Atajo de Navegación:

Instituto Federal de Telecomunicaciones


Lista de Unidades de Verificación Acreditadas y Autorizadas

Unidad de Verificación

Oficio de Autorización y Número de Acreditación

Periodo de Vigencia

Contacto

Disposiciones Técnicas

Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (ANCE)

IFT/223/UCS/1243/2023

 UVNOMTEL 01

03-02-2023 al 03-02-2026

Ing. Faustino Flores Chacón

fflores@ance.org.mx

 

(55)5747 4550

 IFT-007-2019

 

 

De conformidad al TRANSITORIO CUARTO DEL "ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide los Lineamientos para la Acreditación y la Autorización de Unidades de Verificación" publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de febrero de 2020, se informa que el medio electrónico inicial que se empleará para el intercambio de información con las UV y OA a que se refieren los Lineamientos anteriormente mencionado será a través del siguiente sistema electrónico:

Sistema de Organismos de Evaluación de la Conformidad (SOEC)

 

Temas relacionados

¿Sabías qué...?

Conoces algunos datos y tecnologías interesantes de accesibilidad para usuarios con discapacidad.

Entrevista al Comisionado Sóstenes Díaz, en Análisis Superior con David Páramo, sobre el Laudo Arbitral emitido por un Tribunal Internacional

Entrevista al Comisionado Sóstenes Díaz, en Análisis Superior con David Páramo, sobre el Laudo Arbitral emitido por un Tribunal Internacional

 Fecha de la Entrevista: 17 June 2020

El Gobierno de México prevalece en arbitraje internacional del TLCAN iniciado por inversionistas de la empresa Tele-Fácil en contra de determinaciones del IFT y del Poder Judicial. 17 de junio

Ciudad de México, a 17 de junio de 2020.

 

 

El Gobierno de México prevalece en arbitraje internacional del TLCAN iniciado por inversionistas de la empresa Tele-Fácil

en contra de determinaciones del IFT y del poder judicial

  

  • El resultado de este arbitraje representa un gran logro para el Estado mexicano, cuya defensa fue coordinada por la Secretaría de Economía y se contó con el apoyo técnico del Instituto Federal de Telecomunicaciones
  • El Tribunal arbitral del TLCAN confirmó que no hubo expropiación, ni se violó la obligación del Estado de otorgar trato justo y equitativo a los inversionistas de Tele-Fácil, por lo que no procede el pago que demandaba esta empresa por 472 millones de dólares. 
  • El laudo condena a los inversionistas a pagar a México 2 millones de dólares por gastos derivados de la defensa en el arbitraje encabezado por la Secretaría de Economía. 

 

 

El 5 de junio de 2020, un tribunal internacional establecido conforme el Capítulo XI del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) y el Reglamento de Arbitraje de 1976 de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional rechazó las reclamaciones por parte de los inversionistas y la empresa Tele-Fácil en contra de los Estados Unidos Mexicanos, superiores a 472 millones de dólares.

Como antecedente, el 27 de abril de 2016, el Sr. Joshua Dean Nelson, inversionista de la empresa Tele Fácil México, S.A. de C.V. inició un arbitraje inversionista-Estado al señalar que determinadas medidas emitidas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y decisiones de juzgados y tribunales especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones del Poder Judicial de la Federación (PJF) destruyeron su inversión en el país.

El 17 de junio de 2020, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), organismo del Banco Mundial, hizo público el laudo a favor de México. El tribunal determinó que la defensa encabezada por la Secretaría de Economía, con el apoyo técnico del IFT, demostró que las medidas reclamadas por el Demandante no constituyeron una expropiación ni son violatorias de la obligación de otorgar trato justo y equitativo a inversionistas extranjeros, ni constituyen una denegación de justicia, conforme al Capítulo XI del TLCAN.

El Laudo arbitral confirma que, aun cuando inversionistas extranjeros no compartan o estén de acuerdo con las determinaciones de autoridades especializadas en la materia o con las decisiones de tribunales locales, este tipo de hechos no equivalen a una violación de obligaciones internacionales por parte de México. 

