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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Entrevista a Gabriel Contreras, Comisionado Presidente del IFT, en Aristegui Noticias con Carmen Aristegui, sobre fusión Disney-Fox

Carmen Aristegui (CA), conductora: Regresamos esta mañana en esta transmisión en vivo que estamos realizando desde www.aristeguinoticias.com, desde el Internet para la radio en la República Mexicana con Grupo Radio Centro. 

Nos detenemos en lo que ayer se informó de Disney y Fox, Fox y Disney. 

Había la duda sobre qué iba a pasar con esta alianza que ha sido un tema de mucho debate y de discusión mundial, porque esta alianza ha cruzado por decisiones que se han tomado en Estados Unidos, China, la Unión Europea, en fin. 

Esta alianza de gigantes planetarios, tiene su capítulo México y ayer en el Instituto Federal en Telecomunicaciones se resolvió, ya la Comisión de Competencia Económica resolvió su parte y el IFT resolvió lo suyo. 

El comunicado el IFT dice que aprueba la concentración de Disney y Fox sujeta a condiciones. 

Hemos invitado al presidente del IFT para hablar del tema y apreció a Gabriel Contreras que esté aquí en este estudio. 

Bienvenido. 

Gabriel Contreras (GC), presidente del Instituto Federal en Telecomunicaciones: Me da mucho gusto estar contigo y tu auditorio. 

CA: Gracias. 

Te pregunto primero, ¿qué es lo que se juega con esta concentración? ¿Cómo la explicarías? ¿Qué es lo que va a ocurrir con Disney y Fox, y -si me permites de una vez- en comparación con otros países? ¿Qué es lo que se juega aquí? 

GC: Creo que sería útil para el auditorio dar un poco de contexto. 

CA: Venga. 

GC: Este tipo de operaciones son frecuentes a nivel global y cada vez más frecuentes. 

Recordarás que incluso correspondía a las autoridades de competencia resolver un caso que tiene que ver también con nuestro sector, que era la concentración entre Time Warner y AT&T. 

Vemos cómo el mundo se empieza a mover, tanto en telecomunicaciones como en contenidos, de esta forma, grandes alianzas, precisamente, para aprovechar economías de escala y ser competidores a nivel global. 

Esta concentración implica la fusión, la concentración de Walt Disney con Fox, que son dos compañías muy, muy grandes, que además participan en muchos mercados. 

Es importante resaltar algo... 

CA: ¿Grandes? Enormes, perdóname, gigantes. 

GC: Y en muchos mercados, eh, lo mismo puede ser el mercado de mercancías, que el de películas, que el de programa de televisión restringida, que el de publicidad. 

CA: Futbol. 

GC: Participan en muchos mercados; compra de derechos, por ejemplo, para transmitir futbol, entre otras cosas y otros deportes. 

Esta operación se celebró en Estados Unidos y tiene efectos, como ya lo anticipabas, en muchas partes del mundo, en muchas jurisdicciones, pero también -lo subrayo- en muchos mercados. 

Y como ya decías, la Comisión Federal de Competencia Económica resolvió los mercados de su competencia y le correspondió a IFT atender el impacto de esta concentración en los mercados de telecomunicaciones y radiodifusión. 

CA: Telecomunicaciones y radiodifusión, exclusivamente. 

GC: Es lo que le corresponde al IFT como autoridad en materia de competencia económica. 

Lo que revisamos fue que tanto Disney como Fox comparten o se traslapan sus actividades en al menos diez mercados o diez actividades diferentes. 

Tiene que ver, por ejemplo, en la venta de espacios publicitarios; tiene que ver en programación para contenidos OTP en plataformas de Internet; tiene que ver en la venta de contenidos programáticos para la televisión restringida y -como ya decías- también tiene que ver con la adquisición de contenido, por ejemplo, de licencias para transmitir derechos de futbol. 

De los diez mercados analizados, de estas diez actividades en las que compiten y que con motivo de la fusión ya sería un solo agente económico en vez de dos, como ha sido hasta ahora, sólo detectamos problemas en dos de ellos, que es la provisión y licenciamiento de contenidos para la televisión de paga en materia de deportes, y la provisión y licenciamiento de contenidos también para la televisión de paga en lo que se conoce como la categoría de canales fácticos, que son aquellos que tienen contenidos culturales, documentales y los que se conocen como realities. 

