El Pleno del IFT emite las Disposiciones Regulatorias en materia de Comunicación Vía Satélite (Comunicado 9/2023) 24 de enero
Ciudad de México, a 24 de enero de 2023.
EL PLENO DEL IFT EMITE LAS DISPOSICIONES REGULATORIAS EN MATERIA
DE COMUNICACIÓN VÍA SATÉLITE
- Se actualiza el marco regulatorio conforme a los avances tecnológicos en materia de comunicación vía satélite.
- Con ello se da certeza jurídica en el entorno del sector satelital, se incentivan las inversiones y la provisión de más servicios a través de sistemas satelitales nacionales o sistemas satelitales extranjeros, en áreas remotas o de difícil acceso, lo que se traduce en una mayor oferta de acceso a servicios de telecomunicaciones y radiodifusión a las personas usuarias finales.
- Las Disposiciones Regulatorias se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero y entrarán en vigor a los 30 días hábiles posteriores a su publicación.
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emite las Disposiciones Regulatorias en materia de Comunicación Vía Satélite (Disposiciones Regulatorias) que tienen por objetivo actualizar y flexibilizar el marco regulatorio conforme a los avances tecnológicos en materia de comunicación vía satélite.
Las Disposiciones Regulatorias brindan certeza jurídica a todos los participantes en el entorno del sector satelital, al ser un instrumento jurídico integral en la materia que vincula la regulación existente de manera sistemática. Se establecen con claridad los procedimientos y plazos para los diversos trámites contemplados en dicha regulación, y se definen los mecanismos para el cumplimiento, eficiencia y efectividad de dichas Disposiciones.
Se busca incentivar las inversiones y la provisión de más servicios a través de sistemas satelitales nacionales o sistemas satelitales extranjeros, además de promover el desarrollo y la innovación tecnológica, para brindar más posibilidades de acceso a las telecomunicaciones y radiodifusión a través de satélites en áreas remotas o de difícil acceso, lo que se traduce en una mayor oferta a las personas usuarias finales, y así contribuir con los ejes de la política en materia satelital del Estado Mexicano como la inclusión social, el desarrollo económico y tecnológico, así como la cooperación internacional y la seguridad nacional.
Las Disposiciones Regulatorias pretenden generar un mercado de comunicación vía satélite y recursos orbitales más eficiente y competitivo, al regular el uso, aprovechamiento y explotación de las Posiciones Orbitales Geoestacionarias (POG), las órbitas satelitales con sus respectivas bandas de frecuencias asociadas, las misiones de corta duración, la comunicación con vehículos espaciales y el servicio complementario terrestre para sistemas satelitales.
Para la elaboración de este nuevo marco normativo, se consideraron figuras y artículos del Reglamento de Comunicación Vía Satélite que sirvieron de apoyo para desarrollar un régimen conforme a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, más claro y actualizado, que se plasma en el texto de las Disposiciones Regulatorias, por lo que el Reglamento de Comunicación Vía Satélite quedaría sustituido por esta nueva disposición.
Dentro de los principales tópicos que aborda esta nueva regulación se encuentran: la introducción de la figura de “autorización genérica” de estaciones terrenas transmisoras (o blanket license), por medio de la cual a través de una sola licencia se autoriza el despliegue y operación de diversos modelos de estaciones terrenas transmisoras, lo cual dará más agilidad y flexibilidad al despliegue de infraestructura satelital.
Flexibiliza el uso privado con propósitos de radioaficionados vía satélite sustituyendo el modelo actual por un registro simplificado ante el Instituto. Considera las misiones de corta duración, que son de gran importancia para la investigación y la innovación por parte de las instituciones públicas de educación superior, y la regulación adecuada de un Plan de reemplazo satelital, la desorbitación, reubicación y operación en órbita inclinada para buscar garantizar la preservación de los recursos orbitales asignados a favor del Estado Mexicano.
Las Disposiciones Regulatorias se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2023 y entrarán en vigor a los 30 días hábiles posteriores a su publicación.
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Reunión con representantes de Normalización y Certificación NYCE, S.C.:
Tema o Asunto a Tratar
- Regulación en el sector telecomunicaciones (actual y futura), particularmente a la relacionada con equipos de telecomunicaciones.
- Procedimientos de evaluación de la conformidad (presente y futuro).
- Estudiar la posibilidad de incrementar el apoyo de NYCE al IFT.
