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El IFT someterá a consulta pública proyecto de lineamientos para asignar canales virtuales (Comunicado 122/2015)

EL IFT SOMETERÁ A CONSULTA PÚBLICA PROYECTO DE LINEAMIENTOS PARA ASIGNAR CANALES VIRTUALES

 

  • La consulta estará disponible en el portal de Internet del Instituto Federal de Telecomunicaciones del 21 de diciembre de 2015 al 29 de enero de 2016
  • Tras la digitalización de la televisión radiodifundida en el país, los Lineamientos darán claridad a las audiencias para la ubicación y posterior recepción de la programación de su elección
  • Aprueba también modificaciones a los Lineamientos de MC/MO para privilegiar la retransmisión de la señal radiodifundida originalmente producida y dirigida a la misma localidad, en caso de señales duplicadas

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió someter a consulta pública el “Anteproyecto de Lineamientos Generales para la Asignación de Canales Virtuales de Televisión Radiodifundida”, proceso que iniciará el 21 de diciembre de 2015 y concluirá el 29 de enero próximo. El documento estará disponible en el portal de Internet del Instituto.

Los canales virtuales pueden conceptualizarse como  el número de identificación lógica de un canal de programación distinto al canal de transmisión de televisión concesionado o asignado para realizar transmisiones digitales, con el que las audiencias podrán reconocerlo en sus equipos receptores para tener acceso al servicio de radiodifusión. Es decir, es el número del canal que la audiencia identifica al sintonizar la programación de un concesionario, aunque en realidad éste tenga autorizado otro número o denominación.

Los Lineamientos que se someten a consulta pública tienen por objeto regular el uso de los canales virtuales, establecer los requisitos para su asignación y sus condiciones de funcionamiento. Lo anterior, en función de que, ante el proceso de digitalización de la televisión digital terrestre, se vuelve necesario que el Instituto asigne a los concesionarios del país los canales virtuales que deberán utilizar en beneficio de las audiencias, a quienes se brindará claridad para la ubicación y posterior recepción de la programación de su elección, así como de los propios concesionarios, pues verán reconocida en dicho proceso su identidad programática a nivel nacional, regional y local.

Una vez culminado el proceso de asignación de Canales Virtuales, el Instituto publicaría en su sitio electrónico el listado de éstos, así como de aquellos disponibles también a nivel nacional, regional y local.

Por otra parte, el Pleno determinó modificar los “Lineamientos generales en relación con lo dispuesto por la fracción i del artículo octavo transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6°, 7°, 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones”, referentes al denominado Must Carry-Must Offer.

Los lineamientos incorporan algunas modificaciones recibidas durante la consulta pública que inició el 14 de octubre pasado y culminó el 13 de noviembre. Buscan, entre otros objetivos, privilegiar que en el caso de la existencia de señales duplicadas, se priorice la retransmisión de la señal radiodifundida que originalmente se encuentra producida y dirigida a la misma localidad en que el concesionario de televisión restringida terrenal presta su servicio; en caso de no existir una señal que cumpla con esta característica, deberá retransmitirse la señal que aunque no se encuentre totalmente dirigida a la misma localidad, sí fue producida para la misma entidad federativa, y en caso de que dicha caracterización tampoco se actualice, el concesionario de televisión restringida terrenal deberá retransmitir la que elija indistintamente. De esta forma, se pretende privilegiar el acceso por parte de las audiencias a contenidos locales, los cuales pueden encontrar mayor nivel de afinidad con sus necesidades, prioridades y gustos.

 Fecha del Comunicado: 21 December 2015

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