidad
- Los concesionarios se harán cargo de los costos de actualizar elementos de red y sistemas para permitir la portabilidad
Con la expedición de estas reglas, se cumple con lo dispuesto por el artículo Trigésimo Octavo Transitorio del Decreto por el que se expidió la LFTR, pero más importante, se establecen las medidas necesarias para hacer efectivos derechos de los usuarios, lo que ha sido el eje rector de la actuación del IFT desde su integración.
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XXV Sesión Extraordinaria del Pleno 6 de noviembre de 2014
Acuerdo
P/IFT/EXT/061114/213
Descripción
Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones emite las Reglas de Portabilidad Numérica y modifica el Plan Técnico Fundamental de Numeración, el Plan Técnico Fundamental de Señalización y las Especificaciones Operativas para la Implantación de Portabilidad de números geográficos y no geográficos.Sentido de votaciones
A favor
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El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba someter a consulta pública el “Anteproyecto de lineamientos de colaboración en materia de seguridad y justicia” (Comunicado 55/2014)
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba someter a consulta pública el “Anteproyecto de lineamientos de colaboración en materia de seguridad y justicia”
- Se somete a consulta pública bajo los principios de transparencia y participación ciudadana, en términos de lo dispuesto por la Ley
- El documento contiene los mecanismos de interacción entre las empresas de telecomunicaciones y las instancias de seguridad y procuración de justicia para que la colaboración sea efectiva y oportuna
- En el Anteproyecto de lineamientos no sólo se atiende lo dispuesto en la Ley, también se salvaguarda el respeto a los derechos humanos, la protección de la privacidad y los datos personales de los usuarios
- En ningún momento se establece la conservación o registro del contenido de las comunicaciones
- Se propone establecer el código de servicios especiales 066 (CERO, SEIS, SEIS), como número único armonizado a nivel nacional para la prestación de servicios de emergencia
En cumplimiento al mandato establecido en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y con el fin de transparentar y promover la participación ciudadana, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) acordó emitir, para consulta pública, el Anteproyecto de los lineamientos relativos a las obligaciones en materia de seguridad y justicia que deberán acatar los concesionarios y, en su caso, los autorizados, para que la colaboración con las autoridades competentes sea efectiva y oportuna.
Para la elaboración del documento que hoy se pone a consideración de la sociedad en general, se tuvieron distintas reuniones con cámaras empresariales y asociaciones de operadores, se recibieron planteamientos de miembros de la industria y se realizaron visitas a las instalaciones de concesionarios de servicios de telecomunicaciones para revisar los aspectos técnicos necesarios para la colaboración.
Asimismo, en cumplimiento de la fracción I del artículo 190 de la Ley, se realizaron reuniones de trabajo con diversas instancias de seguridad y procuración de justicia en las que se escucharon opiniones y consideraciones para la elaboración del Anteproyecto.
Es importante mencionar que las disposiciones que se plantean en el Anteproyecto únicamente proveen los mecanismos técnicos para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley.
Comprometidos con la transparencia y la participación ciudadana, el documento estará a disposición de la sociedad en general para su consulta, comentarios y aportaciones en la página de internet del Instituto, del 12 al 27 de noviembre.
El Anteproyecto establece, entre otras cosas, lo siguiente:
- Las autoridades y concesionarios deberán colaborar a través de sistemas de información electrónicos, seguros y eficientes.
- La información de datos de comunicaciones que los concesionarios y autorizados deban conservar conforme a la ley, únicamente podrá ser requerida por las autoridades facultadas explícitamente en este marco legal.
- Se prevé la suspensión expedita del servicio de los equipos o dispositivos terminales móviles reportados como robados o extraviados a solicitud del titular.
- Deberán llevarse a cabo campañas de sensibilización acerca de los riesgos asociados con equipos móviles falsificados o que no cumplen con los estándares o normas correspondientes.
- Se establece la armonización del número único nacional 066 para la prestación de servicios de emergencia gratuito a la población.
- Medidas para la recepción en dispositivos móviles de alertas tempranas en caso de emergencia sin costo para el usuario.
De esta manera, el IFT cumple con su mandato legal mediante un proceso abierto a la sociedad, en compromiso con la transparencia.
Folio
2014-08-20-1918-SP-005Temas tratados
Desincorporación de activos
Reunión con Representantes de Asociación Mexicana de Productores de Fonogramas y Videogramas (AMPROFON).
Tema o Asunto a Tratar
Sistemas de notificación y remoción de contenidos por parte de los proveedores de servicios en internet.
Breve descripción de la actividad
Reunión con representantes de Asociación Mexicana de Productores de Fonogramas y Videogramas (AMPROFON).
Lic. Gilda González Carmona- Directora General de AMPROFON y Vicepresidenta de la Coalición por el Acceso Legal a la Cultura (CALC) (Música)
Lic. Gilda González Carmona- Directora General de AMPROFON y Vicepresidenta de la Coalición por el Acceso Legal a la Cultura (CALC) (Música)
Lic. Alfredo Tourne Guerrero- Director General de APCM México.
Lic. Hugo E. Péreznegrón Meza- Director Jurídico de la Sociedad de Autores y Compositores de México.
Lic. Samuel Michel Navarro- Consultor de la Motion Picture Association MPA México.
Mtro. Luis Fernando Borjón Figueroa- Comisionado IFT.
Dr. Ernesto Estrada González- Comisionado IFT.
Dra. María Elena Estavillo Flores - Comisionada IFT.
M. en C. Mario Germán Fromow Rangel – Comisionado IFT.
Mtro. Adolfo Cuevas Teja– Comisionado IFT.
Ing. Alejandro Navarrete Torres- Jefe de la Unidad de Sistemas de Radio y Televisión IFT.
Lic. Luis Fernando Peláez Espinosa- Coordinador de Asesores de Presidencia IFT.
Lic. Erik Arreazola Pérez- Jefe de departamento de la oficina del Comisionado Estrada.
Lic. Álvaro Guzmán Gutiérrez- Director de área de la oficina del Comisionado Cuevas.
Lic. Martín Eduardo Fernández Torres- Subdirector de Área de la oficina del Comisionado Fromow.
Ing. José Guadalupe Rojas Ramírez- Director General de la oficina del Comisionado Fromow.
XXVI Sesión Extraordinaria del Pleno 7 de noviembre de 2014
Acuerdo
P/IFT/EXT/071114/214
Descripción
Resolución por la cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara improcedente la modificación solicitada por MVS Multivisión, S.A. de C.V., a su título de modificación y prórroga de la concesión para usar, aprovechar y explotar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para usos determinados en la banda de frecuencias 692-698 MHz y niega la autorización para la prestación del servicio adicional de televisión radiodifundida digital.Sentido de votaciones
A favor
En contra
Diferenciado