Breve descripción de la actividad
Reunión conrepresentantes de Normalización y Certificación NYCE, S.C.:
Agente Económico:
Carlos Manuel Pérez Munguía
Director General
Laura Vanessa Campos Llop
Directora Técnica y de Certificación
Domingo Ávila Jiménez
Gerente de Normalización
IFT:
Ramiro Camacho Castillo
Comisionado
Javier Juárez Mojica
Comisionado
Arturo Robles Rovalo
Comisionado
Sóstenes Díaz González
Comisionado
Víctor Manuel Rodríguez Hilario
Coordinador Ejecutivo
Fernando Butler Silva
Titular de la Unidad de Política Regulatoria
Alejandro Navarrete Torres
Titular de la Unidad de Espectro Radioeléctrico
Álvaro Guzmán Gutiérrez
Titular de la Unidad de Concesiones y Servicios
Vanessa Marisol Suárez Solorza
Prosecretaria Técnica del Pleno
Horacio Villalobos Tlatempa
Director General de Regulación Técnica de la Unidad de Política Regulatoria
Ricardo Castañeda Álvarez
Director General de Ingeniería del Espectro y Estudios Técnicos de la Unidad de Espectro Radioeléctrico
Jocabed García Villareal
Directora General de Autorizaciones y Servicios de la Unidad de Concesiones y Servicios
Paola Cicero Arenas
Directora General de la oficina del Comisionado Javier Juárez Mojica
Emiliano Díaz Goti
Director General de la oficina del Comisionado Arturo Robles Rovalo
Christian James Aguilar Armenta
Director General de la oficina del Comisionado Ramiro Camacho Castillo
Isaias Moreno Giles
Director de Homologación de la Unidad de Concesiones y Servicios
Armando Isaias Zacateco Rivera
Director de área de la oficina del Comisionado Javier Juárez Mojica
Valeria Aimeé Cortés Orduña
Directora de área de la oficina del Comisionado Sóstenes Díaz González
Alan Gerhard Solano Urban
Subdirector de área de la oficina del Comisionado Javier Juárez Mojica
José Alberto Vargas Lope
Jefe de Departamento de la oficina del Comisionado Sóstenes Díaz González
Bienes muebles e inmuebles 2023
Lista diaria de Notificaciones UC 24.01.2023
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Lista Diaria de Notificaciones 23 de enero de 2023
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Reunión con representantes de Normalización y Certificación NYCE, S.C.
Tema o Asunto a Tratar
- Regulación en el sector telecomunicaciones (actual y futura), particularmente a la relacionada con equipos de telecomunicaciones.
- Procedimientos de evaluación de la conformidad (presente y futuro).
- Estudiar la posibilidad de incrementar el apoyo de NYCE al IFT.
Breve descripción de la actividad
Reunión con representantes de Normalización y Certificación NYCE, S.C.
De los agentes económicos
Carlos Manuel Pérez Munguía, Director General.
Laura Vanessa Campos Llop, Directora Técnica y de Certificación.
Domingo Ávila Jiménez, Gerente de Normalización.
Del Pleno
Javier Juárez Mojica, Comisionado Presidente Interino.
Ramiro Camacho Castillo, Comisionado.
Arturo Robles Rovalo, Comisionado.
Sóstenes Díaz González, Comisionado.
El IFT incorpora un mayor número de trámites y servicios a su Ventanilla Electrónica, a través de la funcionalidad “Más Trámites y Servicios” . (Comunicado 8/2023) 23 de enero
Ciudad de México, a 23 de enero de 2023.
EL IFT INCORPORA UN MAYOR NÚMERO DE TRÁMITES Y SERVICIOS A SU VENTANILLA ELECTRÓNICA, A TRAVÉS DE LA FUNCIONALIDAD “MÁS TRÁMITES Y SERVICIOS”
- El Pleno del Instituto aprobó modificar los Lineamientos de Ventanilla Electrónica, para permitir a los Concesionarios y Autorizados, sustanciar diversos trámites y servicios.
- Se fortalece un gobierno electrónico y abierto aprovechando el uso de las TIC, minimizando el impacto administrativo.
- Con la entrada en vigor de la modificación, el Instituto estará en condiciones de habilitar, a través de una plataforma electrónica, el 73 % del total de los trámites y servicios contenidos en su Registro, lo que representa incorporar a un medio electrónico el 90.3 % del total de los asuntos que recibió en el año 2021.
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó el “Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica el artículo Cuarto Transitorio de los Lineamientos para la sustanciación de los trámites y servicios que se realicen ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones, a través de la Ventanilla Electrónica, con el objeto de establecer medidas de simplificación administrativa en materia de gobierno electrónico, en los trámites y servicios que se indican”.
Mediante la implementación de una funcionalidad denominada “Más Trámites y Servicios”, los Concesionarios y Autorizados tendrán la posibilidad de presentar y sustanciar diversos trámites y servicios, fortaleciendo un gobierno electrónico y abierto aprovechando el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) y minimizando significativamente el impacto administrativo de éstos a la industria. De cualquier forma, se podrán seguir presentando en la Oficialía de Partes Común hasta en tanto se concluyan los ajustes y adecuaciones de carácter normativo, procedimental y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones necesarios para que todos los trámites y servicios se realicen de punta a punta en la Ventanilla Electrónica.
