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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Alcances de la LFTR en materia de igualdad de género

01 May 2025

La recién publicada Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), tuvo el potencial de convertirse en un instrumento integral, transversal y coordinado con los instrumentos jurídicos existentes nacionales e internacionales que promueven los derechos humanos de las mujeres1. Si bien recupera los principios de igualdad de género y no discriminación e incluye ordenamientos en esta materia, está lejos de promover de manera plena e integral el derecho humano de las mujeres y las niñas a comunicar y a la información.

Sin embargo, los artículos aprobados sientan la base para avanzar en el cumplimiento de la agenda de género y comunicación en nuestro país. Revisaremos a continuación los avances y pendientes:

En mayo de 2014, presenté al Senado de la República la propuesta para transversalizar la iniciativa de Ley enviada por el Ejecutivo Federal con perspectiva de género. El objetivo era coadyuvar en el cumplimiento de los compromisos que el Estado mexicano asumió desde hace 19 años ante el sistema de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la comunidad internacional de garantizar el impulso de políticas y leyes de comunicación con dicho enfoque.

La iniciativa partía del supuesto de que la perspectiva de género requería ser transversalizada en la reforma de telecomunicaciones y radiodifusión, pues todas las dimensiones que estaban siendo discutidas en torno a esta legislación afectaban a las mujeres y las niñas. Asimismo, de que la transversalización de la perspectiva de género, garantizaría la solución a los problemas generados por la desigualdad de género en materia de comunicación e información y contribuiría a la realización plena de los derechos humanos de las mujeres y las niñas.

Con estos antecedentes, la propuesta presentada al Senado consistió en la elaboración de un documento que proponía modificaciones a la Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal, a fin de que promoviera plenamente el derecho humano de las mujeres comunicar y a la información, y la igualdad de género, así como que contribuyera al cumplimiento de los artículos primero, cuarto, sexto y séptimo constitucionales y otros ordenamientos legales.

Las propuestas de modificaciones referían a los capítulos: Disposiciones generales, Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), Concesiones, Neutralidad de la red, Cobertura universal, Contenidos, Producción nacional y Producción nacional independiente, Derechos de las audiencias, Sanciones en materia de telecomunicaciones, radiodifusión y de contenidos audiovisuales y Sistema Público de Radiodifusión en México. 

Se trataba de modificaciones a 35 artículos, dirigidas a impulsar, entre otras acciones, el servicio público con perspectiva de género; fomentar la participación paritaria2 de las mujeres en todos los niveles del órgano regulador; desarrollar el sistema de concesión con perspectiva de género; garantizar el acceso y participación paritaria de las mujeres a las empresas de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión y promover el respeto a sus derechos laborales; impulsar e incrementar la participación de las mujeres en la producción de contenidos audiovisuales; garantizar el acceso universal a las nuevas tecnologías con perspectiva de género; promover la producción de contenidos audiovisuales con perspectiva de género; empujar un “Programa Nacional de educación para los medios y las tecnologías de información con perspectiva de género” que involucre a la Secretaría de Educación Pública; impulsar defensorías de las audiencias con perspectiva de género; crear mecanismos que garanticen los derechos de las mujeres como usuarias de los servicios de las telecomunicaciones; impulsar la autorregulación con perspectiva de género; garantizar la propiedad intelectual con perspectiva de género y el derecho de réplica con perspectiva de género; instituir el “Consejo del derecho humano de las mujeres y las niñas a comunicar y a la información“; y crear el “Observatorio del derecho humano de las mujeres y las niñas a comunicar y a la información”.

Nuestra propuesta logró impactar en nueve artículos de la nueva legislación, al promover los principios de igualdad de género y no discriminación en los siguientes renglones: servicio público para las telecomunicaciones y la radiodifusión; servicio profesional del IFT; concesiones de uso social, incluyendo las comunitarias e indígenas; derechos de los usuarios de telecomunicaciones; contenidos audiovisuales y de la publicidad, y derechos de las audiencias.

Quedan pendientes: los avances en materia de acceso paritario de las mujeres a las empresas de los sectores de las telecomunicaciones y la radiodifusión y el respeto a sus derechos laborales; el impulso de la participación de las mujeres en la producción de contenidos audiovisuales; el acceso universal a las nuevas tecnologías con perspectiva de género; la promoción de un “Programa Nacional de educación para los medios y las tecnologías de información con perspectiva de género”; y en impulsar la autorregulación, la propiedad intelectual y el derecho de réplica. Confió en que el IFT asuma como propia la responsabilidad de crear el “Consejo del derecho humano de las mujeres y las niñas a comunicar y a la información“, que tenga como tarea la vigilancia de los sistemas de radiodifusión y telecomunicaciones en esta materia y, en este marco, el “Observatorio del derecho humano de las mujeres y las niñas a comunicar y a la información”, con el objetivo de contar con información sistemática de los distintos renglones de la agenda de género y comunicación en México.

 

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