Además, el Tribunal condenó al inversionista principal al pago de dos millones de dólares en favor del Gobierno de México, por concepto de gastos incurridos en el arbitraje.

El resultado de este arbitraje representa un gran logro para el Estado mexicano, cuya  defensa legal estuvo a cargo de la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional de la Subsecretaría de Comercio Exterior, con el apoyo técnico del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

Con ello, se confirma también la solidez jurídica de la resolución emitida por el órgano regulador mexicano, y que en todo momento actuó en estricto cumplimiento a lo dispuesto en el marco legal aplicable. 

Mayores detalles del caso, y el Laudo, se encuentran disponibles en el sitio web de la Secretaría de Economía y en el sitio web del CIADI

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/524319/Ficha_Tele_F_cil_-_p_g_SE__2020_.pdf

https://icsid.worldbank.org/sp/Pages/cases/casedetail.aspx?CaseNo=UNCT/17/1

 

 Fecha del Comunicado: 17 June 2020

8 de cada 10 usuarios de internet fijo y/o móvil utilizan alguna aplicación o plataforma digital gratuita (Comunicado 51/2020) 17 de junio

 Ciudad de México, a 17 de junio de 2020.

 

8 DE CADA 10 USUARIOS DE INTERNET FIJO Y/O MÓVIL

UTILIZAN ALGUNA APLICACIÓN O PLATAFORMA DIGITAL GRATUITA

 

  • Sobre las políticas de privacidad, así como de términos y condiciones cerca del 50% de los usuarios señalaron aceptarlas porque están obligados a hacerlo si quieren acceder a las aplicaciones y plataformas digitales.
  • Por otra parte, 7 de cada 10 usuarios de internet fijo y/o móvil notan que la publicidad que les aparece en las aplicaciones y plataformas digitales es acorde a sus búsquedas y preferencias en línea.
  • La Encuesta también revela otro aspecto importante para los usuarios de telecomunicaciones, la satisfacción con sus servicios fijos y móviles. En este sentido, se identificó que el índice nacional para internet fijo y televisión de paga está por arriba de países como Chile, Estados Unidos y Portugal.

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) publica la Primera Encuesta 2020, Usuarios de Servicios de Telecomunicaciones, la cual revela que 8 de cada 10 usuarios de internet fijo y/o móvil utilizan al menos una aplicación o plataforma digital gratuita y, entre las más utilizadas, se encuentran: Facebook, WhatsApp, YouTube, Messenger, Instagram y Google Chrome.

De acuerdo con la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) se identifican dos tipos de aplicaciones y plataformas digitales: aquellas por las cuales los con­sumidores no realizan un pago monetario para su uso, es decir, de gratuidad o denominadas de precio cero; y aquellas por las cuales los usuarios realizan un pago para obtener un beneficio adicional de calidad y produc­to, o denominadas versión Premium.

En este sentido, siguiendo las mejores prácticas internacionales, el IFT realizó una encuesta, cuyos resultados arrojan diversos aspectos en torno a la percepción de seguridad y confianza en el uso de aplica­ciones y plataformas digitales de gratuidad (precio cero) y de pago o versión Premium.

Para los usuarios, las  aplicaciones y plataformas digitales son  facilitadores de vida,  les permiten desarrollar un vínculo emocional con otros y  obtener beneficios, entre otros aspectos.

Los resultados de la Encuesta señalan que poco más del 80% de los usuarios de internet fijo y telefonía móvil no pagan por una versión Premium por el uso de aplicaciones y plataformas digitales.

Sin embargo, entre las aplicaciones en las que los usuarios sí prefieren las versiones de pago destacan: Spotify con 42.5% de los usuarios de internet fijo y 49.2% de los usuarios de telefonía móvil; y Amazon Prime con 19.8% de los usuarios de internet fijo y 40.9% de los usuarios de telefonía móvil.

