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El Pleno del IFT resuelve desacuerdos de interconexión (Comunicado 18/2015)

El Pleno del IFT resuelve desacuerdos de interconexión

 

  • Corresponden a las empresas Alestra y Pegaso PCS, y a NII Digital tanto con GTM como con Total Play Telecomunicaciones
  • El Pleno del Instituto determinó las tarifas que deberán pagar las empresas en un periodo comprendido entre 2012 y 2015
  • Las resoluciones se refieren a servicios de terminación conmutada en usuarios de redes móviles y fijas, principalmente

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió en sesión ordinaria desacuerdos de interconexión entre las empresas Alestra, S. de R.L. de C.V. y Pegaso PCS, S.A. de C.V., así como de NII Digital, S. de R.L. de C.V. con Grupo de Telecomunicaciones Mexicanas, S.A. de C.V. y con Total Play Telecomunicaciones, S.A. de C.V. respectivamente.

Los casos de Alestra con Pegaso; así como el de NII Digital con GTM para los ejercicios 2012, 2013 y 2014, iniciaron su trámite con antelación a la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), mientras que el proceso de NII Digital con Total Play para las tarifas correspondientes al ejercicio 2015 inició su trámite durante la vigencia de ésta.

De esta forma el IFT resolvió lo siguiente:

Alestra-Pegaso PCS:

  • Las tarifas de interconexión que Alestra deberá pagar a Pegaso PCS por servicios de terminación conmutada en usuarios móviles bajo las modalidades “El que llama paga” y “El que llama paga nacional” quedarán así:

a) Del 1° de enero al 31 de diciembre de 2012, $0.3214 pesos M.N. por minuto de interconexión.

b) Del 1° de enero al 31 de diciembre de 2013, $0.3144 pesos M.N. por minuto de interconexión.

c) Del 1° de enero al 12 de agosto de 2014, $0.3199 pesos M.N. por minuto de interconexión.

Para el periodo del 13 de agosto al 31 de diciembre de 2014, deberá hacerse extensiva la tarifa de interconexión señalada para el periodo del 1° de enero al 12 de agosto de 2014.

NII Digital y GTM:

2012, 2013 y 2014

  • La tarifa de interconexión que NII Digital y GTM deberán pagarse recíprocamente por servicios de terminación conmutada en usuarios fijos en el Área de Servicio Local con punto de interconexión será:

a) Del 1° de enero al 31 de diciembre de 2012, $0.02432 pesos M.N. por minuto de interconexión.

b) Del 1° de enero al 31 de diciembre de 2013, $0.02392 pesos M.N. por minuto de interconexión.

c) Del 1° de enero al 12 de agosto de 2014, $0.02445 pesos M.N. por minuto de interconexión.

2015

  • La tarifa de interconexión que NII Digital y GTM deberán pagarse en forma recíproca por servicios de terminación del servicio local en usuarios fijos, del 13 de marzo al 31 de diciembre de 2015, será de $0.004179 pesos M.N. por minuto de interconexión.
  • Para el periodo del 1° de enero al 12 de marzo de 2015, la tarifa para el servicio local en usuarios fijos será la determinada por el Instituto para 2014.

NII Digital-Total Play:

2014

  • La tarifa de interconexión que NII Digital y Total Play deberán pagarse recíprocamente por servicios de terminación conmutada en usuarios fijos, del 1° de enero al 12 de agosto de 2014 será de $0.02445 pesos M.N. por minuto de interconexión, misma que se hará extensiva para el periodo del 13 de agosto al 31 de diciembre de 2014.
  • La tarifa de interconexión que Total Play deberá pagar a NII Digital, del 1° de enero al 12 de agosto de 2014, por servicios de terminación conmutada en usuarios móviles bajo la modalidad “El que llama paga” y “El que llama paga nacional”, será de $0.3199 pesos M.N. por minuto de interconexión, misma que se hará extensiva para el periodo del 13 de agosto al 31 de diciembre de 2014.

2015

  • La tarifa de interconexión que Total Play deberá pagar a NII Digital por servicios de terminación conmutada en usuarios móviles bajo la modalidad “El que llama paga” y “El que llama paga nacional”, del 13 de marzo al 31 de diciembre de 2015 será de $0.2505 pesos M.N. por minuto de interconexión.
  • La tarifa de interconexión que NII Digital y Total Play deberán pagarse en forma recíproca por servicios de terminación del servicio local en usuarios fijos, del 13 de marzo al 31 de diciembre de 2015, será de $0.004179 pesos M.N. por minuto de interconexión.
  • Para el periodo del 1° de enero de 2015 al 12 de marzo de 2015, tanto para el servicio de terminación del servicio local en usuarios móviles bajo la modalidad “El que llama paga” como para el servicio de terminación del servicio local en usuarios fijos, se harán extensivas las tarifas anteriores.
  • No ha lugar la determinación de la tarifa aplicable al servicio de tránsito toda vez que Total Play no se encuentra obligada a prestar dicho servicio, en términos de la LFTyR.

En todos los casos, las contraprestaciones que las partes deberán pagarse, se calcularán con base en la duración real de las llamadas, sin redondear al minuto.

 Fecha del Comunicado: 17 March 2015

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