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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Consulta pública respecto del “Anteproyecto de disposiciones que deberán cumplir los concesionarios que presten servicios públicos de telecomunicaciones a través de redes públicas de telecomunicaciones para abstenerse de realizar cargos de larga...

Objetivo

Establecer los lineamientos que deberán cumplir los permisionarios, autorizados y concesionarios que utilicen recursos del Plan de Numeración para consolidar todas las áreas de servicio local existentes en el país y no realizar cargos de larga distancia nacional, garantizando la continuidad de los servicios públicos de telecomunicaciones.

Duración

Del 01 de Diciembre de 2014 al 12 de Diciembre de 2014

Descripción de la mecánica

Atendiendo a lo establecido en el artículo 51 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (Ley), que señala que para la emisión y modificación de reglas, lineamientos o disposiciones administrativas de carácter general, así como en cualquier caso que determine el Pleno, el Instituto deberá realizar consultas públicas bajo los principios de transparencia y participación ciudadana, resulta necesario someter a consulta pública el “Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones establece disposiciones que deberán cumplir los concesionarios que presten servicios públicos de telecomunicaciones a través de redes públicas de telecomunicaciones, para abstenerse de realizar cargos de larga distancia nacional a sus usuarios por las llamadas que realicen a cualquier destino nacional a partir del 1 de enero de 2015” (en adelante, el Anteproyecto).

El Instituto Federal de Telecomunicaciones, considerando la importancia de transparentar los procesos para la emisión de disposiciones de carácter general y fomentar la participación ciudadana activa, recibirá por escrito vía electrónica o física, comentarios, opiniones y propuestas concretas en relación con el contenido del Anteproyecto, el cual tiene como finalidad establecer los lineamientos administrativos que deberán observar los concesionarios que operan redes públicas de telecomunicaciones para eliminar los cargos de larga distancia nacional a sus usuarios, y garantizar la continuidad del servicio público de telecomunicaciones de telefonía, atendiendo a lo previsto en la fracción V del Artículo 118 de la Ley y en el artículo Vigésimo Quinto Transitorio.

Los comentarios, opiniones y propuestas concretas podrán presentarse del 1 al 12 de diciembre de 2014 vía correo electrónico en la cuenta info.upr@ift.org.mx o bien, mediante escrito dirigido a la Dirección General de Regulación Técnica, de la Unidad de Política Regulatoria, presentado en la oficialía de partes del Instituto Federal de Telecomunicaciones, ubicada en Insurgentes Sur 1143, colonia Nochebuena, delegación Benito Juárez, C.P. 03720, de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hrs.

En caso de que los comentarios, opiniones y propuestas concretas sean realizados en representación de otra persona, sea moral o física, deberá adjuntarse, electrónica o físicamente, copia simple del documento con el que se acredite la personalidad del prominente, por lo que, en caso contrario, la petición será entendida a título personal de éste.

En caso de que el comentario, opinión o propuesta se haga a título personal, y el participante inserte datos personales en los mismos, se entenderá que éste otorga su consentimiento amplio para su publicidad.

Una vez concluido el plazo señalado en el presente documento, no se recibirán comentarios, opiniones o propuestas y se considerará cerrada la consulta pública.

Una vez cerrada la consulta pública, la Unidad de Política Regulatoria someterá a consideración del Pleno del Instituto, un proyecto que valore el resultado de la consulta de mérito, a efecto de que, en su caso, sea aprobado el Anteproyecto, para su posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación.

El mismo día en que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación el Anteproyecto se publicará en el portal electrónico del Instituto un pronunciamiento formulado de manera general respecto de los comentarios, opiniones y propuestas concretas recibidas, especificando en su caso, cuáles de ellos resultaron en adecuaciones y especificaciones. En ningún caso, los comentarios, opiniones y propuestas serán vinculantes para el Instituto.

El Instituto agrupará los comentarios, opiniones y propuestas concretas que se encuentren relacionados entre sí.

Los comentarios, opiniones, propuestas concretas y documentos adjuntos presentados durante la consulta de mérito, serán publicados en el portal electrónico del Instituto, y en ese sentido serán considerados invariablemente públicos, mismos que no podrán difundirse en forma nominativa o individualizada, o de cualquier otra forma que permita la identificación inmediata de los interesados, lo anterior en términos de lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, así como los Lineamientos Generales de Clasificación y Desclasificación de la información las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a menos que exista consentimiento expreso del o los individuos a que haga referencia la información, en términos de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

No se atenderán ni publicarán aquellos comentarios, opiniones y propuestas que no se encuentren relacionados con el objeto de la presente consulta. Ni aquellos que se hagan en formato distinto al establecido en la presente convocatoria.

2014

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Aviso

Los comentarios, opiniones y aportaciones que reciba el Instituto con relación a la presente Consulta Pública, serán publicados íntegramente en su portal de internet y, en ese sentido, serán considerados invariablemente públicos salvo por lo dispuesto en la normatividad vigente en materia de transparencia y acceso a la información pública, protección de datos personales o cualquier otra. 

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