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El Pleno del IFT niega solicitud de ampliación de suspensión del plazo para desincorporar Fox Sports en México. (Comunicado 40/2021) 06 de mayo | Instituto Federal de Telecomunicacioness


El Pleno del IFT niega solicitud de ampliación de suspensión del plazo para desincorporar Fox Sports en México. (Comunicado 40/2021) 06 de mayo

Ciudad de México, a 06 de mayo de 2021.

 

EL PLENO DEL IFT NIEGA SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DE SUSPENSIÓN

DEL PLAZO PARA DESINCORPORAR FOX SPORTS EN MÉXICO

 

  • El IFT determinó que no se justifica suspender de nueva cuenta el período de desincorporación, ya que las circunstancias ocasionadas por la pandemia de COVID-19, que en su momento afectaban el Proceso de Desincorporación, hoy en día son distintas y no se observa una absoluta imposibilidad de los involucrados en el proceso de Desincorporación de atender en su totalidad el cuidado de sus intereses.
  • En términos de la Resolución contenida en el Acuerdo P/IFT/110319/122 del 11 de marzo de 2019, con posterioridad a la conclusión del Periodo de Desincorporación, las Partes deberán presentar para aprobación del Instituto los términos y condiciones del contrato del Fideicomiso.
  • Asimismo, una vez finalizado el Periodo de Desincorporación y mientras la propiedad y todos los Activos de Fox Sports México no sean aportados al Fideicomiso, las Partes siguen obligadas a mantener y enajenar (vender) un negocio viable, competitivo, en marcha e independiente.

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) determinó no autorizar la solicitud de The Walt Disney Company (Disney) y Twenty-First Century Fox, Inc. (21CF y en conjunto con Disney, las “Partes”) sobre una ampliación a la suspensión del periodo de desincorporación para vender el negocio de Fox Sports en México, por lo que dicho periodo concluye el 7 de mayo del 2021.

 

Las Partes solicitaron al IFT una ampliación a la suspensión del plazo de desincorporación otorgada previamente por el Pleno del Instituto, y que feneció el 1 de mayo. Sin embargo, del análisis realizado, el Instituto considera que las circunstancias ocasionadas por la pandemia de COVID-19, que en su momento afectaban el Proceso de Desincorporación, hoy en día son distintas; tal es el caso de la reanudación de actividades económicas y diversos eventos deportivos, avances en los procesos de vacunación de la población contra la enfermedad COVID-19 y la posibilidad de realizar diversas actividades laborales (incluidas las negociaciones) desde casa, por lo que no se justifica ampliar de nueva cuenta la suspensión del Período de Desincorporación.

En términos del numeral 8.4.11. de la Resolución contenida en el Acuerdo P/IFT/110319/122 del 11 de marzo de 2019, con posterioridad a la conclusión del Periodo de Desincorporación, las Partes deberán presentar, para aprobación del Instituto, los términos y condiciones del contrato del Fideicomiso, incluyendo la identificación del posible fiduciario.

Asimismo, mientras la propiedad y todos los Activos de Fox Sports México no sean aportados al Fideicomiso, las Partes siguen obligadas a mantener y enajenar (vender) un negocio viable, competitivo, en marcha e independiente de las Partes, en términos de los numerales 8.4.3 a 8.4.10 de la Resolución.

 Fecha del Comunicado: 06 May 2021

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