El IFT modifica y aprueba las ofertas de referencia de desagregación efectiva de la red local del AEP en telecomunicaciones (Comunicado 111/2015)
EL IFT MODIFICA Y APRUEBA LAS OFERTAS DE REFERENCIA DE DESAGREGACIÓN EFECTIVA DE LA RED LOCAL DEL AEP EN TELECOMUNICACIONES
- Las Ofertas de Referencia de Telmex y Telnor permitirán a otros concesionarios acceder a elementos de su red local de manera desagregada en condiciones para ofrecer sus servicios de manera competitiva
- Se multa y declara la pérdida de bienes en beneficio de la Nación de una S. de R.L. por utilizar una frecuencia en Villahermosa, Tabasco, sin concesión o permiso
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) modificó y autorizó los términos y condiciones de las Ofertas de Referencia de Desagregación Efectiva de la Red Local presentadas por Teléfonos de México, S.A.B. de C. V. (Telmex) y Teléfonos del Noroeste S.A. de C.V. (Telnor), ambas empresas integrantes del Agente Económico Preponderante (AEP) en telecomunicaciones.
Estas ofertas serán el marco de referencia que tendrán otros concesionarios para acceder, en condiciones claras, transparentes y no discriminatorias, a la infraestructura de la red local del AEP.
Las Ofertas de Referencia autorizadas por el Pleno del Instituto modifican las presentadas por ambas empresas al Instituto el 10 de noviembre pasado, para apegarse tanto a las Medidas de Desagregación como a las Resolución mediante la cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones formaliza y resuelve en definitiva las condiciones mediante las cuales se realizará la desagregación efectiva de la red local del Agente Económico Preponderante.
Los principales elementos de las Ofertas de Referencia autorizadas por el Instituto determinan el alcance de los diferentes servicios de desagregación: Servicio de Reventa de Línea, Servicio de Acceso Indirecto al Bucle Local, Servicios de Desagregación Total y Compartida al Bucle y Sub-bucle, y de Coubicación para Desagregación. Asimismo, se definen los procedimientos por medio de los cuales otros concesionarios podrán solicitarlos, establecen parámetros de calidad, así como las penas correspondientes en caso de que dichos parámetros no sean alcanzados. El Instituto también autorizó las tarifas que el AEP podrá aplicar por dichos servicios con base en las metodologías definidas para ello en las Medidas de Desagregación resueltas en marzo de 2014.
La determinación de las diversas condiciones antes señaladas se realizó con base en mejores prácticas internacionales, tanto desde la perspectiva técnica y operativa observada en países en los que la implementación de políticas de desagregación lleva realizándose más de diez años, así como para el diseño de los modelos de costos que permitieron determinar las tarifas asociadas a los servicios.
Todo lo anterior con el fin de promover la competencia y libre concurrencia. Con base en ello los concesionarios solicitantes podrán proveer sus servicios en condiciones que les permitan competir de manera más efectiva en el sector. Con esta determinación, el Instituto da cabal cumplimiento al mandato constitucional que establece que los concesionarios podrán elegir los elementos de la red local que requieran del agente preponderante y el punto de acceso a la misma, y que podrán incluir la regulación de precios y tarifas, condiciones técnicas y de calidad, así como su calendario de implantación con el objeto de procurar la cobertura universal y el aumento en la penetración de los servicios de telecomunicaciones.
Tanto Telmex como Telnor deberán publicar en su sitio de Internet las Ofertas de Referencia para la Desagregación del Bucle Local para Concesionarios de Redes Públicas de Telecomunicaciones en dos diarios de circulación nacional a más tardar diez días hábiles después de recibida la notificación.
Por otra parte, el Pleno del IFT también aprobó una resolución en la cual impuso una multa y declaró la pérdida de bienes en beneficio de la Nación, derivado del procedimiento administrativo iniciado en contra de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. de R.L.) por usar la frecuencia 456.915 MHz., en Villahermosa, Tabasco, sin contar con la previa concesión, permiso o asignación respectiva.