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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Presupuesto de Egresos 2014 autorizado

Con el objeto de vincular la planeación presupuestaria con la planeación estratégica de la institución y contar con un presupuesto con visión de políticas públicas y orientación a resultados que favorezca la rendición de cuentas y la transparencia, a continuación se presenta un resumen del Presupuesto de Egresos de la Federación 2014 autorizado para el Instituto Federal de Telecomunicaciones

Estrategia Programática

El Instituto Federal de Telecomunicaciones, es un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto es el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones conforme a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los términos que fijen las leyes, ser autoridad en materia de competencia económica en dichos sectores teniendo a su cargo, la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios públicos de radiodifusión y telecomunicaciones, así como del acceso a infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales, garantizando lo establecido en los artículos 6º y 7º de la Constitución.

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Facultades

ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

Con fundamento en los artículos 28, párrafo vigésimo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 17, fracción II, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y CONSIDERANDO

Que el 11 de junio de 2013 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones” (“Decreto”), que creó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (“Instituto”), como un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto es el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones conforme a lo dispuesto en la propia Constitución y en los términos que fijen las leyes, y como autoridad en materia de competencia económica en dichos sectores; 

Que el 10 de septiembre de 2013 quedó integrado el Instituto, en términos de lo dispuesto por el artículo sexto transitorio del Decreto, mediante la ratificación por parte del Senado de la República de los nombramientos de los Comisionados que integran su órgano de gobierno y la designación de su Presidente;

Que el 23 de septiembre de 2013 se publicó en el DOF el Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones;

Que el 11 de julio de 2014 fue publicado en el DOF el “Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica su Estatuto Orgánico” en cumplimiento a lo establecido en el artículo cuarto transitorio del “Decreto por el que se expide la Ley Federal de Competencia Económica y se reforman y adicionan diversos artículos del Código Penal Federal”, publicado en el DOF el 23 de mayo de 2014; 

Que el 14 de julio de 2014 fue publicado en el DOF el “Decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión” que otorga diversas atribuciones al Instituto;

Que el artículo cuarto transitorio del Decreto mencionado en el párrafo anterior dispone que, dentro de los sesenta días naturales siguientes a su entrada en vigor, el Instituto deberá adecuar su estatuto orgánico a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y 

Que resulta indispensable que el Instituto adecue su estatuto orgánico a efecto de establecer las unidades administrativas dotadas de competencia que le permitan ejercer sus facultades constitucionales y legales, y ejecutar los procedimientos a su cargo.

Por todo lo expuesto el órgano de gobierno del Instituto, en ejercicio de sus atribuciones, emite el:

Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones

Temas relacionados

¿Sabías que…?

·   Según cifras de la UIT, 15 % de la población mundial vive con una discapacidad, esto representa alrededor de 1 billón de personas en todo el mundo.

·   Según cifras del INEGI, en México al año de 2010, las personas que padecen algún tipo de discapacidad sumaron 5 millones, 739 mil 270, lo que representó el 5.1% de la población total.

·   Las tecnologías de la información y de la comunicación, como teléfonos móviles, satélites o Internet, son herramientas que permiten ampliar el acceso a los servicios públicos esenciales y promover la inclusión digital. 

·   La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad exige la accesibilidad de las tecnologías de la información y la comunicación (TICS) de todos los Estados parte, incluido México.

·   La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, tiene como objetivo establecer y salvaguardar los derechos de los usuarios y las audiencias con discapacidad, con el objeto de que exista una igualdad real de oportunidades.

El Instituto Federal de Telecomunicacioneses el órgano encargado de promover que los usuarios con discapacidad tengan acceso a los servicios de telecomunicacionesen igualdad de condiciones con los demás usuarios. 

Temas relacionados

¡Conoce Tus Derechos!

Además de los derechos previstos en el artículo 191 de la Ley, como usuario con discapacidad tienes derecho a:

 

·   No ser discriminado en la contratación y en la provisión de los servicios de telecomunicaciones.

·   Recibir atención a través de personal capacitado.

·   Solicitar y recibir asesoría de los concesionarios sobre el uso de los servicios de telecomunicaciones.

·   Contar con equipos terminales que tengan funcionalidades, programas o aplicaciones que permitan la accesibilidad a los servicios de telecomunicaciones.

·   Acceder a un número telefónico para servicios de emergencia, que contemple mecanismos que permitan identificar y ubicar geográficamente la llamada y, en su caso, mensajes de texto.

·   Que en los centros de atención al público de los concesionarios cuenten con adaptaciones, modificaciones o mecanismos para que puedas recibir atención, de acuerdo con los lineamientos que emita el Instituto.

·   Contratar y conocer las condiciones comerciales establecidas en los contratos de adhesión de los concesionarios, a través de medios electrónicos y mediante formatos que tengan funcionalidades de accesibilidad, de acuerdo con los lineamientos que emita el Instituto. 

