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El IFT resuelve desacuerdos de interconexión entre concesionarios de servicios de telecomunicaciones (Comunicado 72/2015)

EL IFT RESUELVE DESACUERDOS DE INTERCONEXIÓN ENTRE CONCESIONARIOS DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES

 

  • El Pleno del Instituto resolvió tres desacuerdos de interconexión, el primero entre Telmex y Talktel, el segundo entre Cablevisión Red y NII Digital, el último entre Cablevisión Reed con Grupo Iusacell y Unefon, sobre tarifas aplicables del 1 de enero al 31 de diciembre de 2015.
  • Asimismo, el Pleno aprobó someter a consulta pública el Anteproyecto de Lineamientos para la acreditación, designación y reconocimiento de laboratorios de pruebas

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones determinó que Telmex y Cablevisión Red deberán pagar, a Talktel y Unefon, respectivamente, una tarifa de $0.004179 pesos M.N. por minuto de interconexión por el servicio de terminación del servicio local en usuarios fijos para el periodo comprendido entre el 2 de septiembre y el 31 de diciembre de 2015. La misma tarifa deberá aplicarse de manera recíproca entre las empresas Cablevisión Red y NII Digital para el mismo periodo señalado.

 

A su vez, el Pleno acordó que Cablevisión Red deberá pagar a las empresas NII Digital, Grupo Iusacell y Unefon, una tarifa de $0.2505 pesos M.N. por minuto de interconexión por el servicio de terminación del servicio local en usuarios móviles, para el periodo comprendido entre el 2 de septiembre y el 31 de diciembre de 2015. Para el periodo del 1 de enero y el 1 de septiembre de 2015, deberá hacerse extensiva la última tarifa que, entre empresas, hayan convenido en el periodo inmediato anterior; esto de conformidad con el artículo Vigésimo Transitorio de la LFTyR.

 

Por otra parte, el Pleno del Instituto aprobó someter a consulta pública el Anteproyecto de Lineamientos para la Acreditación, Designación y Reconocimiento de Laboratorios de Pruebas, con el que se busca simplificar la evaluación de conformidad y, por tanto, fortalecer la homologación de productos destinados a telecomunicaciones y radiodifusión, al tiempo que se da certeza jurídica a los Laboratorios de Pruebas respecto de su acreditación, designación y reconocimiento.

 

En ese sentido, el Anteproyecto propone los términos y plazos para que el Instituto, fungiendo como un organismo de acreditación,  lleve a cabo la acreditación de laboratorios de pruebas de tercera parte nacionales para realizar pruebas respecto a Disposiciones Técnicas, o bien, autorice a organismos de acreditación a efectos de que realicen la acreditación de dichos laboratorios de pruebas nacionales para realizar pruebas respecto a Disposiciones Técnicas.

 

Asimismo el Anteproyecto propone que los laboratorios de pruebas nacionales sean designados por el Instituto  para realizar pruebas de equipos con relación a Reglamentos Técnicos extranjeros, a fin de que estos laboratorios nacionales sean reconocidos por un gobierno extranjero, y sus reportes de pruebas sean aceptados por el mismo. Finalmente plantea que laboratorios de pruebas extranjeros sean reconocidos por el Instituto, a efectos de aceptar los reportes de  pruebas elaborados por dichos laboratorios con respecto a disposiciones técnicas de nuestro país.​

 

La consulta sobre este anteproyecto iniciará el 7 de septiembre y tendrá una vigencia de 30 días.

 

En la misma sesión, el Pleno determinó prorrogar la vigencia de tres concesiones de redes públicas de telecomunicaciones de personas físicas en Nayarit, Chiapas y Veracruz, respectivamente, y otorgarles un título de concesión única para uso comercial por 30 años.

 

 

En cumplimiento a una ejecutoria del Poder Judicial, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones dejó insubsistente una resolución de fecha 28 de enero de 2015, a través de la cual se había impuesto a una persona física una sanción así como la pérdida, en beneficio de la Nación, del equipo receptor que empleaba al momento de utilizar el espectro radioeléctrico en la frecuencia 159.4875 MHz sin contar con la concesión o permiso correspondiente y, en su lugar, atendiendo a los razonamientos del Poder Judicial, emitió una nueva resolución imponiendo una sanción económica distinta, con base en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión declarando asimismo la pérdida, en beneficio de la Nación, del equipo receptor empleado en el uso de la frecuencia referida.

 Fecha del Comunicado: 03 September 2015

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