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Ciudad de México, a 9 de febrero de 2023.

 

 

EL PLENO DEL IFT APRUEBA SU PROGRAMA ANUAL DE TRABAJO 2023

  • El IFT refrenda su compromiso de generar valor y beneficios a las personas usuarias de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión.
  • El PAT 2023 es un instrumento de transparencia y rendición de cuentas en el que el Instituto establece su agenda de trabajo, además de dar cumplimiento al mandato constitucional.
  • Contempla la realización de diversos estudios y análisis, así como programas e informes periódicos, con la finalidad de generar insumos para desarrollar proyectos que favorezcan el desarrollo de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión en beneficio de usuarios y audiencias.
  • Considera la realización de la tercera revisión bienal sobre el impacto, en términos de competencia, de las medidas asimétricas impuestas al Agente Económico Preponderante (AEP) en el sector de telecomunicaciones.
  • También incluye la revisión de la regulación asimétrica al AEP en radiodifusión.

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó su Programa Anual de Trabajo (PAT) 2023, acorde con el dinamismo de los sectores que regula y el entorno digital, que se integra por 23 proyectos alineados a los cinco objetivos institucionales y 9 de sus estrategias, definidas en la Hoja de Ruta 2021-2025 y que están encaminados a promover el desarrollo de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, así como mejores condiciones de competencia, en beneficio de la población mexicana.

Para continuar con su estrategia enfocada en promover el empoderamiento de las personas usuarias de servicios de telecomunicaciones, así como en fortalecer los derechos de los usuarios y de las audiencias en los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, el IFT realizará cursos y talleres, además de habilitar diversas herramientas en línea y plataformas con información oportuna y veraz que promuevan la reducción del analfabetismo digital y sensibilización en materia de ciberseguridad.

Dentro de los proyectos incluidos en el PAT 2023, está la conclusión de la Licitación IFT-11 que busca mejorar y ampliar la disponibilidad espectral para servicios de radiocomunicación especializada de flotillas en diferentes zonas geográficas de México. Asimismo, se prevé publicación de la convocatoria y bases de la Licitación IFT-12 para concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial de segmentos de espectro radioeléctrico para servicios de telecomunicaciones móviles, incluyendo los de última generación.

En atención a dos resoluciones mediante las cuales el Pleno del IFT resolvió la existencia de grupos de interés económico con Poder Sustancial en 35 y 9 mercados relevantes y derivado de dictámenes preliminares emitidos por la Autoridad Investigadora del IFT, en el PAT se considera la determinación de las obligaciones específicas a los Agentes Económicos con Poder Sustancial de Mercado (AEPSM) en el servicio de televisión y audio restringidos, lo anterior con el fin de evitar afectaciones a la competencia y libre concurrencia en mercados en los que operan.

Otro de los proyectos relevantes incluidos en el PAT es la tercera revisión bienal en el sector de telecomunicaciones, con el fin de revisar el impacto, en términos de competencia, de las medidas asimétricas impuestas al agente económico declarado como preponderante en el sector de telecomunicaciones (AEPT). De esta forma, se busca afinar el marco regulatorio asimétrico para eliminar posibles barreras a la entrada, así como incentivar la competencia y expansión de distintos participantes para que exista mayor diversidad en los servicios de telecomunicaciones con mejores condiciones de calidad y precio.

También se realizará la revisión de la regulación asimétrica impuesta al Agente Económico Preponderante en Radiodifusión (AEPR), con el fin de evaluar la eficacia, impacto y permanencia de dichas medidas, y realizar, en su caso, las modificaciones con el fin de adecuar la regulación para eliminar las barreras a la competencia y libre concurrencia en este sector.

Por otra parte, se iniciará  el proyecto referente a los Lineamientos para garantizar la seguridad de las comunicaciones de voz a través de redes públicas de telecomunicaciones, en los cuales, se determinarán las obligaciones técnicas y operativas que los prestadores de servicios de telefonía fija y móvil deberán implementar, con la finalidad de establecer mecanismos de seguridad que mitiguen el incremento de conductas de suplantación de identidad telefónica y spam en las llamadas realizadas a través de redes públicas de telecomunicaciones, en beneficio y protección de los usuarios.

Adicionalmente, como parte de la estrategia de Gobierno Electrónico del Instituto se implementará el Portal de firma electrónica para trámites y procesos institucionales internos, el Programa de Mejora Administrativa y la modificación de los Lineamientos para integrar el Acervo Estadístico en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.

Con la aprobación del PAT 2023, el IFT cumple con su mandato constitucional y refrenda su compromiso de generar valor y beneficios a las personas usuarias de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión en México.

