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Instituto Federal de Telecomunicaciones


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Relación de señales a transitar el 31 de diciembre

Tabla de estaciones que finalizarán transmisiones analógicas el 31 de diciembre de 2015

Carta aclaratoria a la columna publicada en el diario Milenio por Fernando Mejía Barquera titulada “Radio Fórmula: ¿por FM’s en Jalisco?” del 17 de diciembre del 2015

 Carta aclaratoria a la columna publicada en el diario Milenio por Fernando Mejía Barquera titulada “Radio Fórmula: ¿por FM’s en Jalisco?” del 17 de diciembre del 2015

Ciudad de México a 17 de diciembre de 2015

 

 

Sr. Carlos Marín

Director general editorial de Grupo Milenio

 

Estimado Sr. Marín

Me refiero a la columna Cambio de Frecuencia, publicada hoy por Fernando Mejía Barquera en el periódico a su digno cargo bajo el título “Radio Fórmula ¿por FM’s en Jalisco?”

Mejía escribe sobre un convenio celebrado entre Grupo Radio Fórmula y el Sistema Jalisciense de Radio y Televisión para la transmisión de contenidos (C7, le dice), y sin el rigor de la investigación o la mínima documentación que representa escribir en un medio de comunicación, hace conjeturas a partir de información errónea. Me refiero en particular a los cuestionamientos que dirige al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) a los cuales debemos dar respuesta a posteriori de la publicación, aun cuando una premisa básica para un académico y/o periodista es verificar que lo que se escribe tiene sustento.

1) ¿Por qué en el listado “Infraestructura de Estaciones de Radio FM” publicado en su página de Internet –que tiene fecha 14 de agosto de 2015—no aparece la estación 96.3 FM que opera el C7 en Guadalajara?”

Sí aparece. Tanto esta estación como toda infraestructura de radiodifusión (AM, FM y televisión) es información pública, disponible. Anexo la liga para facilidad de Mejía: https://www.ift.org.mx/industria/infraestructura. Página 20. El error de Mejía radica en que la estación a la que alude está localizada en el municipio de Tlaquepaque, conurbado al de Guadalajara.

 

2) ¿Por qué en ese listado las autorizaciones de 107.1 FM de Ciudad Guzmán y 91.1 FM de Puerto Vallarta, también del C7, aparecen como vencidas el 12 y el 6 de septiembre de 2014 respectivamente? ¿No las han renovado?

Al Gobierno del Estado de Jalisco le fueron otorgados tres permisos para operar estaciones de radiodifusión sonora en FM en esa entidad federativa con las siguientes frecuencias: la 91.9 MHz para Puerto Vallarta –no la 91.1 MHz que él cita-, la 107.1 MHz para Cd. Guzmán y la 96.3 MHz para Tlaquepaque, Jalisco. Las tres tienen vencimiento en septiembre de 2014 y actualmente están en proceso de prórroga. De conformidad con la normatividad vigente, estos permisos de radiodifusión deberán migrar al régimen de concesión de uso público.

 

Y sobre todo: ¿por qué en el Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2015 (DOF, 6/4/2015), la frecuencia de 91.1 MHz de Puerto Vallarta, que actualmente opera el C7, aparece como una de las 191 que el Ifetel licitará? Radio Fórmula va a ir por esa frecuencia?

El autor de la columna partió de una base errónea, al confundir la frecuencia de la que escribía. El Programa al que se refiere, emitido por el Pleno del IFT en abril pasado y disponible en https://www.ift.org.mx/sites/default/files/p_ift_ext_260315_70.pdf) incluye dos frecuencias para radiodifusión sonora en FM para Puerto Vallarta, Jalisco: 91.1 MHz y 98.3 MHz. Ninguna de las dos, contrario a lo que dice Mejía, está concesionada o permisionada actualmente. ¡Y en esa confusión sostiene toda su columna!

 

Agradezco su atención, solicito la publicación de esta nota aclaratoria y me reitero a las órdenes del equipo editorial de Milenio para ofrecer información veraz y confiable a sus lectores.

 

 

 

MTRO. EDGAR YEMÁN GARCÍA TURINCIO

 

COORDINADOR GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

 Fecha del Documento: 17 December 2015

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IFT, RESPETUOSO DE LA LEY

Desde su creación, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) ha sido respetuoso de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de las leyes que rigen su actuación. Ello ha implicado la observancia de plazos legales para el cumplimiento de diversos mandatos, muchos de ellos breves.

El IFT ha sido también respetuoso de las opiniones que se vierten respecto al ejercicio de sus funciones. Lo es incluso ahora que el Senador Javier Lozano contradice el marco legal que aprobó y defendió no sin poco entusiasmo, y acusa a esta Institución de insensible por el hecho de cumplirlo a cabalidad, como es su obligación.

El Instituto trabaja en el marco de la ley y con los elementos que la ley le da. Este es el deber de todas las instituciones en un Estado de Derecho. Si no se quería que terminara la transición a la Televisión Digital Terrestre el 31 de diciembre de 2015, ¿por qué lo aprobó así? Si no se querían apagones analógicos anticipados ¿por qué los aprobó? Si se buscaba un mayor nivel de penetración de receptores digitales ¿por qué obligó en la ley al IFT a apagar las señales analógicas con el 90% de penetración en los hogares de más escasos recursos? Finalmente, si a su juicio el problema no es la ley que aprobó ¿por qué insiste tan activamente en cambiarla? De lo único que se puede responsabilizar al Instituto es de cumplir con la ley, esa ley que el Senador votó a favor.

Si lo que se pretende es que el Instituto viole su mandato constitucional con el argumento de que de no hacerlo es “insensible”, eso no va a suceder. En el IFT cumplimos con aquello que nos marca la ley, por un desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, en beneficio de los mexicanos

Edgar Yeman García Turincio

Coordinador General de Comunicación Social

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 Fecha del Documento: 28 October 2015

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