Algunos de los trámites de mayor frecuencia que se incorporan a la Ventanilla electrónica son los siguientes:
1. Presentación de aviso de suspensión temporal de transmisiones del servicio de radiodifusión por hecho fortuito o causa de fuerza mayor y normalización del servicio. Modalidad A: AM/FM.
2. Presentación de información técnica, legal, programática y económica por parte de concesionarios (uso comercial, público, social incluyendo comunitarias e indígenas) de estaciones de radiodifusión. Modalidad A: Sonora en amplitud modulada y frecuencia modulada.
3. Presentación de información técnica, legal, programática y económica por parte de concesionarios (uso comercial, público, social incluyendo comunitarias e indígenas) de estaciones de radiodifusión. Modalidad B: Televisión digital terrestre.
4. Entrega periódica de Información General Estadística. Modalidad A: Para Operador que actualiza alguno de los supuestos determinados por Servicio con base en su volumen de comercialización y/o provisión de servicios.
5. Solicitud de asignación de numeración nacional. Modalidad A: Concesionarios de Redes Públicas de Telecomunicaciones.
6. Entrega periódica de Información General Estadística. Modalidad D: Sobre la Comercialización de Servicios Minoristas.
7. Entrega periódica de Información General Estadística. Modalidad N: Sobre el Servicio Minorista Fijo de Televisión y/o Audio Restringidos.
8. Entrega periódica de Información General Estadística. Modalidad E. Sobre el Servicio Minorista Fijo de Telefonía.
9. Solicitud de actualización del Registro de los servicios de telecomunicaciones comercializados, para efectos del acervo estadístico del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
10. Solicitud de autorización para la instalación o modificación técnica de estaciones de radiodifusión (Estaciones principales, plantas emergentes y, en su caso, equipos complementarios). Modalidad C. Servicio de Televisión Digital Terrestre.
La modificación a los Lineamientos de Ventanilla Electrónica, entrará en vigor a los 30 días hábiles, contados a partir, del día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que, a partir de esa fecha, este órgano constitucional autónomo habrá habilitado a través de una plataforma electrónica, el 73% del total de los trámites y servicios contenidos en su Registro, lo que representará incorporar a un medio electrónico el 90.3 % del total de los asuntos que recibió en el año 2021.
Con lo anterior, el IFT reafirma su compromiso y responsabilidad de fomentar el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y la radiodifusión.
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Lineamientos para el registro y control de frecuencias para control operacional aeronáutico
Disposiciones regulatorias en Materia de Comunicación Vía Satélite
El IFT emite los Lineamientos para el registro y control de frecuencias clasificadas como espectro protegido para control operacional aeronáutico. (Comunicado 7/2023) 23 de enero
Ciudad de México, a 23 de enero de 2023.
EL IFT EMITE LOS LINEAMIENTOS PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE
FRECUENCIAS CLASIFICADAS COMO ESPECTRO PROTEGIDO
PARA CONTROL OPERACIONAL AERONÁUTICO
- Se establece un nuevo marco regulatorio sobre el uso del espectro necesario para servicios de despacho de vuelos y control operacional.
- Da certeza a los interesados en usar estas frecuencias mediante la expedición de la Cédula de Registro AOC, que será inscrita en el Registro Público de Concesiones.
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó en su XXIX sesión Ordinaria el Acuerdo mediante el cual emite los “Lineamientos para el registro y control de frecuencias clasificadas como espectro protegido en el segmento 129.900-132.025 MHz para control operacional aeronáutico”, con lo que se establece un nuevo marco regulatorio sobre el uso de dicho espectro.
La emisión de los Lineamientos busca dar certeza a los particulares respecto al uso de las frecuencias en el segmento 129.900-132.025 MHz para control operacional aeronáutico (AOC, por sus siglas en inglés), prevé la creación de un registro para la administración y el control adecuado del uso de las frecuencias necesarias para los prestadores del servicio de despacho de vuelos y control operacional para que se mantenga en óptimas condiciones la vigilancia y el seguimiento del vuelo durante toda su ruta.
Se considera la expedición de la Cédula de Registro AOC, que conlleva el registro de la frecuencia específica que podrá ser utilizada durante el periodo de vigencia de la autorización de oficina de despacho que emitan las autoridades aeronáuticas y que será inscrita en el Registro Público de Concesiones para su consulta y descarga en formato digital.
El proceso para la inscripción de frecuencias, y la modificación, renovación o cancelación de inscripciones dentro del segmento 129.900-132.025 MHz para el control operacional aeronáutico implica la participación activa de la autoridad aeronáutica, la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), y del proveedor de servicios de navegación aérea, Servicios a la Navegación del Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM), ambos dependientes de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, que participaron en el proceso de elaboración de los Lineamientos de mérito.
Con la emisión de estos Lineamientos, el Instituto da cumplimiento a su obligación legal relativa a la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, así como también permite que los interesados en utilizar una frecuencia en el segmento 129.900-132.025 MHz para control operacional aeronáutico tengan una menor carga administrativa.
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