CA: Perdón que te interrumpa, donde están los intereses principales de las televisoras mexicanas. 

GC: La barra programática de la televisión de paga se compone de muchos pedacitos, hay canales infantiles, hay películas y series... 

CA: Aquí el tema es el futbol. 

GC: ... fácticos y está el canal de deportes, y me voy directamente a ese tema. 

Tenemos en la programación de la televisión de paga contenidos programáticos de deportes. 

Por parte de Walt Disney tenemos a ESPN y por parte de Fox tenemos a Fox Sports. 

Si uno revisa los canales básicos de la televisión de paga, la oferta de este tipo de contenidos está concentrada en estos dos. 

La acumulación de los paquetes de ESPN y de Fox Sports en términos de audiencia llegaría a niveles cercanos del 80 por ciento. 

CA: Ah, caray. 

GC: ¿Qué autoridad de competencia económica dejaría pasar una concentración sin condiciones que acumula el 80 por ciento de un mercado? 

Cuando alguien acumula este nivel de poder, el riesgo de incrementar el precio o de limitar la oferta sin que pueda ser contrarrestado por la competencia es muy alto. 

Este riesgo en particular que llevó al instituto a tener una revisión exhaustiva, a imponer como condición que en todos los demás negocios se puede concentrar, pero en el de Fox Sports y ESPN, que es éste de contenidos programáticos deportivos, no, y se impone la obligación de desincorporar a Fox Sports. 

¿Para qué? Queremos seguir viendo a dos agentes económicos independientes, nos gusta verlos competir, ganamos los consumidores cuando compiten. 

No queremos que estos dos agentes muy importantes, con contenidos muy importantes, con derechos muy importantes, incluido el futbol, pero también otros, acaben siendo uno solo. 

Y entonces no tengamos alternativas como consumidores nosotros de prender la tele -la televisión restringida- y si antes tenías a dos que competían, ahora ya nomás tiene a uno. 

Y también los proveedores de la televisión de paga tendrían a su vez sólo una oferta, que sería el producto de ESPN y Fox Sports concentrados. 

La obligación que se impuso es entonces desincorporar este negocio de Fox Sports. 

Va adelante la concentración en todos los mercados revisados, pero por lo que se refiere a los canales deportivos, la obligación es desincorporar. 

Es decir, este negocio en marcha, que es Fox Sports, se mantiene como un negocio en marcha independiente de ESPN y le buscan un comprador. 

Lo mismo pasó en Estados Unidos y lo mismo pasó en Brasil en contenido deportivos 

CA: Te pregunto Gabriel Contreras, sobre a quién beneficiaría y a quién no, una decisión de este tamaño, vuelvo al tema de las televisoras, aquí tenemos y hablamos de concentraciones, pues las grandes televisoras, "Televisión Azteca" y "Televisa", lo que históricamente ha sido un duopolio, que bueno, ha habido ciertas modificaciones en los últimos años, pero históricamente es un modelo hiperconcentrado el mexicano. 

Y aquí la pregunta sería, esta decisión del IFT, ¿beneficia a esta otra concentración que es la mexicana en relacional fútbol? 

GC: Beneficia a los competidores, déjame decir una casilla atrás. 

CA: Beneficia a los competidores. 

GC: Beneficia a los consumidores, nos beneficia… 

CA: Pero también a las nacionales, a las televisoras nacionales, ¿o no? 

GC: No veo cómo, déjame explicarlo. 

CA: Pues, porque no está Disney y Fox con el tema, pero con el tema futbol. 

GC: Ahí siguen, hoy Walt Disney es titular de derechos de transmisión de clubes deportivos, como lo es “ESPN”. 

CA: ¿Qué es lo que se restringe entonces? 

GC: El negocio en marcha, que implica todo lo que traigan como negocio en marcha, que lleva obviamente los derechos de acción de canales deportivos, pero también los que tengan, no sólo el futbol, en básquetbol, en béisbol, en golf, en todo lo que tenga “Fox Sports”, hoy como negocio debe seguir siendo un competidor de “ESPN”. 