El documento está disponible para su consulta y descarga en el siguiente enlace electrónico:

https://www.ift.org.mx/sites/default/files/pat_2023.pdf

Ciudad de México, a 07 de febrero de 2023.

 

EL IFT Y LA PROFECO COMIENZAN INTERCAMBIO DE EXPERIENCIAS

PARA FORTALECER AL CONSUMIDOR

  • El curso de capacitación virtual inició el pasado lunes 16 de enero y concluyó el martes 31 de enero del 2023.
  • La entrega de constancias se realizó el día de hoy en las instalaciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones, presidiendo el evento, el Comisionado Presidente en suplencia por ausencia, la Coordinadora General de Vinculación Institucional y el Subprocurador de Telecomunicaciones, quien asistió como invitado de honor.
  • El objetivo de las sesiones fue brindar conocimientos y conceptos especializados del sector de las telecomunicaciones a todo el personal de la Subprocuraduría de Telecomunicaciones de la PROFECO.

 

A fin de fortalecer el conocimiento de los funcionarios públicos de la Subprocuraduría de Telecomunicaciones de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), sobre temas especializados de este sector, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) impartió un curso de capacitación virtual a todo el personal de dicha área.

 

Las 12 sesiones que conformaron en este curso tuvieron lugar durante la segunda quincena de enero de este año, en cumplimiento a los compromisos de capacitación que se pactaron en el Convenio de Colaboración que el IFT y la PROFECO firmaron desde septiembre del 2016.

 

La capacitación consistió en cursos virtuales en los que se abordaron temas técnico-jurídicos, destacando el régimen de concesiones, la regulación económica, facultades en materia de medios y contenidos audiovisuales, conceptos de competencia económica, derechos de los usuarios y mecanismos de protección, así como los procesos de mejora regulatoria y la actividad internacional del Instituto, entre otros.

 

Estos cursos fueron recibidos y acreditados por el personal de la Subprocuraduría, quienes asistieron el día de hoy a las instalaciones del IFT a recibir su documento de acreditación.

 

La entrega de constancias estuvo a cargo del Comisionado Presidente en suplencia por ausencia del IFT, Javier Juárez Mojica; Merilyn Gómez Pozos, Coordinadora General de Vinculación Institucional, y de Pedro Rangel Magdaleno, Subprocurador de Telecomunicaciones, quien asistió como invitado de honor.

 

Con estas acciones, el IFT y la PROFECO suman esfuerzos en su objetivo común de brindar mejor atención y mayores beneficios a las personas usuarias de los servicios de telecomunicaciones.

Ciudad de México, a 1 de febrero de 2023.

 

EL IFT PUBLICA CÓDIGOS DE MEJORES PRÁCTICAS PARA LA CIBERSEGURIDAD EN EQUIPOS MÓVILES Y EN DISPOSITIVOS DEL INTERNET DE LAS COSAS

 

  • El Código de Mejores Prácticas para la Ciberseguridad en Equipos Terminales Móviles tiene por objeto recopilar recomendaciones y promover el uso y cuidado responsable de la información personal contenida en estos equipos.
  • El Código de Mejores Prácticas para la Ciberseguridad de los Dispositivos del Internet de las Cosas es un instrumento de referencia, con el objeto de coadyuvar a incentivar la innovación tecnológica del IoT, así como fomentar la confianza en el uso del internet y la promoción de la responsabilidad social en el ecosistema digital.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) publica el Código de Mejores Prácticas para la Ciberseguridad en Equipos Terminales Móviles y el Código de Mejores Prácticas para la Ciberseguridad de los Dispositivos del Internet de las Cosas (IoT), los cuales establecen recomendaciones de mejores prácticas con un enfoque basado en gestión de riesgos.

Los documentos se enfocan principalmente en recomendaciones técnicas, así como en la normativa interna de las organizaciones, abordando las deficiencias de seguridad más significativas.

Los Códigos consideran lo siguiente:

·        Código de Mejores Prácticas para la Ciberseguridad en Equipos Terminales Móviles (“Código ETM”)

A efecto de coadyuvar a la seguridad de la información de las personas usuarias finales en los Equipos Terminales Móviles (ETM) y en las redes de telecomunicaciones móviles, el Código ETM recopila recomendaciones de mejores prácticas en materia de ciberseguridad, las cuales también están dirigidas a fabricantes de ETM, a las personas que desarrollen y proporcionen servicios y aplicaciones, así como a los operadores móviles, para que sean adoptadas e implementadas en el uso, fabricación y operación de los ETM, en beneficio de los usuarios mediante la mitigación de amenazas, vulnerabilidades, riesgos y ataques de los que son objeto en el ecosistema móvil.

Asimismo, pretende crear e impulsar una cultura y conciencia en los usuarios finales, sobre el uso y cuidado responsable de la información personal contenida en éstos.

