Atajo de Navegación:

Instituto Federal de Telecomunicaciones


El IFT autoriza los términos de la cesión de título de concesión otorgado a CFE para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones, en favor de telecomm (Comunicado 77/2015)

EL IFT AUTORIZA LOS TÉRMINOS DE LA CESIÓN DEL TÍTULO DE CONCESIÓN OTORGADO A CFE PARA INSTALAR, OPERAR Y EXPLOTAR UNA RED PÚBLICA DE TELECOMUNICACIONES, EN FAVOR DE TELECOMM

 

  • La autorización le permitirá a Telecomunicaciones de México instrumentar el mandato constitucional tendiente a crear una red troncal de telecomunicaciones de cobertura nacional

                    

  • Se establecen nuevas condiciones a Telecomm, entre las que se encuentra el otorgamiento de una concesión para uso comercial con carácter de red compartida mayorista

 

  • El Pleno del Instituto también aprobó otorgar cinco concesiones para usar y aprovechar bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico, así como concesiones únicas para uso público y social, para prestar el servicio público de radiodifusión sonora en diversas entidades federativas

 

 

En cumplimiento a lo establecido por el artículo Décimo Quinto Transitorio del Decreto de Reforma Constitucional en materia de telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) autorizó ayer a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) los términos para llevar a cabo la cesión de derechos y obligaciones del título de concesión que le fue otorgado el 10 de noviembre de 2006, en favor de Telecomunicaciones de México (Telecomm).

 

A partir de que se inscriba en el Registro Público de Telecomunicaciones la cesión de derechos, Telecomm deberá prestar el servicio mayorista de telecomunicaciones a concesionarios y comercializadoras, para ello, y en concordancia con el nuevo régimen de concesionamiento establecido por la Constitución y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), se otorgará a Telecomm una concesión para uso comercial con carácter de red compartida mayorista, misma que tendrá una vigencia de 30 años contados a partir de la fecha de su otorgamiento.

 

No obstante lo anterior, Telecomm deberá asegurar la continuidad de los servicios públicos de telecomunicaciones que venía prestando CFE a sus diversos usuarios, en términos de lo dispuesto por la LFTR y las disposiciones transitorias del Decreto por el que se expidió el citado ordenamiento.

 

Dada la naturaleza de la red compartida mayorista, Telecomm deberá operar bajo principios de transparencia en la oferta de sus servicios, compartición de infraestructura y venta desagregada de todos sus servicios y capacidades.

 

Con esta resolución, el Pleno del IFT sienta las bases para el inicio del establecimiento y operación de la red troncal con cobertura nacional mandatada por el Decreto de Reforma Constitucional, misma que mejorará las condiciones de acceso de la población a servicios de telecomunicaciones.

 

Por otra parte, el Pleno del IFT resolvió expedir el Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias (PABF) 2016, el cual será publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en el portal de internet del Instituto.

 

A partir de su publicación en el DOF, conforme lo establece la LFTR, se abrirá un plazo de 30 días hábiles durante el cual los interesados que lo deseen podrán solicitar que se incluyan bandas de frecuencia y coberturas geográficas adicionales o distintas a las ahí contempladas. A las manifestaciones de interés recibidas durante ese plazo se sumarán aquéllas recibidas entre el 1° de septiembre de 2015 y el día previo a la publicación del programa en el DOF para ser evaluadas en conjunto. En un plazo no mayor a 30 días hábiles siguientes, el Instituto valorará las solicitudes de inclusión recibidas y, de considerarlo pertinente, realizará un proyecto de modificación al Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2016, el cual será sometido a consideración del Pleno.

 

Cabe recordar que la LFTR establece que el Instituto expedirá, a más tardar el 31 de diciembre de cada año, el Programa de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias que regirá el siguiente año y el cual incluirá las frecuencias o bandas de frecuencias de espectro determinado que licitará o que podrá asignar directamente, e incluirá los servicios que pueden prestarse a través de dichas frecuencias o bandas de frecuencias, su categoría, modalidades de uso y coberturas geográficas.

