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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Acuerdo por el cual se amplía el plazo previsto en la condición relativa a la presentación del informe sobre las labores de investigación y desarrollo de los títulos de concesión vigentes otorgados al amparo de la Ley Federal de Radio y Televisión

Objetivo

Ante la emergencia sanitaria derivada de la pandemia y de las medidas preventivas que se han implementado para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), ha traído como consecuencia que diversos concesionarios se encuentren imposibilitados para presentar a más tardar el 30 de junio de cada año el informe sobre las labores de investigación y desarrollo contenida en los títulos de concesión otorgados al amparo de la Ley Federal de Radio y Televisión, y que señalan, pues no cuentan con la documentación e información de manera inmediata o directa dado que en ocasiones, el personal del concesionario tendrían que trasladarse al lugar donde pudiera encontrarse su información o incluso, generar la misma y con esto, se expondría al contagio del COVID-19 motivo de la emergencia sanitaria.

En ese sentido, con el Acuerdo se busca ampliar el plazo previsto en las condiciones relativas a la presentación del Informe sobre las labores de investigación y desarrollo para el año 2020. El Acuerdo fue aprobado el 25 de junio de 2020 y se requiere comunicar lo más pronto posible a los destinatarios de la norma que para este año deberán presentar ante el Instituto dicha información a más tardar el 31 de agosto de 2020.

Número de Acuerdo del Pleno

P/IFT/EXT/250620/18

Sesión del Pleno en que fue aprobada

XI Sesión Extraordinaria del Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, celebrada el 25 de junio de 2020

Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación

07 de Julio de 2020

Vigencia

La disposición exclusivamente modifica la condición exclusivamente para el año 2020. Se amplía el plazo al 31 de agosto de 2020

Supuesto mediante el cual el Pleno del Instituto exceptuó la realización de la Consulta Pública

En virtud de la presente situación de emergencia sanitaria generada por el virus SARSCoV2, y en consistencia con las medidas decretadas por las autoridades sanitarias del país, se consideró procedente la emisión del Acuerdo, sin mediar una consulta pública, a efecto de que logre su objetivo y los concesionarios cuenten con la oportunidad para que su personal cuente con los documentos para el informe de labores de investigación y desarrollo en atención a que la fecha originalmente establecida era el 30 de junio de 2020.

En ese sentido, con el Acuerdo se busca ampliar el plazo previsto en las condiciones relativas a la presentación del Informe sobre las labores de investigación y desarrollo para el año 2020. El Acuerdo fue aprobado el 25 de junio de 2020 y su publicidad comprometería su finalidad o eficacia en función de tiempos que su difusión implica. Con esta exención se busca comunicar legalmente y lo más oportunamente posible a los destinatarios de la norma que para este año deberán presentar ante el Instituto dicha información a más tardar el 31 de agosto de 2020.

 
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