Consulta Pública sobre las Actualizaciones al Modelo de Costos Evitados y Modelo de Costos Integral de la Red de Acceso Fija para determinar tarifas de los Servicios de Compartición de Infraestructura Fija y de Desagregación del AEP en Telecomunicaciones
Objetivo
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo, el “Instituto”) convencido de la importancia y relevancia de transparentar su proceso de elaboración de nuevas tarifas, recibirá comentarios, opiniones y aportaciones de cualquier interesado a propósito de las “Actualizaciones al Modelo de Costos Evitados y al Modelo de Costos Integral de la Red de Acceso Fija para determinar las tarifas de los Servicios de Compartición de Infraestructura Fija y de Desagregación del Agente Económico Preponderante en Telecomunicaciones” (en lo sucesivo, las “Modificaciones a los Modelos”), las cuales se desarrollaron con base en lo establecido en los artículos 1, 2, 7, 15, fracciones XL y LXIII, 51, 268 y 269, fracción III, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 1, 4, fracción I, 6, fracción XXXVIII, 25, fracción XI, y 26, fracciones X y XI, del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones; así como en los Lineamientos Primero, Tercero, fracción I, Séptimo, Octavo, Noveno y Vigésimo Primero de los Lineamientos de Consulta Pública y Análisis de Impacto Regulatorio del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Los objetivos principales de las Modificaciones a los Modelos consisten en: i) determinar los niveles tarifarios de las diferentes modalidades de los servicios de reventa y acceso indirecto mediante la metodología de costos evitados, y ii) establecer las bases para la determinación de las tarifas aplicables a los servicios de acceso y uso compartido de infraestructura pasiva y de desagregación, a través de la metodología de costos incrementales promedio de largo plazo.
En virtud de lo anterior, la presente consulta pública tiene por objeto transparentar y dar a conocer las Modificaciones a los Modelos y afinar con mayor precisión los posibles impactos que se deprendan a razón de su posible entrada en vigor.
Asimismo, cabe señalar que las Modificaciones a los Modelos son acompañadas del documento de referencia intitulado “Documento metodológico y descriptivo del modelo”, aplicable al Modelo de Costos Evitados para Servicios de Reventa y Servicio de Acceso Indirecto al Bucle Local aplicable a 2021, y del documento intitulado “Enfoque Conceptual”, correspondiente al Modelo de costos integral de la red de acceso fija, los cuales no se encuentran en consulta pública, dándose a conocer a todos los interesados, a efecto de que exista un mayor entendimiento sobre las Modificaciones a los Modelos y, a partir de esto, formular a este órgano regulador sus comentarios, opiniones o aportaciones que permitan fortalecerlos, así como conocer de mejor manera los posibles impactos que se puedan desprender a partir de su utilización.
Publicación
07 de Octubre de 2020Duración
Del 08 de Octubre de 2020 al 06 de Noviembre de 2020(30 días naturales)Descripción de la mecánica
El Instituto recibirá los comentarios, opiniones y aportaciones que se tengan con relación al contenido de las Modificaciones a los Modelos, a través de la siguiente dirección de correo electrónico modelos.dgci@ift.org.mx o bien, mediante escrito presentado en la Oficialía de Partes Común del Instituto ubicada en Insurgentes Sur 1143, colonia Nochebuena, Demarcación Territorial Benito Juárez, C.P. 03720, Ciudad de México, de lunes a jueves de las 9:00 a las 18:30 horas y los días viernes de las 9:00 a las 15:00 horas.
El Instituto pone a disposición de todos los interesados en participar en el presente proceso consultivo el “Formato para participar en la Consulta Pública”, disponible para su descarga al inicio de la columna derecha del presente apartado, a efecto de que el mismo sea contestado y remitido al Instituto conforme a lo señalado en el párrafo que precede.
La información que los interesados le hagan llegar al Instituto de acuerdo a los plazos y términos descritos en esta mecánica con relación al presente proceso consultivo no tendrá carácter vinculante, sin perjuicio de que el Instituto pueda ponderarla en un documento que refleje los resultados de dicha consulta, el cual se hará público en el presente apartado, de manera previa a que el Pleno del Instituto tome una determinación sobre el presente asunto.