 

·        Código de Mejores Prácticas para la Ciberseguridad de los Dispositivos del Internet de las Cosas (IoT por sus siglas en inglés)

Es un instrumento de referencia para coadyuvar a incentivar la innovación tecnológica, así como fortalecer e impulsar el desarrollo del IoT en México y sus consecuentes beneficios sociales y económicos, además de incrementar la confianza en el uso del internet y fomentar la promoción de la responsabilidad social en el ecosistema digital mediante el uso de las mejores prácticas internacionales en materia de ciberseguridad. 

El Código establece las recomendaciones de mejores prácticas de ciberseguridad para dispositivos IoT, que puedan hacer uso del espectro radioeléctrico o ser conectados a redes de telecomunicaciones y que se encuentran expuestos a amenazas, vulnerabilidades, riesgos y ataques dentro del ecosistema digital; así como para aquellos servicios asociados que se encuentran vinculados a éstos y, que normalmente son requeridos para proporcionar la funcionalidad prevista por éstos.

Con el fin de incentivar la adopción del Código ETM y el Código IoT, el IFT plantea crear dos bases de datos en las que se almacene la información de los Dispositivos IoT y/o Servicios asociados y de los ETM, que cumplan total o parcialmente con las recomendaciones establecidas en los Códigos en comento.

El Código de Mejores Prácticas para la Ciberseguridad en Equipos Terminales Móviles está disponible para su consulta en el siguiente enlace:

https://ciberseguridad.ift.org.mx/files/guias_y_estudios/codigos_ciberseguridad_etm.pdf

El Código de Mejores Prácticas para la Ciberseguridad de los Dispositivos del Internet de las Cosas (IoT) está disponible para su consulta en el siguiente enlace:

https://ciberseguridad.ift.org.mx/files/guias_y_estudios/codigos_ciberseguridad_iot.pdf

Ciudad de México, a 26 de enero de 2023.

 

LOS SERVICIOS MÓVILES Y PAQUETES DE SERVICIOS FIJOS

ENTRE LOS PRODUCTOS QUE MÁS DISMINUYERON SUS PRECIOS EN 2022

 

 

  •  Los precios de los servicios móviles y de los paquetes de servicios fijos tuvieron una baja anual de 7.82% y 8.34% respectivamente, en diciembre de 2022, por lo que fueron de los precios con las mayores disminuciones observadas de entre los productos que integran el Índice Nacional de Precios al Consumidor.
  • La reducción en estos precios de servicios de telecomunicaciones contribuyó a evitar que la inflación fuera mayor a la observada a nivel nacional.
  • El comportamiento de los precios de dichos servicios repercutió en un beneficio directo para la economía de las familias.

 

Los precios de los servicios móviles (telefonía, internet y mensajes cortos) y de los paquetes de servicios fijos (incluyen internet, tv de paga y telefonía en el hogar), a diciembre de 2022 tuvieron una baja anual de 7.82% y 8.34% cada uno, de acuerdo con información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Dicha reducción contrasta con un incremento de 7.82% en los precios de la canasta de 299 productos (genéricos) considerada para medir la inflación.

En la figura 1 se observa claramente el contraste en los últimos años entre la inflación general (INPC) y la evolución de los precios de los servicios de telefonía móvil (incluyen internet y mensajes cortos) y los paquetes de internet, telefonía y TV, los cuales han disminuido drásticamente. Cabe mencionar que para la primera quincena de enero de 2023 esta tendencia se mantiene.

Esto representa un beneficio directo sobre los 88.6 millones de usuarios de internet que hay en México, que equivalen al 75.6% de la población de 6 años o más y cuyos usos del internet se concentran principalmente para comunicarse (93.8%), buscar información (89.9%), acceder a redes sociales (89.8%) y capacitación o apoyo a la educación (83.1%). La disminución de los precios tiene un impacto directo en el acceso y uso de estos servicios.

Destaca también que los genéricos de telefonía móvil y paquetes de internet, telefonía y tv de paga funcionaron como un “ancla” para evitar que la inflación fuera mayor a la observada, lo cual se explica en la siguiente tabla, en la que se muestran los diez genéricos cuyo precio disminuyó y que tuvieron mayor contribución para detener dicho incremento, y que si bien no lograron disminuir la inflación, sí la mitigaron.[1]

 

Al ordenar todos los genéricos del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) [2] de mayor a menor, de acuerdo con sus incidencias sobre la inflación general en 2022 se observa que el gas doméstico LP, así como los servicios móviles y de paquetes fueron los que más contribuyeron a la baja.

