Consulta pública del “Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual se expide la Disposición Técnica IFT-009-2015: telecomunicaciones-interfaz-parte de usuario de servicios integrados del sistema de señalización por canal común”.
Objetivo
Establecer a los Concesionarios y Autorizados que utilicen los protocolos de señalización del Sistema de Señalización por Canal Común que se sujetarán a las especificaciones y requerimientos de la Disposición Técnica IFT-009-2015, atendiendo a lo que establece la misma, a fin de garantizar la calidad y continuidad del servicio público de interés general de telefonía fija.
Duración
Del 14 de Agosto de 2015 al 27 de Agosto de 2015Descripción de la mecánica
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (el Instituto) convencido de la importancia y relevancia de transparentar su proceso de elaboración de nuevas regulaciones, recibirá comentarios, opiniones y aportaciones de cualquier interesado a propósito del “Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual se expide la Disposición Técnica IFT-009-2015: telecomunicaciones-interfaz-parte de usuario de servicios integrados del sistema de señalización por canal común” (el Anteproyecto), conforme a la siguiente mecánica, plazos y disposiciones.
Los procesos de consulta pública del Instituto tienen la finalidad de: i) dar mayores elementos de certidumbre a los mercados y a los agentes regulados a propósito de los temas de interés público que se encuentran en análisis y próximos a una determinación por parte de este órgano regulador; ii) fomentar la participación ciudadana que permita conocer de manera anticipada su posición y posibles impactos con los que puedan verse afectados con relación a un determinado tema de interés; y, iii) recibir comentarios, opiniones y aportaciones de los ciudadanos que logre mejorar la calidad regulatoria de sus instrumentos normativos.
De esta forma, el Instituto da cumplimiento a lo señalado por el artículo 51 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el cual refiere, entre otras cosas, que para la emisión y modificación de reglas, lineamientos o disposiciones administrativas de carácter general, así como en cualquier caso que determine el Pleno, el Instituto deberá realizar consultas públicas bajo los principios de transparencia y participación ciudadana, en los términos que éste determine, salvo que la publicidad pudiera comprometer los efectos que se pretenden resolver o prevenir en una situación de emergencia.
El Instituto recibirá comentarios, opiniones y propuestas concretas y, en la medida de lo posible, se deberán hacer con fundamento y justificación objetivos en relación con el contenido del Anteproyecto.
Los comentarios, opiniones y propuestas concretas y, en la medida de lo posible, hechos con fundamento y justificación objetivos, podrán presentarse durante el periodo que dure este proceso de consulta pública, vía correo electrónico, a través de la siguiente dirección info.upr@ift.org.mx, o bien, mediante escrito dirigido a la Dirección General de Regulación Técnica, de la Unidad de Política Regulatoria, presentado en la Oficialía de Partes del Instituto Federal de Telecomunicaciones ubicada en Insurgentes Sur #1143, colonia Nochebuena, Delegación Benito Juárez, C.P. 03720, de lunes a jueves de 9:00 a 18:00 horas y viernes de 8:30 a 16:30 horas.
Los comentarios, opiniones y aportaciones que se hagan al Instituto –en tiempo y forma- con relación a la presente consulta pública no tendrán carácter vinculante, sin perjuicio de que el Instituto pondere las mismas en un documento que refleje los resultados de dicha consulta.
En caso de que los comentarios, opiniones y propuestas concretas y, en la medida de lo posible, hechos con fundamento y justificación objetivos, sean realizados en representación de otra persona, sea moral o física, deberá adjuntarse de forma electrónica copia simple del documento con el que se acredite la personalidad del promovente, por lo que, en caso contrario, la petición será entendida a título personal de éste.
Disposiciones aplicables
Una vez concluido el período de consulta pública, el Instituto no recibirá más comentarios, opiniones y aportaciones que se tengan con relación al Anteproyecto a razón de que se considerará cerrada la misma.
Una vez cerrada la consulta pública, la Unidad de Política Regulatoria, en su oportunidad, someterá a consideración del Pleno del Instituto, un proyecto que considere el resultado de la consulta de mérito, a efecto de que, en su caso, sea aprobado el “Acuerdo mediante el cual se expide la Disposición Técnica IFT-009-2015: Telecomunicaciones-interfaz-parte de usuario de servicios integrados del sistema señalización por canal común”, para su posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Posteriormente a la publicación en el Diario Oficial de la Federación del “Acuerdo mediante el cual se expide la Disposición Técnica IFT-009-2015: Telecomunicaciones-interfaz-parte de usuario de servicios integrados del sistema señalización por canal común”, se publicará en el portal electrónico del Instituto un pronunciamiento formulado de manera general respecto de los comentarios, opiniones y propuestas concretas recibidas, especificando en su caso, cuáles de ellos resultaron en adecuaciones y especificaciones. En ningún caso, los comentarios, opiniones y propuestas serán vinculantes para el Instituto.
El Instituto agrupará los comentarios, opiniones y propuestas concretas que se encuentren relacionados entre sí.
Los comentarios, opiniones y aportaciones que reciba el Instituto con relación a la presente consulta pública, serán publicados íntegramente en su portal de internet y, en ese sentido, serán considerados invariablemente públicos salvo por lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
No se atenderán ni publicarán aquellos comentarios, opiniones y propuestas que no se encuentren relacionados con el objeto de la presente consulta pública.
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Comentarios, opiniones y respuestas recibidas
Aviso
Los comentarios, opiniones y aportaciones que reciba el Instituto con relación a la presente Consulta Pública, serán publicados íntegramente en su portal de internet y, en ese sentido, serán considerados invariablemente públicos salvo por lo dispuesto en la normatividad vigente en materia de transparencia y acceso a la información pública, protección de datos personales o cualquier otra.