 

El Programa que se publicará en el DOF incluye, en materia de telecomunicaciones, procesos de licitación para uso comercial en la banda 2500-2690 MHz; espectro para uso público para ser asignado en la banda 415-420/425-430 MHz y la 806-814/851-859 MHz para la operación de sistemas de radiocomunicación especializada de flotillas (comunicación de banda angosta también conocida como radio troncalizado o trunking), y espectro de uso social para ser asignado en la banda 824-849/869-894 MHz.

 

En materia de radiodifusión, el programa incluye 123 canales de Televisión Digital Terrestre (TDT) para uso comercial y 27 para uso público; 7 frecuencias para radiodifusión sonora de uso comercial en las bandas de AM y FM, 12 frecuencias para uso público y 18 frecuencias para uso social, además de una reserva para estaciones de radiodifusión sonora comunitarias e indígenas, de conformidad con la LFTR. El número final de canales de TDT y de frecuencias de radiodifusión sonora en AM y FM podrá crecer en función de la valoración de las manifestaciones de interés que se reciban, como se comentó antes.

 

La siguiente tabla resume el contenido del PABF en materia de radiodifusión:

 

Servicio

Modalidad de Uso

Total

Radiodifusión

 

TDT

Comercial

123

Público

27

FM

Comercial

6

Público

10

Social

16

AM

Comercial

1

Público

2

Social

2

 

 

En la misma sesión, el Pleno resolvió aprobar el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (CNAF), disposición administrativa que indica el servicio o servicios de radiocomunicaciones a los que se encuentra atribuida una determinada banda de frecuencias del espectro radioeléctrico, así como información adicional sobre el uso y planificación de determinadas bandas de frecuencias.

 

Como lo establece la LFTR, es facultad del Instituto elaborar, publicar y mantener actualizado el CNAF para la adecuada planeación, administración y control de espectro radioeléctrico y para su uso y aprovechamiento eficiente.

 

El nuevo CNAF no es sólo una versión actualizada del anterior, que data del 2012, sino que es un instrumento integral más ágil, moderno y de fácil lectura que incorpora en su elaboración  la evolución tecnológica reciente en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, particularmente la de radiocomunicación y la reglamentación en materia de radiocomunicación de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).

 

 

Por otra parte, en materia de radiodifusión, el Pleno del IFT resolvió otorgar cinco concesiones para prestar el servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM), dos concesiones son para uso social y prestarán servicios en Guasave, Sinaloa y en Maravatío, Michoacán y tres concesiones son para uso público para diversas localidades del Estado de Hidalgo. El otorgamiento de estas concesiones incrementa el número de opciones que tiene la población para acceder a contenidos que promueven la integración nacional, la formación educativa, cultural y cívica, la difusión de información imparcial y da espacios a la expresión de ideas y opiniones que fortalecen la vida democrática de la sociedad.

En la misma sesión, el Pleno del Instituto determinó que Telnor deberá pagar a  G TEL una tarifa de $0.004179 pesos M.N. por minuto de interconexión por el servicio de terminación del servicio local en usuarios móviles para el periodo comprendido entre el 23 de septiembre y el 31 de diciembre de 2015. 

Se estableció que entre el 1 de enero y el 22 de septiembre de 2015 deberá hacerse extensiva la última tarifa que, entre empresas, hayan convenido en el periodo inmediato anterior; esto de conformidad con el artículo Vigésimo Transitorio del Decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.

También se dio cuenta en la sesión respecto de las cuatro recomendaciones recientemente emitidas por el Consejo Consultivo del Instituto, aprobándose, como en ocasiones anteriores, instruir a las áreas técnicas correspondientes para que sean estudiadas y el análisis que resulte se haga del conocimiento de los Comisionados cuando el asunto correspondiente sea sometido a consideración del Pleno, en función de que representan un insumo importante para la toma de decisiones del órgano colegiado.

 

En otro tema, el Pleno aprobó dejar insubsistente una resolución que impuso multa y declaró pérdida de bienes en beneficio de la Nación, en cumplimiento de una ejecutoria en la que se concedió el amparo a la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Guanajuato.

 Fecha del Comunicado: 24 September 2015

Documentos para descargar

Temas relacionados

Compartir

2025 Instituto Federal de Telecomunicaciones - Algunos Derechos Reservados
Chatbot
Asistente virtual