De los 299 genéricos que integran el INPC y que se clasifican en 12 divisiones, sobresale que solo la de Comunicaciones (que incluye los genéricos de telefonía móvil y paquetes) presentó una reducción anual de precios, con una disminución de 5.9 por ciento.

 

 

La disminución de los precios de comunicaciones significó un ahorro que las familias pudieron destinar al consumo de otros bienes o servicios esenciales. Esta reducción es importante considerando que en 2020 los hogares en México gastaban mensualmente en promedio $347 en servicios móviles y $465 en servicios fijos, lo que representa 1.9% y 2.23% de sus ingresos, respectivamente[3]. De esta manera, la proporción destinada a comunicaciones, con los mismos servicios, pudo haber disminuido.

Lo anterior refleja que el sector de telecomunicaciones en México se mantiene estable en beneficio de las personas usuarias de los servicios móviles y fijos.



 

[1]En lo que respecta a la contribución de cada genérico sobre la inflación anual en México, el INEGI utiliza el concepto de “incidencia” para representar la aportación de cada componente del INPC sobre la inflación general. Bajo esta metodología, la suma de las incidencias de todos los genéricos será igual a la inflación nacional. Al respecto, cabe señalar que una incidencia puede ser positiva o negativa: una incidencia positiva contribuye al alza de la inflación, mientras que una incidencia negativa implica que la inflación general sea menor. De esta manera, la estimación de incidencias permite conocer la magnitud y dirección de los cambios de precios de cada genérico sobre la inflación nacional.

La incidencia se calcula utilizando el índice del genérico en el periodo de estudio (IPC P), el índice del genérico en el periodo anterior (IPC Pt-1), el INPC general o nacional del periodo anterior (INPCt-1) y el ponderador vigente de cada genérico en la Canasta del INPC (wP).  Incidencia del genérico = ((IPC P- IPC Pt-1)/INPCt-1)*wP. En ciertos casos, la suma de los componentes de algún grupo de subíndices puede tener alguna discrepancia por efectos de redondeo.

 

[2] Para la estimación del INPC se utilizan 299 genéricos agrupados en 12 divisiones de acuerdo con la Clasificación del Consumo Individual por Finalidades (CCIF). Para mayor detalle consulte el Documento metodológico del Índice Nacional de Precios al Consumidor, publicado por INEGI, disponible en: https://www.inegi.org.mx/app/biblioteca/ficha.html?upc=702825104177

 

[3]Promedio de gasto mensual en servicios de telecomunicaciones fijas y móviles de los hogares que disponen y gastan en dichos servicios de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ingreso y Gasto en los Hogares 2020.

 

 

Ciudad de México, a 24 de enero de 2023.

 

 

EL PLENO DEL IFT EMITE LAS DISPOSICIONES REGULATORIAS EN MATERIA

DE COMUNICACIÓN VÍA SATÉLITE

 

  • Se actualiza el marco regulatorio conforme a los avances tecnológicos en materia de comunicación vía satélite.
  • Con ello se da certeza jurídica en el entorno del sector satelital, se incentivan las inversiones y la provisión de más servicios a través de sistemas satelitales nacionales o sistemas satelitales extranjeros, en áreas remotas o de difícil acceso, lo que se traduce en una mayor oferta de acceso a servicios de telecomunicaciones y radiodifusión a las personas usuarias finales.
  • Las Disposiciones Regulatorias se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero y entrarán en vigor a los 30 días hábiles posteriores a su publicación.

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emite las Disposiciones Regulatorias en materia de Comunicación Vía Satélite (Disposiciones Regulatorias) que tienen por objetivo actualizar y flexibilizar el marco regulatorio conforme a los avances tecnológicos en materia de comunicación vía satélite.

Las Disposiciones Regulatorias brindan certeza jurídica a todos los participantes en el entorno del sector satelital, al ser un instrumento jurídico integral en la materia que vincula la regulación existente de manera sistemática. Se establecen con claridad los procedimientos y plazos para los diversos trámites contemplados en dicha regulación, y se definen los mecanismos para el cumplimiento, eficiencia y efectividad de dichas Disposiciones.

Se busca incentivar las inversiones y la provisión de más servicios a través de sistemas satelitales nacionales o sistemas satelitales extranjeros, además de promover el desarrollo y la innovación tecnológica, para brindar más posibilidades de acceso a las telecomunicaciones y radiodifusión a través de satélites en áreas remotas o de difícil acceso, lo que se traduce en  una mayor oferta a las personas usuarias finales, y así contribuir con los ejes de la política en materia satelital del Estado Mexicano como la inclusión social, el desarrollo económico y tecnológico, así como la cooperación internacional y la seguridad nacional.

