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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Consulta pública sobre el Criterio Técnico para el cálculo y aplicación de un índice cuantitativo para determinar el grado de concentración en los mercados y servicios correspondientes a telecomunicaciones y radiodifusión.

Objetivo

Establecer los términos bajo los cuales se utilizarán los índices que se emplearán para el análisis de concentraciones conforme al artículo 63 de la Ley Federal de Competencia Económica como para su posible aplicación en investigaciones por prácticas monopólicas relativas, declaratorias de condiciones de competencia, insumos esenciales y barreras a la entrada, entre otros.

Duración

Del 26 de Octubre de 2015 al 07 de Diciembre de 2015

Descripción de la mecánica

Atendiendo a lo establecido en los artículos 12, fracción XXII, párrafo tercero, inciso a) y g), de la Ley Federal de Competencia Económica (Ley), y 13 de las Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Instituto) debe publicar en el Diario Oficial de la Federación los métodos de cálculo para determinar el grado de concentración que exista en el mercado relevante, así como los criterios técnicos para su aplicación. Por lo cual, resulta necesario someter a consulta pública el “Anteproyecto de Criterio Técnico para el cálculo y aplicación de un índice cuantitativo para determinar el grado de concentración en los mercados y servicios correspondientes a telecomunicaciones y radiodifusión” (Anteproyecto).

El Instituto, considerando la importancia de transparentar los procesos para la emisión de disposiciones de carácter general y fomentar la participación ciudadana activa, recibirá por escrito comentarios, opiniones y propuestas concretas del contenido del Anteproyecto.

En este tenor, el Instituto recibirá comentarios, opiniones y aportaciones concretas con relación al contenido del Anteproyecto, el cual tiene por objeto dar a conocer: 1) el índice mediante el cual el Instituto determinará el grado de concentración en los mercados  y servicios correspondientes a los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, 2) los umbrales que, como un indicio, permitirán al Instituto identificar las operaciones, incluyendo las concentraciones, en las cuales es poco probable que existan riesgos a la competencia económica y libre concurrencia, y 3) el ámbito de aplicación del índice y de los umbrales.

El Instituto recibirá los comentarios, opiniones y aportaciones que se tengan con relación al contenido del Anteproyecto, a través de la siguiente dirección de correo electrónico consulta.indice@ift.org.mx o bien, mediante escrito presentado en la Oficialía de Partes ubicada en Insurgentes Sur 1143, colonia Nochebuena, Delegación Benito Juárez, C.P. 03720, de lunes a jueves de las 9:00 a las 18:00 horas y los viernes de las 8:30 a las 16:30 horas.

Una vez concluido el periodo de la Consulta Pública, la Unidad de Competencia Económica elaborará un informe con un resumen de los comentarios, opiniones y propuestas concretas recibidas, así como de sus consideraciones, el cual será publicado en el sitio de Internet del Instituto. Los comentarios, opiniones y propuestas concretas que se encuentren relacionados entre sí, podrán ser agrupados en el informe referido.

Posteriormente, la Unidad de Competencia Económica someterá a consideración del Pleno del Instituto, un proyecto que considere el resultado de la consulta de mérito, a efecto de que, en su caso, sea aprobado el Criterio Técnico para el cálculo y aplicación de un índice cuantitativo para determinar el grado de concentración en los mercados y servicios correspondientes a telecomunicaciones y radiodifusión, para su posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación. 

Para cualquier duda, comentario o inquietud sobre la presente consulta pública, el Instituto pone a disposición de todos los interesados el siguiente número telefónico: (55) 50154000 Ext. 4047 el cual estará disponible en los mismos horarios de atención de la Oficialía de Partes del Instituto.

Finalmente, a efecto de asegurar una mayor accesibilidad e inclusión en sus procesos de consulta pública, el Instituto pone a disposición de todos los interesados los documentos e información materia de la presente consulta pública, en distintos formatos (v.gr. archivos .docx y .pdf) a efecto de facilitar su manejo, lectura y decodificación a voz. En el caso, de que considere que los documentos e información no reúnen las características de accesibilidad deseables, favor de contactarnos a través del siguiente número telefónico 018002000120 o bien, en las siguientes direcciones de correo electrónico: atencion@ift.org.mx o miguel.vazquez@ift.org.mx, para que, en un plazo no mayor a las 72 horas de recibida su petición, se le haga llegar el documento e información correspondiente en formato accesible.

Disposiciones aplicables

Una vez concluido el período de consulta pública, el Instituto no recibirá más comentarios, opiniones y aportaciones que se tengan con relación al Anteproyecto a razón de que se considerará cerrada la misma.

En caso que los comentarios, opiniones y aportaciones al Anteproyecto en consulta sean realizados en representación de otra persona, sea moral o física, deberá adjuntarse, de forma electrónica, copia simple del documento con el que se acredite dicha representación, por lo que, en caso contrario, la petición será entendida y registrada a título personal del remitente.

El Instituto agrupará los comentarios, opiniones y propuestas concretas que se encuentren relacionados entre sí.

Los comentarios, opiniones y aportaciones que reciba el Instituto con relación a la presente consulta pública, serán publicados íntegramente en su portal de internet y, en ese sentido, serán considerados invariablemente públicos salvo por lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

No se atenderán ni publicarán aquellos comentarios, opiniones y propuestas que no se encuentren relacionados con el objeto de la presente consulta pública.

2015

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Aviso

Los comentarios, opiniones y aportaciones que reciba el Instituto con relación a la presente Consulta Pública, serán publicados íntegramente en su portal de internet y, en ese sentido, serán considerados invariablemente públicos salvo por lo dispuesto en la normatividad vigente en materia de transparencia y acceso a la información pública, protección de datos personales o cualquier otra. 

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