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El IFT resolvió imponer multas y declarar la pérdida en beneficio de la Nación de los bienes afectos a cuatro estaciones de radio y una de televisión que operaban sin permiso ni concesión. (Comunicado 19/2014)

El Instituto Federal de Telecomunicaciones resolvió imponer multas y declarar la pérdida en beneficio de la nación de los bienes afectos a cuatro estaciones de radio y una de televisión que operaban sin permiso ni concesión

 

  • El IFT mantendrá sus acciones de verificación y supervisión con el propósito de garantizar que estos servicios se ofrezcan en estricto apego a la legalidad
  • El Pleno recibió el informe en el que la Unidad de Sistemas de Radio y Televisión considera cuáles señales radiodifundidas por Instituciones Públicas Federales se encuentran técnicamente disponibles para ser retransmitidas por los concesionarios de televisión restringida

 

El día de hoy, durante la X Sesión Extraordinaria, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió imponer diversas sanciones y declarar la pérdida en beneficio de la Nación de los bienes destinados a la operación de cuatro estaciones de radiodifusión que transmitían en la banda de FM en el Estado de México y Sonora, así como el Canal 3 de televisión en Chihuahua, sin contar con concesión o permiso.

Como parte de las acciones de verificación que realiza el Instituto para vigilar el adecuado uso del espectro radioeléctrico, este órgano regulador realizó visitas de aseguramiento preventivo en los domicilios en los que operaban dichas estaciones, a fin de evitar que continuaran transmitiendo. Como resultado de estas diligencias y del procedimiento administrativo seguido, se comprobó fehacientemente la falta de los títulos de concesión o permiso que acreditaran la legal operación de las estaciones.

De esta manera, el Pleno del IFT determinó, con base en los artículos 101, fracción XXIII, 103, 104 bis y 106 de la Ley Federal de Radio y Televisión, imponer sanciones y declarar la pérdida  en beneficio de la Nación de los bienes destinados a la operación de estaciones en las siguientes frecuencias y localidades:

 

ESTACIÓN

LOCALIDAD/ESTADO

91.9 MHz - FM

Villa Nicolás Romero, Estado de México

103.5 MHz - FM

San Nicolás Tlazala, Estado de México

97.7 MHz - FM

Hermosillo, Sonora

92.5 MHz - FM

Sahuaripa, Sonora

Canal 3 de televisión

Hidalgo del Parral, Chihuahua

 

Con estas acciones, el IFT refrenda su compromiso de continuar con las acciones de vigilancia para que la radiodifusión en México se preste en los términos que marca la Ley.

Por otra parte, el Pleno recibió el informe mediante el cual la Unidad de Sistemas de Radio y Televisión considera que diversas señales radiodifundidas por Instituciones Públicas Federales se encuentran técnicamente disponibles para ser retransmitidas por los concesionarios de televisión restringida, en términos del artículo 12 de los Lineamientos Generales para la retransmisión de las señales radiodifundidas en los sistemas de televisión restringida (must offer y must carry), publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2014. Las señales referidas son:

 

INSTITUCIÓN

SEÑALES

Organismo Promotor de Medios Audiovisuales

1) Canal 30 Una Voz con Todos

2) Ingenio TV

Instituto Politécnico Nacional

1) Canal 11

Universidad Nacional Autónoma de México

1) TV UNAM

Televisión Metropolitana, S.A. de C.V.

1) Canal 22

 

De acuerdo con lo previsto en el artículo 12 de los Lineamientos Generales, el IFT publicará en el Diario Oficial de la Federación dicho listado con las características técnicas, con lo cual se hará exigible la obligación de los concesionarios de televisión restringida correspondientes para retransmitirlas.

 

 Fecha del Comunicado: 23 April 2014

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