Las Disposiciones Regulatorias pretenden generar un mercado de comunicación vía satélite y recursos orbitales más eficiente y competitivo, al regular el uso, aprovechamiento y explotación de las Posiciones Orbitales Geoestacionarias (POG), las órbitas satelitales con sus respectivas bandas de frecuencias asociadas, las misiones de corta duración, la comunicación con vehículos espaciales y el servicio complementario terrestre para sistemas satelitales.

Para la elaboración de este nuevo marco normativo, se consideraron figuras y artículos del Reglamento de Comunicación Vía Satélite que sirvieron de apoyo para desarrollar un régimen conforme a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, más claro y actualizado, que se plasma en el texto de las Disposiciones Regulatorias, por lo que el Reglamento de Comunicación Vía Satélite quedaría sustituido por esta nueva disposición.

Dentro de los principales tópicos que aborda esta nueva regulación se encuentran: la introducción de la figura de “autorización genérica” de estaciones terrenas transmisoras (o blanket license), por medio de la cual a través de una sola licencia se autoriza el despliegue y operación de diversos modelos de estaciones terrenas transmisoras, lo cual dará más agilidad y flexibilidad al despliegue de infraestructura satelital.

Flexibiliza el uso privado con propósitos de radioaficionados vía satélite sustituyendo el modelo actual por un registro simplificado ante el Instituto. Considera las misiones de corta duración, que son de gran importancia para la investigación y la innovación por parte de las instituciones públicas de educación superior, y la regulación adecuada de un Plan de reemplazo satelital, la desorbitación, reubicación y operación en órbita inclinada para buscar garantizar la preservación de los recursos orbitales asignados a favor del Estado Mexicano.

Las Disposiciones Regulatorias se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2023 y entrarán en vigor a los 30 días hábiles posteriores a su publicación.

Ciudad de México, a 23 de enero de 2023.

 

EL IFT INCORPORA UN MAYOR NÚMERO DE TRÁMITES Y SERVICIOS A SU VENTANILLA ELECTRÓNICA, A TRAVÉS DE LA FUNCIONALIDAD “MÁS TRÁMITES Y SERVICIOS”

 

  • El Pleno del Instituto aprobó modificar los Lineamientos de Ventanilla Electrónica, para permitir a los Concesionarios y Autorizados, sustanciar diversos trámites y servicios.
  • Se fortalece un gobierno electrónico y abierto aprovechando el uso de las TIC, minimizando el impacto administrativo.
  • Con la entrada en vigor de la modificación, el Instituto estará en condiciones de habilitar, a través de una plataforma electrónica, el 73 % del total de los trámites y servicios contenidos en su Registro, lo que representa incorporar a un medio electrónico el 90.3 % del total de los asuntos que recibió en el año 2021.

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó el Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica el artículo Cuarto Transitorio de los Lineamientos para la sustanciación de los trámites y servicios que se realicen ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones, a través de la Ventanilla Electrónica, con el objeto de establecer medidas de simplificación administrativa en materia de gobierno electrónico, en los trámites y servicios que se indican”.

Mediante la implementación de una funcionalidad denominada “Más Trámites y Servicios”, los Concesionarios y Autorizados tendrán la posibilidad de presentar y sustanciar diversos trámites y servicios, fortaleciendo un gobierno electrónico y abierto aprovechando el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) y minimizando significativamente el impacto administrativo de éstos a la industria. De cualquier forma, se podrán seguir presentando en la Oficialía de Partes Común hasta en tanto se concluyan los ajustes y adecuaciones de carácter normativo, procedimental y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones necesarios para que todos los trámites y servicios se realicen de punta a punta en la Ventanilla Electrónica.

Algunos de los trámites de mayor frecuencia que se incorporan a la Ventanilla electrónica son los siguientes:

1.      Presentación de aviso de suspensión temporal de transmisiones del servicio de radiodifusión por hecho fortuito o causa de fuerza mayor y normalización del servicio. Modalidad A: AM/FM.

2.      Presentación de información técnica, legal, programática y económica por parte de concesionarios (uso comercial, público, social incluyendo comunitarias e indígenas) de estaciones de radiodifusión. Modalidad A: Sonora en amplitud modulada y frecuencia modulada.

3.      Presentación de información técnica, legal, programática y económica por parte de concesionarios (uso comercial, público, social incluyendo comunitarias e indígenas) de estaciones de radiodifusión. Modalidad B: Televisión digital terrestre.

4.      Entrega periódica de Información General Estadística. Modalidad A: Para Operador que actualiza alguno de los supuestos determinados por Servicio con base en su volumen de comercialización y/o provisión de servicios.

5.      Solicitud de asignación de numeración nacional. Modalidad A: Concesionarios de Redes Públicas de Telecomunicaciones.

6.      Entrega periódica de Información General Estadística. Modalidad D: Sobre la Comercialización de Servicios Minoristas.

