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El Pleno del IFT aprueba el formato de los mensajes de texto que enviará Telcel a sus usuarios cuando realicen recargas de saldo (Comunicado 29/2014)

El Pleno del IFT aprueba el formato de los mensajes de texto que enviará Telcel a sus usuarios cuando realicen recargas de saldo

 

  • Cada vez que un usuario de prepago de Telcel realice una recarga recibirá un mensaje de texto en el que se detallará el monto depositado, otro en el que se le informará el saldo acumulado disponible en ese momento y uno más sobre las tarifas básicas aplicables
  • El Instituto determina las condiciones de interconexión no convenidas de diversos concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones
  • Resuelve que 27 estaciones de radio AM deberán seguir transmitiendo en esta banda a fin de garantizar la continuidad del servicio de radio en las localidades donde operan
  • Se presenta el Informe Trimestral de Actividades correspondiente al periodo abril-junio

 

Como parte de las obligaciones impuestas a los agentes económicos preponderantes en el sector de las telecomunicaciones, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) estableció medidas de protección al usuario, entre las que destacan la entrega de información clara a los suscriptores sobre los cobros de los servicios contratados y los productos facturados por estas empresas.

En este sentido, en la sesión ordinaria celebrada el día de ayer, el Pleno del IFT aprobó los formatos de los mensajes de texto que enviará Telcel a sus usuarios en el esquema de prepago o de pospago mixtos, cuando estos realicen recargas de saldo, de conformidad con lo previsto en la disposición cuadragésima tercera de las medidas aplicables a este agente económico preponderante.

De esta forma, los mensajes cortos que envíe Telcel, y que serán gratuitos para el usuario, consistirán en 1) el monto de la recarga realizada; 2) el saldo acumulado con dicha recarga, y 3) las tarifas básicas aplicables al esquema de prepago en el que esté dado de alta el usuario, tanto del servicio local, de larga distancia, como de SMS y megabytes para internet.

La obligación de entregar los mensajes cortos con los datos referidos es de gran relevancia para que los suscriptores de prepago cuenten con la información necesaria sobre su gasto telefónico, dado que los usuarios que reciben el servicio móvil bajo esta modalidad no cuentan con una factura mensual en la que puedan revisar los consumos realizados ni las tarifas que pagó por estos, o bien, si hubo algún cambio en dichos precios.

La empresa deberá cumplir con esta implementación a más tardar 60 días hábiles después de que se le notifique esta resolución.

Adicionalmente, se requerirá a Telcel la presentación del formato de mensaje corto correspondiente a la información sobre la tarifa de “Roaming” internacional que deberá enviar a los usuarios cuando realicen una recarga y se encuentren en el extranjero.

Por otro lado, en esta sesión se emitieron seis resoluciones por las que se resuelven desacuerdos de interconexión entre concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones.

Dos de estas resoluciones se refieren a los servicios de terminación conmutada en usuarios móviles bajo la modalidad “el que llama paga”: 1) NII Digital, S. de R.L. de C.V. y las empresas Comunicaciones Celulares de Occidente, S.A. de C.V., Sistemas Telefónicos Portátiles Celulares, S.A. de C.V., Telecomunicaciones del Golfo, S.A. de C.V., SOS Telecomunicaciones, S.A. de C.V., Portatel del Sureste, S.A. de C.V., Iusacell PCS, S.A. de C.V., Iusacell PCS de México, S.A. de C.V. y Operadora Unefon, S.A. de C.V., y 2) NII Digital, S. de R.L. de C.V. con Pegaso PCS, S.A. de C.V. En ambos casos se aprobó una tarifa de interconexión de $0.3214 pesos por minuto, aplicable del 1 de enero al 31 de diciembre de 2012, misma que deberán pagarse las empresas de manera recíproca.

De igual forma, el Pleno determinó las condiciones de interconexión no convenidas entre Operbes, S.A. de C.V., Bestphone, S.A. de C.V., Cablevisión, S.A. de C.V., Cablemás Telecomunicaciones, S.A. de C.V., Cable y Comunicación de Campeche, S. A. de C.V., y las empresas de Grupo Iusacell, resolviendo que la tarifa por los servicios de terminación bajo el esquema de “el que llama paga”, que deberán pagar las empresas de redes fijas a las de móviles será de $0.3214 pesos por minuto, aplicables del 1 de enero al 31 de diciembre de 2012. En tanto, la tarifa de interconexión que para el mismo periodo tendrán que pagar las empresas de Grupo Iusacell a la contraparte referida es de $0.02432 pesos por minuto, por servicios de terminación conmutada en usuarios fijos.

Asimismo, se resolvieron tres desacuerdos de interconexión, por separado, entre Televisión Internacional, S.A. de C.V. (TVI) con los siguientes concesionarios: 1) las empresas de Grupo Iusacell; 2) Pegaso PCS y 3) Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. En los tres casos se determinó que TVI deberá pagar una tarifa de $0.3214 pesos por minuto, vigente del 1 de enero al 31 de diciembre de 2012, a las concesionarias móviles mencionadas y éstas a su vez, tendrán que erogar una tarifa de $0.02432 pesos por minuto por servicios de terminación conmutada en usuarios fijos a TVI.

En materia de radiodifusión, el Pleno determinó 27 estaciones de radio en AM, asociadas a cambios de frecuencia a FM, que deberán seguir operando en la banda de AM, hasta en tanto el Instituto determine que se encuentra garantizada la prestación del servicio de radiodifusión sonora en todas las poblaciones del área de cobertura de dichas estaciones, con base en los estudios técnicos realizados por la Unidad de Sistemas de Radio y Televisión.

Con esta resolución se logra que comunidades pequeñas del país que sólo cuentan con cobertura de AM continúen comunicadas a través de la radio, con base en lo previsto en el punto Sexto del “Acuerdo por el que se establecen los requisitos para llevar a cabo el cambio de frecuencias autorizadas para prestar el servicio de radio y que operan en la banda de Amplitud Modulada, a fin de optimizar el uso, aprovechamiento y explotación de un bien del dominio público en transición a la radio digital”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2008.

En otros temas, el Pleno del IFT resolvió expedir 24 títulos de permiso objeto de refrendo para usar con fines oficiales una frecuencia de radiodifusión a través de diversas estaciones de radio en la banda de Frecuencia Modulada, de los cuales 21 son a favor del gobierno del estado de Sonora, dos para Tabasco y uno para Puebla.

Asimismo, el Instituto determinó otorgar tres títulos de permiso objeto de refrendo para usar una frecuencia de radiodifusión sonora con fines culturales en la banda de FM, dos de los cuales son para las universidades de Colima y de Guanajuato, respectivamente, y otro más para una persona física.

El Pleno del IFT también rindió su Informe Trimestral de Actividades, correspondiente al periodo abril-junio, el cual estará disponible para su consulta en la página de internet del Instituto en los siguientes días. En este documento se da cuenta del seguimiento a la denominada “Agenda 180 días”, de los proyectos institucionales y de diversas acciones asociadas a los proyectos de coordinación con el Ejecutivo Federal.

Finalmente, el Pleno aprobó la modificación al Estatuto Orgánico, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la nueva Ley Federal de Competencia Económica.

 

 

 Fecha del Comunicado: 10 July 2014

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