Los dos les venden su programación a las televisoras de paga, los dos hoy son competidores en el mercado, lo que queremos es preservar esa competencia. 

CA: O sea por eso los obligarás a desprenderse de “Fox Sports”, que lo vendan. 

GC: Es correcto. 

CA: A quien quieran, tiene que ser alguien que no esté vinculado a estos dos gigantes. 

GC: A quien quieran, con la aprobación del instituto, pues para evitar que al rato sea más costoso el caldo que los albóndigas, tenemos que revisar que el comprador tenga criterios de elegibilidad, que además son muy básicos... un problema de la competencia en nuestro país. 

CA: No vaya siendo que “ESPN” se interese en comprar “Fox Sports”, no se podría. 

GC: De hecho está absolutamente prohibido, la razón de ser de esta orden es precisamente… 

CA: Sería prohibidísimo. 

GC: Exactamente. 

CA: Sí, lo dije como una, sin chiste, "ESPN" imposible que lo compre. 

GC: Así es. 

CA: ¿Pero hasta dónde el circuito vinculado a Fox o Disney va a estar limitado para una adquisición? 

CA: Los análisis de competencia parten de revisar los mercados, los jugadores en los mercado, la forma en la que juegan o compiten esos jugadores, productos sustitutos, productos relacionados, análisis muy, muy complejos, lo que vamos a revisar para calificar al posible comprador cuando se le pregunte al IFT si la persona que se escogió puede ser elegible, es si ese posible compradores es primero, independiente de las partes, de nada nos serviría que sea una subsidiaria de Walt Disney. 

Y segundo, que no exista un problema de la competencia con las personas que se presenta como comprador, si resulta que es alguien que tiene mucha participación de mercado y va a generar otro problema, pues claramente no lo autorizaríamos. 

CA: ¿Quién no puede comprar?, desde luego "ESPN", desde luego ningún primo, hermano, lo que sea de Fox, ni de Disney, puede comprar "Fox Sports", "Televisa, Azteca", otros jugadores en México. 

GC: En todos los demás casos, tocas un caso importantísimo, porque me permite además precisarlo, este expediente tiene que ver con la concentración Disney Y Fox, lo que obra en este expediente es dónde estos dos agentes económicos confluyen o participan, en cuántos marcados, qué acumulaciones tienen en los mercados, qué concentración de poder podrán tener en los mercados. 

Nuestro expediente dice: “Aquí hay un riesgo de la competencia, te ordenamos desincorporar tu línea de negocio 'Fox Sports'”, será otro expediente en el que se revise con la misma acuciosidad y seriedad, quién es el comprador y si pasa o no por el test que nos ordena la Ley Federal de Competencia Económica, será con los elementos de ese otro expediente, que terminaremos si existe o no una elegibilidad del comprador. 

Eso no forma parte del expediente, lo que sí debo ser muy claro, la resolución es precisa al señalar el que sea comprador será autorizado por el IFT y para autorizar que se esta compra o no con ese comprador, deberá revisarse, se establecen los criterios previstos por la Ley Federal de Competencia Económica. 

CA: Gabriel Contreras, bueno, has aludido, yo también, a la situación en otros países, comparado con lo que pasó en China, comparado con lo que paso en Estados Unidos, comparado con lo que hicieron los europeos, comprado con lo que hicieron en Chile y en donde hayan hecho esta fusión, ¿cual es la diferencia entre la resolución mexicana y los otros mercados, que habrán tenido los mismos dilemas? 

GC: Muy parecidos al menos, Carmen, porque como te decía, es una operación global de muchos alcances, pero además cada mercado tiene en particular sus peculiaridades, cada mercado tiene sus niveles de concentración, cada mercado tiene sus competidores, en cada mercado interactúan de forma los competidores. 

Hay barreras al entrada, un concepto que se usa mucho en competencia económica de forma diferenciada, pero dependiendo de las restricciones, pero hablando particularmente en el tema de los contenidos programáticos para la televisión de paga en canales deportivos, la resolución que tomó Estados Unidos es muy parecida a la que tomó México. 

Se ordena desincorporar la parte del negocio deportivo, la resolución que tomó Brasil es muy parecida a la de México, se ordena desincorporar la parte del negocio deportivo, quiere seguir viendo competidores independientes "Fox Sports" y "ESPN". 