7.      Entrega periódica de Información General Estadística. Modalidad N: Sobre el Servicio Minorista Fijo de Televisión y/o Audio Restringidos.

8.      Entrega periódica de Información General Estadística. Modalidad E. Sobre el Servicio Minorista Fijo de Telefonía.

9.      Solicitud de actualización del Registro de los servicios de telecomunicaciones comercializados, para efectos del acervo estadístico del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

10.   Solicitud de autorización para la instalación o modificación técnica de estaciones de radiodifusión (Estaciones principales, plantas emergentes y, en su caso, equipos complementarios). Modalidad C. Servicio de Televisión Digital Terrestre.

La modificación a los Lineamientos de Ventanilla Electrónica, entrará en vigor a los 30 días hábiles, contados a partir, del día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que, a partir de esa fecha, este órgano constitucional autónomo habrá habilitado a través de una plataforma electrónica, el 73% del total de los trámites y servicios contenidos en su Registro, lo que representará incorporar a un medio electrónico el 90.3 % del total de los asuntos que recibió en el año 2021.

Con lo anterior, el IFT reafirma su compromiso y responsabilidad de fomentar el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y la radiodifusión.

Ciudad de México, a 23 de enero de 2023.

  

EL IFT EMITE LOS LINEAMIENTOS PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE

FRECUENCIAS CLASIFICADAS COMO ESPECTRO PROTEGIDO

PARA CONTROL OPERACIONAL AERONÁUTICO

 

  • Se establece un nuevo marco regulatorio sobre el uso del espectro necesario para servicios de despacho de vuelos y control operacional.
  • Da certeza a los interesados en usar estas frecuencias mediante la expedición de la Cédula de Registro AOC, que será inscrita en el Registro Público de Concesiones.

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó en su XXIX sesión Ordinaria el Acuerdo mediante el cual emite los “Lineamientos para el registro y control de frecuencias clasificadas como espectro protegido en el segmento 129.900-132.025 MHz para control operacional aeronáutico”, con lo que se establece un nuevo marco regulatorio sobre el uso de dicho espectro.

La emisión de los Lineamientos busca dar certeza a los particulares respecto al uso de las frecuencias en el segmento 129.900-132.025 MHz para control operacional aeronáutico (AOC, por sus siglas en inglés), prevé la creación de un registro para la administración y el control adecuado del uso de las frecuencias necesarias para los prestadores del servicio de despacho de vuelos y control operacional para que se mantenga en óptimas condiciones la vigilancia y el seguimiento del vuelo durante toda su ruta.

Se considera la expedición de la Cédula de Registro AOC, que conlleva el registro de la frecuencia específica que podrá ser utilizada durante el periodo de vigencia de la autorización de oficina de despacho que emitan las autoridades aeronáuticas y que será inscrita en el Registro Público de Concesiones para su consulta y descarga en formato digital.

El proceso para la inscripción de frecuencias, y la modificación, renovación o cancelación de inscripciones dentro del segmento 129.900-132.025 MHz para el control operacional aeronáutico implica la participación activa de la autoridad aeronáutica, la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), y del proveedor de servicios de navegación aérea, Servicios a la Navegación del Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM), ambos dependientes de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, que participaron en el proceso de elaboración de los Lineamientos de mérito.

Con la emisión de estos Lineamientos, el Instituto da cumplimiento a su obligación legal relativa a la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, así como también permite que los interesados en utilizar una frecuencia en el segmento 129.900-132.025 MHz para control operacional aeronáutico tengan una menor carga administrativa.

Ciudad de México, a 16 de enero de 2023.

 

 

EL PLENO DEL IFT MODIFICA LOS LINEAMIENTOS QUE FIJAN LOS ÍNDICES Y PARÁMETROS DE CALIDAD A QUE DEBERÁN SUJETARSE LOS PRESTADORES DEL SERVICIO MÓVIL

 

  • Las mediciones de calidad que hace el IFT en los servicios móviles tienen el fin de garantizar que estos se ofrezcan en mejores condiciones en beneficio de las personas usuarias.
  • Se modifica el valor del tiempo máximo permitido para el establecimiento de llamadas, con el fin de reflejar los tiempos adicionales que ahora se requieren ante la integración de nuevas tecnologías en las redes móviles.
  • El IFT trabaja para que las personas usuarias reciban servicios de telecomunicaciones de calidad que satisfagan sus necesidades y para que cuenten con la información para un consumo mejor informado. 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó, en su XXIX Sesión Ordinaria, la modificación de los Lineamientos que fijan los índices y parámetros de calidad a que deberán sujetarse los prestadores del servicio móvil (“Lineamientos del servicio móvil”), mediante la cual se actualiza el tiempo máximo permitido para el establecimiento de las llamadas, por lo que se establece que si después de 20 segundos de haber sido pulsada la tecla para marcar no se logra la conexión, ésta se considerará como intento de llamada fallida.

