Equipos Complementarios 75%
El Capítulo 7.2 de la Disposición Técnica IFT-013-2016 establece que el Instituto podrá autorizar a los
concesionarios que prestan el
servicio de televisión radiodifundida, a través de sus equipos complementarios, la retransmisión de una
señal que coincida en al
menos el 75% del contenido programático de la respectiva estación de televisión, dentro del horario
comprendido entre las 6:00 y
24:00 horas, aun en un orden distinto.
El numeral segundo del "Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones delega en la Titular de la Unidad de Medios y Contenidos Audiovisuales la atribución para autorizar a los concesionarios de televisión radiodifundida que sus equipos complementarios puedan retransmitir una señal que coincida en al menos el 75% del contenido programático de la estación de televisión principal dentro del horario comprendido entre las 6:00 y 24:00 horas en los términos del Capítulo 7.2 de la Disposición Técnica IFT-013-2016: Especificaciones y requerimientos mínimos para la instalación y operación de estaciones de televisión, equipos auxiliares y equipos complementarios", instruye a la Unidad de Medios y Contenidos Audiovisuales para que publique y mantenga actualizado, en el sitio de Internet del Instituto Federal de Telecomunicaciones, un listado que contenga las autorizaciones realizadas.
El numeral segundo del "Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones delega en la Titular de la Unidad de Medios y Contenidos Audiovisuales la atribución para autorizar a los concesionarios de televisión radiodifundida que sus equipos complementarios puedan retransmitir una señal que coincida en al menos el 75% del contenido programático de la estación de televisión principal dentro del horario comprendido entre las 6:00 y 24:00 horas en los términos del Capítulo 7.2 de la Disposición Técnica IFT-013-2016: Especificaciones y requerimientos mínimos para la instalación y operación de estaciones de televisión, equipos auxiliares y equipos complementarios", instruye a la Unidad de Medios y Contenidos Audiovisuales para que publique y mantenga actualizado, en el sitio de Internet del Instituto Federal de Telecomunicaciones, un listado que contenga las autorizaciones realizadas.