La resolución que toma Europa es muy parecida también, pero en aquel caso, del lado de los canales fácticos, allá no se advirtieron problemas a la competencia en los canales deportivos, esto tiene que ver insisto, pues con las peculiaridades de cada mercado con las preferencias de los consumidores, con las condiciones particulares, allá el tema no fue con los canales deportivos, fue por los canales fácticos, estos que se decía que son culturales, documentales y lo que se conoce como realities. 

En suma, los criterios y los estándares de competencias son aplicados de forma muy parecida a nivel global, todos buscamos lo mismo, evitar que haya una acumulación, una concentración de poder de mercado que acabe perjudicando a los consumidores. 

CA: Dime una cosa Gabriel Contreras, para efectos prácticos y en el mediano y corto plazo, los consumidores, qué cosa es lo que vamos a ver una vez que se aprobó lo que se aprobó en la Comisión de Competencia Económica y una vez que se aprobó lo que se aprobó en el IFT. 

GC: Por lo que hace al sector de las telecomunicaciones y radiodifusión, no veremos cambios, esto es importante. 

CA: ¿Y entonces? 

GC: Eso es lo importante, no veremos cambios; el cambio que no queremos ver es que antes teníamos a dos proveedores que competían y ahora nada más tenemos a uno, eso es lo que no va a pasar, vamos a ver a dos competidores y como tú sabes, cuando hay competencia, las cosas son mejor para los consumidores. 

Invierten en la compra de contenidos, invierten en talento, invierten en producción, invierten en programas que queremos seguir viviendo, que sigan cometiendo y "ESPN" y "Fox Sports" en la cuestión de deportes. 

Lo que no queremos ver y eso no va a pasar, porque por eso resolvimos la desincorporación, es que si antes teníamos una oferta diversificada, con competencia, de repente ya no exista, porque nada más tenemos a un solo proveedor; eso no va a pasar en este país. 

CA: Bueno, pues ahí está esta resolución del IFT. 

¿Ha habido alguna reacción de Disney-Fox? ¿Ha habido alguna postura que no conozcamos sobre la resolución? 

GC: No tengo yo noticia de ninguna en particular. 

Debo precisar algo, Carmen. 

Este tipo de procesos son procesos colaborativos en el mundo. 

No estamos hablando de una sanción o de un procedimiento para asesinar una práctica monopólica. 

Estamos hablando de unas partes en un procedimiento que acuden, ex ante, ante una autoridad para pedir una autorización, es decir, que pueda concretarse la concentración. 

Como parte de ese proceso colaborativo las mismas partes ofrecen condiciones para mitigar los riesgos. 

CA: Mismas que ustedes tienen que supervisar que ocurran. 

GC: Nosotros revisamos las condiciones que se nos propusieron y... 

CA: Y luego las tienen que revisar para que las cumplan. 

GC: .... y pusimos las nuestras. 

Y a partir de ahora, que está notificada la resolución, lo que viene es que las acepten; primero, que acepten las condiciones que impusimos. Si no las aceptan, no se tiene por autorizada la concentración. 

Y una vez aceptadas... 

CA: ¿Y no tienen recurso de revisión? O sea, ¿no pueden impugnar la resolución ustedes? 

GC: La única forma de impugnar ese tipo de resoluciones es a través del juicio amparo ante el Poder Judicial de la Federación. 

CA: ¿Podría ocurrir? 

GC: Todos particulares están en su derecho de que las revisiones de la autoridad sean revisadas por el Poder Judicial. 

CA: Pero cuando dices que es un proceso colaborativo, en donde Disney y Fox le plantearon a la autoridad mexicana sus propias propuestas de mitigación frente a este fenómeno que has descrito, y ustedes las reciben y las aprobaron todas, ¿o no?, ¿y les ponen las suyas? ¿Cómo? 

GC: Exactamente. Es correcto. Formalmente tenemos la obligación como autoridad en materia de competencia económica de notificar si vemos riesgos o no en la competencia, esto le permite a las partes involucradas en un procedimiento de esta naturaleza de ob... 

