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El Pleno del IFT revisa la propuesta de las ofertas de referencia de servicios mayoristas presentadas por Telmex, Telnor y Telcel (Comunicado 33/2014)

El Pleno del IFT revisa la propuesta de las ofertas de referencia de servicios mayoristas presentadas por Telmex, Telnor y Telcel

 

  • Resuelve requerir diversas modificaciones al Agente Económico Preponderante a efecto de que las ofertas mayoristas permitan la prestación de servicios de telecomunicaciones en condiciones equitativas de competencia
  • Una vez que le sean notificados los acuerdos, el Agente Económico Preponderante contará con 20 días hábiles para atender los requerimientos del Instituto y remitir nuevamente las Ofertas de Referencia para su consideración

 

Como se informó en su oportunidad, el 6 de marzo del presente año, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó la resolución mediante la cual determinó al agente económico preponderante en el sector de las telecomunicaciones (Telmex, Telnor y Telcel) y le impuso medidas específicas, de conformidad con lo establecido en el artículo Octavo Transitorio del decreto de reforma constitucional en materia de telecomunicaciones.

Entre dichas medidas se establece que Telmex, Telnor y Telcel deberán presentar, para aprobación del Instituto, las Ofertas de Referencia de los siguientes servicios mayoristas:

  • Arrendamiento de enlaces dedicados
  • Acceso y Uso Compartido de Infraestructura Pasiva en redes fijas.
  • Acceso y Uso Compartido de Infraestructura Pasiva en redes móviles
  • Operadores Móviles Virtuales.
  • Servicio Mayorista de Usuario Visitante.

Luego de realizar un exhaustivo análisis de las propuestas de Ofertas de Referencia presentadas por parte de Telmex, Telnor y Telcel ante el Instituto, el Pleno resolvió, en sesión extraordinaria el día de hoy, requerir diversas modificaciones al Agente Económico Preponderante a efecto de que las ofertas mayoristas permitan la prestación de servicios de telecomunicaciones en condiciones equitativas de competencia, en cumplimiento al objetivo de las medidas determinadas por este Instituto.

Una vez que le sean notificados los acuerdos al Agente Económico Preponderante, éste contará con 20 días hábiles para atender los requerimientos del Instituto y remitir nuevamente las Ofertas de Referencia, a efecto de que el Instituto las autorice, o que las modifique en sus términos y condiciones cuando no se ajusten a las medidas o no ofrezcan condiciones que favorezcan la competencia en el sector.

 

 Fecha del Comunicado: 20 August 2014

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