Este indicador forma parte de las mediciones de calidad que hace el IFT en los servicios móviles, con el fin de garantizar que se cumplan los parámetros fijados y que los servicios se ofrezcan en mejores condiciones en beneficio de las personas usuarias.

La modificación aprobada resultó necesaria debido a que actualmente en las redes móviles conviven múltiples tecnologías, por lo que cuando una persona hace uso del servicio móvil cada vez es más común que la red alterne entre tecnologías como 2G, 3G, 4G y 5G, dependiendo de la señal que esté recibiendo, lo que implica tiempos adicionales para establecer la conexión.

El impacto en el establecimiento de las llamadas en las redes móviles es aún más notorio cuando se tiene una interacción con las redes 4G, ya que se introducen tiempos que antes no se consideraban, al tener que pasar de una tecnología a otra, dado que la llamada es direccionada por la red 4G hacia una red 3G o 2G antes de poder ser establecida.

En su momento, cuando se emitieron los Lineamientos, la cobertura de las redes 4G se encontraba en una etapa temprana y no se contaba con despliegues comerciales de voz a través de redes LTE (VoLTE, Voice over LTE), y hay que considerar que una de las principales características es que se trata de una red de datos, donde la voz es transportada a través del protocolo IP, lo que no ocurre con las redes 2G y 3G que operan de manera distinta.

La introducción de VoLTE en las redes móviles ha tenido tiene un impacto en la calidad de servicio de extremo a extremo, lo que ha sido reconocido en las recomendaciones internacionales emitidas por el sector de normalización de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT-T), así como en especificaciones técnicas del Instituto Europeo de Estándares Técnicos (ETSI), lo cual también fue considerado para determinar la actualización de los Lineamientos, en función de dicho impacto.

Es por ello que, reconociendo este proceso técnico, el Pleno del IFT aprobó modificar los Lineamientos del servicio móvil para que ahora una llamada sea considerada como fallida si supera el tiempo máximo de establecimiento de 20 segundos, sin embargo, se mantiene el índice de que al menos 97% de las llamadas deben establecerse dentro de ese lapso permitido.

Los lineamientos prevén la aplicación de una metodología específica para realizar los ejercicios de medición y evaluar el cumplimiento de los Parámetros de Calidad para cada uno de los servicios prestados por los operadores móviles.

De esta manera, el IFT trabaja para que las personas usuarias reciban servicios de telecomunicaciones de calidad que satisfagan sus necesidades y para que cuenten con la información para un consumo mejor informado.

Ciudad de México, a 12 de enero de 2023.

 

 

EL IFT INFORMA SOBRE LA RESOLUCIÓN DE UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

EN CONTRA DE TELÉFONOS DE MÉXICO

 

  • El Pleno determinó que, con base en las pruebas y defensas aportadas en el expediente, no es posible entrar al análisis del fondo de la conducta finalmente imputada, ni concluir sobre el incumplimiento y, en consecuencia, la imposición de una sanción.
  • Al igual que todos los casos que corresponde resolver al máximo órgano de gobierno del Instituto, éste se condujo en estricto apego al estado de Derecho, bajo criterios técnicos y jurídicos, conforme a las facultades conferidas a este órgano regulador.

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió, en su décima sesión extraordinaria celebrada el 9 de diciembre de 2022, el procedimiento administrativo instaurado en contra de Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. bajo el número de expediente E-IFT.UC.DG-SAN.I.0041/2018 y su acumulado E-IFT.UC.DG-SAN.I.0075/2019, del cual la empresa ha sido debidamente notificada.

Sobre este caso, tras un exhaustivo estudio del expediente, el Pleno determinó que, con base en las pruebas y defensas aportadas en el expediente, no es posible entrar al análisis del fondo de la conducta finalmente imputada, ni concluir sobre el incumplimiento y, en consecuencia, la imposición de una sanción.

Es oportuno señalar que cada asunto debe ser analizado en sus méritos a partir de la evidencia, imputaciones, pruebas y defensas que se aportan en el procedimiento y que forman parte del expediente respectivo. En este sentido, el expediente resuelto en este procedimiento es significativamente diferente del analizado y votado en enero de 2020 en el que se le impuso una multa a Telnor, filial de Telmex.

La resolución del Pleno está técnica y jurídicamente fundamentada, en cumplimiento al marco legal y conforme a las facultades conferidas a este órgano regulador, respetando las garantías de cualquier ente regulado. Al igual que todos los casos que corresponde resolver al máximo órgano de gobierno del Instituto, éste se condujo en estricto apego al estado de Derecho.