Dice: "Oye, no veo lo que tú estas viendo" o "aunque no lo vea, yo te ofrezco estas medidas para paliar el riesgo que estas viendo". 

Esto pasa en todos los procedimientos de concentración, está previsto en la ley. 

En este caso, en particular, se notificó formalmente los riesgos que se veían, estaba el tema de los canales deportivos muy claros para el instituto en esta notificación y como propuesta tuvimos propuestas de condiciones. 

Lo que hace el IFT -y cualquier otra autoridad de competencia económica- es revisar estas propuestas y ver si atienden directamente al riesgo identificado. 

En el caso particular vimos que buena parte de las condiciones que se ofrecían eran importantes para perder el riesgo, pero por supuesto el IFT las adecuó para asegurar que mitigaran correctamente, que corrigieran de la mejor forma los riesgos encontrados en la concentración. 

CA: ¿Lo más fuerte y lo más importante es que tiene que vender Fox Sports? 

GC: Es correcto, es lo más importante. 

CA: Y lo que más les acera pesado. ¿O no? ¿O qué? 

GC: Es una operación de 72 mil millones de dólares a nivel global. 

Los ingresos, lo que México contribuye a eso es debajo del 2 por ciento. 

CA: Bueno, es algo. 

GC: Estamos hablando de una operación que tiene efectos en México. 

CA: Setenta y dos mil millones de dólares en lo global. 

GC: Exacto. Estamos hablando de palabras mayores, como decía el autor. 

Y claramente el análisis hecho está a prueba a nuestro entender de toda duda. 

La resolución será pública, como todas nuestras resoluciones, estarán al escrutinio público, se verán ahí claramente el riesgo que se identificó y por qué el instituto determinó que esta es la medida correcta. 

Insisto, es una medida coincidente con las mejores prácticas, la tomó Estados Unidos y la tomó Brasil. 

CA: Gabriel Contreras, seguiremos de cerca lo que vayan diciendo los especialistas, esto acaba de ocurrir entre ayer y hoy. 

Vamos a escuchar qué dice la gente que está involucrada en estos temas, porque aquí cruza una muy importante decisión de muy alto impacto para México y a nivel global, como lo has dicho. 

Así que seguiremos de cerca todo este proceso, desde luego, y en todo caso seguiremos hablando para ver cómo van presentando las cosas. 

Si Fox-Disney, Disney-Fox acepta sin más la resolución y ya camina en lo que acabas de aplicar con mucha amplitud. 

Así que dejamos hasta aquí esta conversación con respecto al tema. 

Déjame aprovechar esta presencia tuya y cambiarte de tema que, bueno, de alguna manera nos conduce también a los grandes asuntos de las telecomunicaciones y de las decisiones que se toman en el ámbito del IFT. 

Sobre este tema, el Presidente de México en algún momento de las conferencias mañaneras habló de esta fusión Disney-Fox y dejó entrever o dijo que podía haber un cierto conflicto de interés -como lo ha referido también en otros órganos autónomos- y habló también de que podría haber alguien vinculado a personas relacionadas, después se supo, con la Comisión de Competencia Económica, pero quedó una idea, una sensación, un algo en el ambiente de que podría haber intereses de algún tipo económico que incidieran en las decisiones de la Cofece y de pilón del IFT que tú representas como su presidente. 

¿Qué dices al respecto sobre esa duda que se sembró sobre su autonomía y los criterios solamente técnicos para resolver como se haya resuelto? De esta resolución entiendo que no ha hablado el Presidente pero de la anterior sí. 

GC: Por lo que hace esta resolución, Carmen, yo insisto en que no tenemos alternativa más que actuar con base en lo que obra en el expediente, eso es lo que le corresponde a cualquier autoridad: Actuar con base en lo que obra en el expediente. 

Déjame poner como contexto para entrar en algo muy importante, es un órgano colegiado, participamos siete comisionados... 

CA: ¿Fue unánime? 

GC: Fue unánime. Los que cargamos el peso de la decisión y la responsabilidad de hacerlo conforme a derecho somos los comisionados. 

En este procedimiento entiendo que hubo algún tipo de aseveraciones en ese sentido, la verdad es que desconozco el fondo. 