Para cualquier duda, comentario o inquietud sobre el presente proceso consultivo, el Instituto pone a disposición de todos los interesados, los siguientes puntos de contacto: Amélie Brossard-Ruffey, Subdirectora de Análisis de Despliegue, Compartición y Costos, correo electrónico: amelie.brossard@ift.org.mx, número telefónico 55 5015 4000, extensión 4121, y César Martínez Anell, Subdirector de Resolución de Desacuerdos de Servicios de Compartición, correo electrónico: cesar.martinez@ift.org.mx, número telefónico 55 5015 4000, extensión 4398.
Con el propósito de asegurar una mayor accesibilidad e inclusión en sus procesos de consulta pública, el Instituto pone a disposición de todos los interesados los documentos e información materia del presente proceso consultivo, en distintos formatos (v.gr. archivos .docx y .xls) a efecto de facilitar su manejo, lectura y decodificación a voz. En el caso, de cualquier discrepancia sobre la accesibilidad del presente apartado, favor de contactarnos a través del siguiente número telefónico 800 2000 120, o bien en las siguientes direcciones de correo electrónico atencion@ift.org.mx o jose.hernandez@ift.org.mx, para que, en un plazo no mayor a las 72 horas de recibida su petición, se le haga llegar el documento e información correspondiente en formato accesible.
Disposiciones aplicables
Una vez concluido el presente proceso consultivo, el Instituto no recibirá más comentarios, opiniones y aportaciones a razón de que este proceso se considerará culminado y cerrado.
En caso que la información que se le haga llegar al Instituto sobre el presente proceso consultivo sea realizada en representación de otra persona, sea moral o física, deberá adjuntarse de forma electrónica, copia simple del documento con el que se acredite dicha representación, por lo que, en caso contrario, la petición será entendida y registrada en el presente apartado a título personal del remitente.
No se atenderá ni publicará aquella información que no se encuentren relacionada con el objeto del presente proceso consultivo.
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Comentarios, opiniones y respuestas recibidas
Aviso
La información, comentarios, opiniones, aportaciones u otros elementos de análisis que reciba el Instituto con relación a la presente Consulta Pública, serán publicados íntegramente en su portal de Internet de conformidad con lo previsto en el Lineamiento Octavo de los “Lineamientos Consulta Pública y Análisis de Impacto Regulatorio del Instituto Federal de Telecomunicaciones” y, en ese sentido, serán considerados invariablemente públicos salvo por lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales del Sector Público.
De acuerdo a lo señalado en el “Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su calendario anual de sesiones ordinarias y el calendario anual de labores para el año 2020 y principios de 2021”, se suspenderán labores en el Instituto los días sábado y domingo, al ser considerados inhábiles.
En virtud de lo anterior, durante el período de suspensión de labores del Instituto, usted podrá remitir sus comentarios, opiniones y aportaciones relacionados con la presente consulta pública, a través de la cuenta de correo electrónico habilitada para tales efectos, y éstos serán recibidos y registrados por este órgano constitucional autónomo, a partir del siguiente día hábil, según corresponda, de acuerdo a lo previsto por el artículo 29, tercer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Reunión Academia de Ingeniería México
Tema o Asunto a Tratar
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Reunión con representanes de la Comisión de Especialidad en Ingeniería en Comunicaciones y Electrónica (CEICE), de la Academia de Ingeniería México.
Mtro. Guillermo Antonio Medina Flores, Director Ejecutivo y Académico Presidente de la CEICE
Mónica Barrera, Académica Vicepresidente de la AI.
Guillermo Antonio Medina Flores, Director Ejecutivo y Académico Presidente de la CEICE.
Miguel Sánchez Meraz, Académico Secretario del CEICE.
David Muñoz Rodriguez, Académico de Honor.
Carlos Hirsch Ganievich, Académico Titular.
Enrique Melrose Aguilar, Académico Titular.
Francisco Javier Mendieta, Académico Titular.
Javier Pérez Mazatán, Académico Titular.
Carlos A Merchán, Académico Titular.
José Antonio Ramírez, Académico Titular.
Ramón Martín Rodríguez Dagnino, Académico Titular.