La transparencia en sus actos y resoluciones ha caracterizado la labor de este órgano autónomo, los cuales están a disposición de cualquier interesado para su consulta en el portal de internet del Instituto, una vez que se cuenta con las versiones públicas, conforme a la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública.

Ciudad de México, a 11 enero de 2023. 

EL IFT PRESENTA EL ESTUDIO DE CONTINUIDAD DE LOS SERVICIOS

DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN AMPLITUD MODULADA 2022

  • El estudio incorpora al análisis las nuevas concesiones de servicios de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada (AM) y Frecuencia Modulada (FM) otorgadas por el IFT al amparo de los Programas Anuales de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias (PABF).
  • Los resultados del estudio comprenden el análisis de continuidad del servicio para un total de 53 estaciones de radio AM que tienen la obligación de mantener transmisiones.
  • Se identificó que únicamente una de las 53 estaciones de AM sujetas a continuar con sus trasmisiones, tiene condiciones de cesar operaciones debido a que existe continuidad del servicio al 100%.

La Unidad de Espectro Radioeléctrico (UER) del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) presenta el Estudio de Continuidad de los Servicios de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (AM), el cual actualiza el ejercicio similar realizado en 2018 e incorpora al análisis las nuevas concesiones de servicios de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada (AM) y Frecuencia Modulada (FM), otorgadas por el IFT como parte de los Programas Anuales de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias (PABF), los resultados del Censo de Población y Vivienda del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) 2020, así como la información técnica respecto de la infraestructura de radiodifusión sonora publicada en el portal del IFT al mes de octubre de 2022; lo que en  conjunto, influye en las condiciones de continuidad del servicio respecto a las analizadas hace 4 años.

Los resultados del estudio comprenden el análisis de continuidad del servicio para un total de 53 estaciones de radio AM que tienen la obligación de mantener transmisiones, toda vez que en la cobertura de dichas estaciones se encuentran localidades que únicamente reciben el servicio de AM.

De los análisis realizados, se identificó que únicamente una de las 53 estaciones de AM sujetas a continuar con sus trasmisiones, presenta continuidad del servicio al 100%, derivado de lo cual cesó sus operaciones una vez transcurrido el plazo de un año a partir del inicio de operaciones de la estación FM, por lo que el espectro de la estación AM ha sido revertido a la Nación.

Es importante recordar que los estudios de continuidad del servicio aplican para aquellas concesiones de AM que obtuvieron el cambio de frecuencia por una de FM al amparo del Acuerdo de Migración de AM a FM del 2008[1] o de los Lineamientos de Cambio de AM a FM de 2016[2]; en los que se estableció que los concesionarios que se sujetaran a dichos instrumentos, deberían mantener la operación simultánea de las estaciones de AM y FM -transmitiendo el mismo contenido programático- durante un año, después del cual deberían cesar las operaciones de la estación AM, siempre y cuando en las localidades contenidas dentro del área de servicio de la estación de AM se mantuviera la continuidad del servicio de radiodifusión sonora a través de la estación de FM producto de la migración, o bien, de otras estaciones que proporcionen el servicio de radiodifusión sonora.

En caso contrario, si a consecuencia del cese de operaciones de la estación de AM, alguna localidad contenida dentro de su área de servicio se quedara sin acceso al servicio de radiodifusión sonora en alguna de sus modalidades, la estación de AM debería continuar en operación hasta en tanto la autoridad competente determinara lo conducente.

El contenido del documento, las conclusiones y recomendaciones plasmadas en el mismo, no representan posicionamiento alguno por parte del Pleno del Instituto.

El Estudio de Continuidad de los Servicios de Radiodifusión Sonora en AM, está considerado como parte del Programa Anual de Trabajo 2022 del IFT y está disponible para su consulta en el siguiente enlace:

https://www.ift.org.mx/sites/default/files/estudio_de_continuidad_de_los_servicios_de_radiodifusion_sonora_en_am_2022_-_vf_20221114_1.pdf



[1] Acuerdo por el que se establecen los requisitos para llevar a cabo el cambio de frecuencias autorizadas para prestar el servicio de radio y que operan en la banda de Amplitud Modulada, a fin de optimizar el uso, aprovechamiento y explotación de un bien de dominio público en transición a la radio digital, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de septiembre de 2008.

[2] Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba y emite los Lineamientos mediante los cuales el Instituto Federal de Telecomunicaciones establece los criterios para el cambio de frecuencias de estaciones de radiodifusión sonora que operan en la banda de Amplitud Modulada a Frecuencia Modulada, publicado en el DOF el 24 de noviembre de 2016.

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