Creo que es público que como parte de los asesores en esta concentración estuvieron involucrados el anterior presidente de la Cofece, Eduardo Pérez Motta... 

CA: Como representante de los gigantes. 

GC: Como asesores en esta concentración. 

CA: Y otro comisionado. 

GC: Y Ernesto Estrada quien fue comisionado en el Instituto Federal de Telecomunicaciones. 

Esto es una cuestión que nunca fue ocultada para el regulador, debo subrayarlo. 

Ellos se ostentaron específicamente como asesores... 

CA: ¿Sin conflicto de interés? 

GC: Aquí viene la cuestión importante: La Ley Federal de Competencia Económica establece un plazo para que alguien que se desempeñe como comisionado no pueda tomar asuntos con los agentes que hayan regulado durante su gestión. 

Este plazo en ambos casos había expirado, ya había pasado y por mucho. 

CA: ¿Un año? 

GC: Es una tercera parte del tiempo que se hayan desempeñado como comisionados, es lo que dice la Ley Federal de Competencia... 

CA: Y ya había pasado. 

GC: Y ya había pasado. 

Nosotros como autoridades no podemos impedir que venga alguien cuando haya superado este plazo legal. 

No tengo yo noticia sobre ningún conflicto de interés y lo que sucedió fue lo que estos diciendo, vinieron como asesores, había pasado el tiempo que establece la ley para poder llevar un asunto de esta naturaleza, no vimos ningún obstáculo para recibirlos públicamente. 

Déjame subrayar esto públicamente. 

Nosotros publicamos nuestras agendas de con quienes nos encontramos, tenemos una regla de contacto muy rígida que nos obliga a publicar con quiénes nos encontramos y con qué temas, y es público y está en el portal del instituto desde ese encuentro que se tuvo con estos agentes, cuando vinieron Walt Disney a presentar su caso ante los comisionados con quienes hicieron acompañar como asesores. Eso es público desde ese entonces. 

CA: Bueno, ahí está el tema, porque el presidente López Obrador habló de que exfuncionario del IFT tramitaba la fusión Disney-Fox y, bueno, pues ese es el tema que también se tiene que preguntar. 

Tú dices tenían derecho legal de hacerlo. 

GC: Nosotros no advertimos ningún problema, de haberlo advertido, por supuesto que hubiéramos impedido que se sentaran en la misma mesa con nosotros a platicar. 

Por el contrario, no sólo no lo impedimos, publicamos que ese encuentro tuvo lugar y publicamos quiénes fueron los asistentes y publicamos para qué tema fueron. 

CA: Pues ahí está el asunto, Gabriel Contreras. 

Para cerrar esta conversación, déjame ir a un último tema que está relacionado con algo que nos pasó y que me gustaría preguntarte, porque de una información que no tuvimos en su momento, después en una columna de "El Universal" se dio a conocer un dato importante y me gustaría que lo corroboraras sí o no. 

Javier Tejado Dondé -que es un experto en telecomunicaciones, como sabes- escribió un texto que tituló -palabras más, menos-: "Seis mil millones de pesos el precio de Carmen Aristegui", y se refería al conflicto que hemos sostenido con MVS -que, por cierto resolvió la Corte en dos juicios que ganamos muy ampliamente, celebrados por nosotros- y, en esa columna Tejado Dondé da una serie de datos y de informaciones importantes, uno de ellos relacionado con ese dato -que no teníamos pero que ahora lo sabemos- sobre la, no sé cuál es la expresión, venta o transferencia de derechos por la 2.5 a Carlos Slim desde MVS. 

¿Tú puedes corroborar que efectivamente esa transacción entre MVS y Carlos Slim para la 2.5 -ese asunto tan relevante- fue de esa cantidad, de cinco mil millones de pesos? 

GC: No te lo puedo corroborar en este momento porque no lo tengo presente, pero la información es pública. 

Déjame decirte una cosa: fue una concentración -como la que estamos hablando de Disney y Fox- que se ajustó a la Ley Federal de Competencia Económica, que fue conocida por el instituto -como autoridad de materia de competencia económica- y resuelta; que la información... 

CA: ¿Qué significa una concentración? A ver... explícanos. 