Jorge Preciado, Académico Titular.
Marina Vicario, Académico Titular.
Entrevista en Radio Educación
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Breve descripción de la actividad
Entrevista con Alexia Cervantes y Francisco Muñoz del programa Pulso de la mañana en Radio Educación.
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Reporte de Información Comparable de Planes y Tarifas de Servicios de Telecomunicaciones Fijas (Single Play) 2020
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Ante emergencia por COVID-19, el Pleno del IFT amplía la suspensión del plazo para desincorporar Fox Sports en México. (Comunicado 072/2020) 05 de octubre
Ciudad de México, a 5 de octubre de 2020.
Ante emergencia por COVID-19, el Pleno del IFT amplía
la suspensión del plazo para desincorporar Fox Sports en México
· Con base en la información otorgada por las Partes - The Walt Disney Company y Twenty-First Century Fox, Inc.- y el Auditor Independiente, el IFT determinó que la ampliación de la suspensión es conducente ya que, en estos momentos, existe una notoria imposibilidad de continuar en su totalidad con el proceso de desincorporación y lograr la venta de Fox Sports en México.
· El plazo de suspensión de 2 meses, que correrá del 29 de septiembre al 29 de noviembre de 2020, no exime a las Partes del cumplimiento de las demás condiciones, incluyendo las relativas a mantener y vender el negocio Fox Sports en México como un negocio viable, competitivo, en marcha e independiente.
· Las Partes deberán mantenerse en comunicación con posibles compradores, con el objeto de llegar a acuerdos y vender Fox Sports en México.
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó otorgar a The Walt Disney Company (Disney) y Twenty-First Century Fox, Inc. (21CF y en conjunto con Disney, las “Partes”) una ampliación a la suspensión de 2 meses al período de desincorporación para vender el negocio de Fox Sports en México, el cual se reiniciaría el 30 de noviembre de 2020 y concluiría el 4 de diciembre del mismo año.
La desincorporación de Fox Sports en México es una de las condiciones impuestas el 11 de marzo de 2019 por el Pleno del IFT y aceptadas en su totalidad por las Partes, para autorizar que Disney adquiriera activos de 21CF. En este sentido, el periodo otorgado para este proceso vencía el 5 de octubre de 2020. Sin embargo, tomando en consideración la situación generada a raíz de la pandemia por el Coronavirus Covid-19, las Partes solicitaron al IFT una ampliación a la suspensión del plazo de desincorporación otorgada por el Pleno del Instituto el 3 de agosto de 2020.
Con base en la información entregada por las Partes y el Auditor Independiente, el IFT determinó que la ampliación a la suspensión es conducente ya que, en estos momentos, existe una notoria imposibilidad de Disney y 21CF de continuar en su totalidad con el proceso de desincorporación y lograr la venta de Fox Sports en México al 5 de octubre de 2020.
Por ello, el Pleno del IFT determinó otorgar una ampliación a la suspensión, la cual comprende del 29 de septiembre al 29 de noviembre de 2020, por lo que el periodo de desincorporación se reiniciaría el 30 de noviembre de 2020 y concluiría el 4 de diciembre de este mismo año.
La suspensión otorgada por el Pleno no exime a las Partes del cumplimiento de las demás condiciones establecidas en la resolución por la cual se autorizó la concentración entre Disney y 21CF, incluyendo las obligaciones relativas a mantener y vender Fox Sports en México como un negocio viable, competitivo, en marcha e independiente de Disney y 21CF, en el mercado de provisión y licenciamiento de canales de programación y programas para proveedores de televisión de paga, en la categoría de deportes.
El Pleno determinó que el Agente de Desincorporación, el Auditor Independiente y el Administrador Independiente, deberán mantenerse en ejercicio de sus atribuciones. Asimismo, el Acuerdo aprobado por el Pleno prevé que, en caso de que la causa por la cual se autorizó la suspensión persista tras el lapso de 2 meses de suspensión, las Partes podrán solicitar al IFT su ampliación.
Como ha ocurrido desde la autorización de la concentración entre Disney y Fox, el IFT continuará con la supervisión y verificación del cumplimiento de las condiciones impuestas para preservar la libre competencia.
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