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El IFT inicia dos nuevas consultas públicas en materia de telecomunicaciones (Comunicado 81/2016)

EL IFT INICIA DOS NUEVAS CONSULTAS PÚBLICAS

EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES

 

  • La Disposición Técnica IFT-011-2016 que se somete a consideración de los interesados establece que todos los teléfonos celulares tengan un IMEI válido y único; también  prohíbe que se bloquee o restrinja la funcionalidad de recepción de FM en los equipos terminales móviles
  • El anteproyecto deCondiciones Técnicas Mínimas para la Interconexión entre Concesionarios de Redes Públicas de Telecomunicaciones y las Tarifas que resulten de las Metodologías de Costos que estarán vigentes para el año 2017 también está ya en consulta pública

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) puso a disposición de los interesados dos consultas públicas aprobadas por su Pleno la semana pasada. Una de ellas se refiere a una Disposición Técnica, y la otra a condiciones mínimas técnicas de interconexiónentre concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones.

El propósito de ambas consultas, de diferente duración, es obtener la retroalimentación de la industria y otros interesados bajo los principios de transparencia y participación ciudadana sobre estos proyectos, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 51 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) para la emisión y modificación de reglas, lineamientos o disposiciones administrativas de carácter general.

Ambas consultas iniciaron el 15 de julio pasado y son las siguientes:

  1. “Anteproyecto de Disposición Técnica IFT-011-2016: Especificaciones de los equipos terminales móviles que pueden hacer uso del Espectro Radioeléctrico y que pueden ser conectados a Redes Públicas de Telecomunicaciones”.

Esta consulta tendrá una duración de 20 días hábiles y concluirá el 25 de agosto próximo. Está disponible a través de la siguiente liga: https://www.ift.org.mx/industria/consultas-publicas/consulta-publica-sobre-el-anteproyecto-de-disposicion-tecnica-ift-011-2016-especificaciones-de-los 

Este anteproyecto coadyuvará a establecer las especificaciones técnicas y requerimientos de configuración de origen (desde su fabricación) de los equipos terminales móviles que hacen uso del espectro radioeléctrico y que se conectan a una red pública de telecomunicaciones, así como los métodos de prueba para comprobar el cumplimiento de dichas especificaciones y requerimientos, de conformidad con lo dispuesto en la LFTR y demás normatividad aplicable.

El anteproyecto cubre dos aspectos fundamentales: el primero es establecer que todos los teléfonos celulares cuenten con un IMEI válido y único a efectos de coadyuvar con el bloqueo exitoso de teléfonos móviles cuyo Identificador (el propio IMEI) haya sido reportado como robado, sea inválido o esté duplicado.

El segundo aspecto fundamental es evitar que exista algún tipo de bloqueo o restricción para el funcionamiento de los equipos terminales móviles que cuenten con la funcionalidad de receptor de Frecuencia Modulada (FM) instalada desde su fabricación. Esta funcionalidad deberá estar habilitada y activa para el usuario al momento de la comercialización, con lo cual se le garantizará el no bloqueo de la funcionalidad de radio FM.

  1.  “Anteproyecto de Condiciones Técnicas Mínimas para la Interconexión entre Concesionarios de Redes Públicas de Telecomunicaciones y las Tarifas que resulten de las Metodologías de Costos que estarán vigentes para el año 2017”.

Esta consulta tendrá una duración de 30 días naturales, por lo cual concluirá el 13 de agosto próximo. El anteproyecto está disponible en la siguiente liga: https://www.ift.org.mx/industria/consultas-publicas/consulta-publica-del-anteproyecto-de-condiciones-tecnicas-minimas-para-la-interconexion-entre

Con ello, el Instituto establecerá las condiciones técnicas mínimas necesarias para la interconexión y las tarifas que hayan resultado de las metodologías de costos que, en caso de desacuerdo, serán aplicables a los concesionarios que operen las redes públicas de telecomunicaciones interesados en interconectarse con otras redes mediante la suscripción del convenio respectivo.

El artículo 137 de la LFTR determina que esas condiciones técnicas mínimas y las tarifas que estarán vigentes en el año calendario inmediato siguiente deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación en el último trimestre del año.

 Fecha del Comunicado: 16 July 2016

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