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¿Sabías que…?

·   Según cifras de la UIT, 15 % de la población mundial vive con una discapacidad, esto representa alrededor de 1 billón de personas en todo el mundo.

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·   Las tecnologías de la información y de la comunicación, como teléfonos móviles, satélites o Internet, son herramientas que permiten ampliar el acceso a los servicios públicos esenciales y promover la inclusión digital. 

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Además de los derechos previstos en el artículo 191 de la Ley, como usuario con discapacidad tienes derecho a:

 

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·   Solicitar y recibir asesoría de los concesionarios sobre el uso de los servicios de telecomunicaciones.

·   Contar con equipos terminales que tengan funcionalidades, programas o aplicaciones que permitan la accesibilidad a los servicios de telecomunicaciones.

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·   Las tecnologías de la información y de la comunicación, como teléfonos móviles, satélites o Internet, son herramientas que permiten ampliar el acceso a los servicios públicos esenciales y promover la inclusión digital. 

·   La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad exige la accesibilidad de las tecnologías de la información y la comunicación (TICS) de todos los Estados parte, incluido México.

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·   Acceder a un número telefónico para servicios de emergencia, que contemple mecanismos que permitan identificar y ubicar geográficamente la llamada y, en su caso, mensajes de texto.

·   Que en los centros de atención al público de los concesionarios cuenten con adaptaciones, modificaciones o mecanismos para que puedas recibir atención, de acuerdo con los lineamientos que emita el Instituto.

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Sector de Telecomunicaciones

Nuevo Viernes 21 de Noviembre del 2014

Ofertas de referencia del agente económico preponderante en el sector de telecomunicaciones.

Nuevo Viernes 8 de Septiembre del 2014

“Convocatoria de la Segunda Sesión Ordinaria del Comité Técnico del Sistema Electrónico de Gestión para los Servicios de Telecomunicaciones Móviles”.

Nuevo 4 de Septiembre del 2014

Convocatoria Desagregación Efectiva de la Red Local: quinta sesión.

Nuevo 22 de Agosto del 2014

Convocatoria Desagregación Efectiva de la Red Local: cuarta sesión.

Nuevo 8 de Agosto del 2014

Convocatoria Desagregación Efectiva de la Red Local: tercera sesión.

Nuevo 11 de Julio del 2014

Convocatoria Desagregación Efectiva de la Red Local: segunda sesión.

Nuevo 18 de Junio del 2014

Convocatoria Sistema Electrónico de Control de Gestión Móvil

Convocatoria Sistema Electrónico de Control de Gestión Fijo

Convocatoria Desagregación Efectiva de la Red Local

Nuevo

ANEXO 4 – Convocatoria que emite el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, a efecto de designar y registrar a los representantes del agente económico preponderante; de los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones y operadores móviles virtuales interesados en participar en los Comités Técnicos

P/IFT/280514/127 – Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones establece los comités técnicos de los sistemas electrónicos de gestión para los servicios de telecomunicaciones móviles; fijos; y de desagregación efectiva de la red local y emite sus reglas de operación.

ANEXO UNO – Reglas de operación del Comité Técnico del Sistema Electrónico de Gestión para la red móvil del agente económico preponderante.

ANEXO DOS – Reglas de operación del Comité Técnico del Sistema Electrónico de Gestión para la red fija del agente económico preponderante.

ANEXO TRES – Reglas de operación del Comité Técnico de desagregación.

Nuevo Resolución mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones identifica los contenidos audiovisuales relevantes

Nuevo Lista de contenidos audiovisuales relevantes

Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones determina las tarifas asimétricas por los servicios de interconexión que cobrará el agente económico preponderante.

Modelo de costos móvil AEP

Modelo de mercado – AEP.xlsx

Modelo móvil – AEP.xlsx

Modelo de costos fijo AEP

Modelo de mercado – AEP.xlsx

Modelo fijo – AEP.xlsx

Versión pública de la “Resolución mediante la cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones determina al grupo de interés económico del que forman parte América Móvil, S.A.B. de C.V., Teléfonos de México, S.A.B. de C.V., Teléfonos del Noroeste, S.A. de C.V., Radiomóvil Dipsa, S.A.B. de C.V., Grupo Carso, S.A.B. de C.V., y Grupo Financiero Inbursa, S.A.B. de C.V., como agente económico preponderante en el sector de telecomunicaciones y le impone las medidas necesarias para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia”.

Servicios de Telecomunicaciones Móviles

Servicios de Telecomunicaciones Fijos

Desagregación efectiva de la red local

Contenidos

Convenio marco de interconexión

Acuerdos técnicos

Precios y tarifas

Solicitudes

Facturación

Calidad

Pronósticos

Acuerdo compensatorio

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