Aunque algunos usuarios mencionaron que estas aplicaciones y plataformas digitales generan un valor económico a través de la recopilación de datos personales y datos generados a partir de su navegación para la emisión de publicidad, la mayoría mencionó que desconoce las políticas de privacidad y términos de condiciones de uso. Entre las razones para no leerlas está la complejidad de las mismas. Sin embargo, cerca del 50% de los usuarios señaló que las aceptan porque  es requisito para  acceder a las aplicaciones y plataformas digitales.

Para el caso de la recopilación de datos personales, prevalece un temor entre los usuarios en caso de que su información llegue a manos equivocadas, por ejemplo, hackers, sobre todo información como  la ubicación en tiempo real, el domicilio  y los datos bancarios. En cuanto a los datos generados a partir de la navegación e interacción con las aplicaciones y plataformas digitales, los usuarios mencionaron que perciben menos riesgo en  proporcionarlos, pues  consideran que esta información es utilizada para hacer un perfil de sus gustos y preferencias, y así ser usada para emitir publicidad.

La Encuesta revela que alrededor de 7 de cada 10 usuarios de internet fijo y/o móvil notan que la publicidad que les aparece es acorde a sus búsquedas y preferencias. En este sentido, se identificó que alrededor del 30% de los usuarios encuestados mencionó que está de acuerdo en que le aparezca publicidad al navegar, mientras que, cerca de un 40% está en desacuerdo.

 

En este orden de ideas, a través de las respuestas de los participantes del estudio cualitativo se identificaron una serie de recomendaciones de los usuarios para facilitar la lectura de las políticas de privacidad y/o términos de condiciones de uso de las aplicaciones y plataformas digitales, en las que destacan: utilizar un lenguaje más coloquial, utilizar viñetas con letra grande, mostrarlas de forma más resumida, etc.

Los hallazgos de los estudios realizados por el IFT, a través de encuestas y Focus Group, proporcionan elementos a los usuarios para la mejor toma de decisiones, así como información para el propio Instituto que le permite  identificar mejores mecanismos de protección de los derechos y empoderamiento de los usuarios.

La Encuesta también revela otro aspecto importante para los usuarios de telecomunicaciones, la satisfacción con sus servicios fijos y móviles. En este sentido, el IFT se dio a la tarea de comparar el estado en el que se encuentra México con respecto a otros países, y se identificó que el índice nacional para internet fijo y televisión de paga está por arriba de países como Chile, Estados Unidos y Portugal.

 

Nivel de satisfacción con el servicio de Internet fijo, por país

 

Divididos por región, a nivel nacional el IGS muestra que los usuarios que habitan en las regiones Norte, Noreste, Este y Noroeste se encuentran más satisfechos con los servicios de internet fijo, telefonía fija y televisión de paga; mientras que los usuarios de telefonía móvil presentaron mayores niveles de satisfacción en las regiones  de la Península de Yucatán, Noreste y Noroeste.

La Primera Encuesta 2020, Usuarios de Servicios de Telecomunicaciones puede consultarse en la página electrónica del IFT: https://www.ift.org.mx/usuarios-y-audiencias/primera-encuesta-2020-usuarios-de-servicios-de-telecomunicaciones. 

 

 Fecha del Comunicado: 17 June 2020

Redes sociales son las que más información recopilan de los usuarios (Comunicado 50/2020) 15 de junio

Ciudad de México, a 15 de junio de 2020

  

REDES SOCIALES SON LAS QUE MÁS INFORMACIÓN

RECOPILAN DE LOS USUARIOS

 