GC: En el proceso de Disney y Fox se vende una empresa cuando se acumulan activos arriba de los umbrales que establece la Ley Federal de Competencia Económica... esto implica que tiene que revisarse que no se generen fenómenos de concentración o acumulación, como señalaba el caso de Disney y Fox. 

Esa operación en particular que refieres fue una cooperación que hizo con la autorización del instituto, que siguió los procedimientos... 

CA: Sí, pues por eso te pregunto... 

GC: ...legales para revisarla. 

No te puedo confirmar el dato preciso de la cantidad que refieres en este momento, pero te lo hago llegar con mucho gusto, si es que no es información confidencial que tenga en el expediente... tengo obligaciones que cumplir conforme a la ley. 

Es una concentración autorizada y la resolución es pública, ¿eh?, como todas las demás que... 

CA: La resolución es pública y hubo un comunicado -creo que en 31 de diciembre, así que nadie se diera cuenta del asunto, una cosa así... y no se pudo saber el monto de esa concentración, operación. 

GC: Perdón ¿te refieres a un comunicado del IFT? 

CA: De América Móvil. 

GC: ¡Ah! Nuestro no fue, ¿eh?, nosotros publicamos las cosas en días y horas hábiles, ¿eh? 

CA: Anunciado eso en fines de año, pero en fin, eso es parte de la historia. 

Ya estoy -aquí- terminando el programa, pero me quiero detener para cerrar: en este caso, el dato que da Tejado Dondé en su artículo de "El Universal" se refiere a lo que Carlos Slim o su corporativo informa a la SEC en Estados Unidos... es de ahí de donde toma el dato de los cinco mil millones de pesos, que hoy -te pregunto a ti- si desde México podemos saber si efectivamente, esa transacción entre Joaquín Vargas y Carlos Slim por la 2.5 fue de cinco mil millones de pesos. 

GC: No tengo presente el dato, Carmen, te lo consigo con mucho gusto si es que es información que yo pueda revelar conforme a la ley; pero déjame decir algo muy importante que está detrás de este planteamiento... 

CA: ¿Por qué no podrías revelarlo si es una concesión de 2.5? 

GC: No, no, no, estoy hablando de una transacción de ventas de empresas... 

CA: ...Donde hay una concesión... 

GC: ...que es una concentración, una concesión y muchas otras más. 

Estamos hablando de valores en activo y de materia de una concentración. 

CA: Sólo me interesa la concesión. 

GC: La concentración es de empresas. Insisto, la resolución es pública, tú la puedes buscar ahorita en el portal de Internet y encontrarla. 

CA: Sí, pero no tiene el dato. 

GC: Déjame revisar por qué no lo tiene, si jurídicamente lo puedo dar... ¡lo tengo que dar, no tengo alternativa! Pero, tengo obligaciones también relacionadas con la propia ley, que tiene que ver con la privacidad de datos. 

Toda la información del instituto es por naturaleza pública y por excepción, por excepción, se reserva aquella información que la ley obliga a reservar. 

Lo que está detrás de este planteamiento -déjame ser muy tajante-: el IFT autoriza las concentraciones conforme a la ley, o las niega conforme a la ley, o impone condiciones conforme a la ley -como la de Disney y Fox, que estamos platicando hoy. No se mueve por ninguna otra razón que no sea el cumplimiento de la ley. 

Lo que pasa en operaciones privadas que mueva a otras personas es una cuestión que no nos compete resolver, sólo si jurídicamente procede una concentración de esa naturaleza porque genere o no genere efectos adversos a la competencia, que es lo que hicimos en aquel caso y es lo que hicimos en el caso que el día de hoy platicamos de Disney y Fox. 

CA: Bueno, Gabriel Contreras, nos debes esa revisión para saber si efectivamente, desde el IFT podemos tener el dato que obtuvo Tejado Dondé desde Estados Unidos sobre esa transacción o sobre esa concentración, así que nos quedas a deber esa parte y ya nos contarás de lo que esto significa. 

Gracias por estar aquí esta mañana, por hablar de estos temas y seguimos adelante. 

GC: Un gusto siempre, Carmen. 

CA: Gracias y buenos días a Gabriel Contreras, el presidente del IFT. 

 Fecha de la Entrevista: 13 March 2019

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