  • El IFT publica el informe Privacidad de la Información de los Usuarios en el Uso de Servicios Digitales.
  • El documento pone a disposición de los usuarios las políticas de privacidad a las que se sujeta al momento de utilizar sistemas operativos, equipos terminales, redes sociales y servicios digitales.
  • Las redes sociales son los servicios digitales que más información recopilan de los usuarios y mayormente captan el nombre, correo electrónico, ubicación GPS, contactos, dirección IP, cookies y datos de los equipos terminales.
  • Se comparten algunas recomendaciones para una navegación más segura, entre las que están el leer las Políticas de Privacidad que cada empresa pide que se acepten antes de utilizar sus servicios; y utilizar los mecanismos de configuración de privacidad con la finalidad de que solo sea visible la información que el usuario desee.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) publica el informe “Privacidad de la Información de los Usuarios en el Uso de Servicios Digitales”, quetiene como objetivo poner a disposición de los usuarios, de forma clara y transparente, las políticas de privacidad a las que se sujeta el usuario al momento de utilizar sistemas operativos, equipos terminales, redes sociales, servicios digitales que habilitan la prestación de servicios tales como comercio en línea, transporte y entretenimiento, así como la información recabada y el tratamiento de la misma.

El informe indica que todas las empresas analizadas de sistemas operativos, equipos terminales, redes sociales, servicios digitales que habilitan la prestación de servicios de comercio en línea, transporte y entretenimiento comparten la información que recopilan de sus usuarios con sus socios, terceros, afiliados y otros que la utilizan para sus propios fines.

Además, revela que las redes sociales son los servicios digitales que más información recopilan de los usuarios y mayormente captan el nombre, correo electrónico, ubicación GPS, contactos, dirección IP, cookies y datos de los equipos terminales.

Para la elaboración del informe se consideraron las políticas de privacidad publicadas en las páginas de internet de empresas como:

 

Atendiendo a lo establecido en las políticas de privacidad de los servicios digitales, se seleccionaron variables comunes a considerar:

  1. Información recopilada automáticamente o a través de permisos del usuario;
  2. Fines y usos de la información recopilada;
  3. Administración de la información por parte de los usuarios;
  4. Eliminación de la información;
  5. Transferencia de la información, y
  6. Tiempo de almacenamiento de la información.

En el Informe se detalla que, en menos de 50% de las políticas analizadas se menciona la posibilidad de efectuar la portabilidad, exportación o migración de la información proporcionada por el usuario; sin embargo, no se establecen mecanismos o procedimientos para ejecutarla y no se aclara qué sucede con la información y la cuenta después de realizarla. 

En este sentido, el IFT incluyó en el Informe diversas recomendaciones que los usuarios deben atender antes, durante y después de hacer uso de los servicios analizados:

  • Antes de suscribirse o utilizar aplicaciones, equipos terminales o servicios digitales, compararlos y valorar cómo estos protegen en menor o mayor medida la privacidad e información personal.
  • Leer las Políticas de Privacidad que cada empresa pide que se acepten antes de utilizar sus servicios, y de manera adicional consultar los términos y condiciones.
  • Utilizar los mecanismos de configuración de privacidad con la finalidad de que solo sea visible la información que el usuario desee.
  • Evitar registrarse en sitios web no oficiales o desconocidos donde soliciten información personal.
  • Antes de realizar actividades como subir fotografías y videos, dar “Likes” o “Me gusta” a otros contenidos y registrar tarjetas de crédito, entre otras, cerciorase del tratamiento que se le dará a dicha información por parte de las empresas.

Es importante señalar que el Informe no constituye una valoración o calificación de las Políticas de Privacidad; sino busca transparentar y hacer disponible el contenido de las mismas con la finalidad de promover el uso informado, responsable y seguro de los servicios digitales y contribuir al cumplimiento del Plan de Acciones en Materia de Ciberseguridad implementado por el IFT, el cual busca crear condiciones marco para incrementar la confianza en el entorno digital en México.

El Informe “Privacidad de la Información de los Usuarios en el Uso de Servicios Digitales” está disponible en https://www.ift.org.mx/usuarios-y-audiencias/privacidad-de-la-informacion-de-los-usuarios-en-el-uso-de-servicios-digitales.

 Fecha del Comunicado: 15 June 2020
2025 Instituto Federal de Telecomunicaciones - Algunos Derechos Reservados
Chatbot
Asistente virtual