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El IFT informa sobre prórroga de la concesión de Telmex (Comunicado 90/2021) 21 de octubre

Ciudad de México, a 21 de octubre de 2021.

 

 

EL IFT INFORMA SOBRE PRÓRROGA DE LA CONCESIÓN DE TELMEX

  • Desde el pasado 1 de diciembre de 2016, el Pleno de este órgano autónomo resolvió, conforme a sus atribuciones constitucionales, aprobar la solicitud de la prórroga de concesión presentada por Telmex, tras acreditar que se cumplieron los supuestos previstos en la Ley para este procedimiento.
  • En la resolución se determinó que será hasta el primer trimestre del 2023 cuando este Instituto entregue el título de concesión a la empresa.
  • Esta decisión se tomó al considerar que, ante el dinamismo del mercado de las telecomunicaciones y el hecho de que Telmex está sujeta a regulación asimétrica por ser parte del Agente Económico Preponderante en el sector de las telecomunicaciones, en 2016 no se tenía la certeza de cómo evolucionarían las condiciones del mercado y los efectos que generaría la citada regulación asimétrica en los siguientes años.

En relación con lo expresado el día de hoy por el C. Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, durante la conferencia matutina, en torno a la prórroga de la concesión de Teléfonos de México (Telmex), el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) hace las siguientes precisiones:

  • En estricto apego a lo mandatado por la Constitución en su artículo 28, párrafo décimo séptimo, en el que se establece la facultad exclusiva del IFT para otorgar y prorrogar las concesiones de los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión; y conforme a lo dispuesto en el artículo 15 fracción IV de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), el Pleno de este órgano autónomo resolvió, desde el pasado 1 de diciembre de 2016, aprobar la solicitud de la prórroga de concesión presentada por Telmex, otorgándola por una vigencia de 30 años, tras acreditar que se cumplieron los supuestos previstos en la Ley para este procedimiento.
  • Conforme lo dispone el marco legal vigente desde la reforma constitucional de 2014 en materia de telecomunicaciones y de radiodifusión, para el otorgamiento de la prórroga señalada en favor de Telmex, se contó con la opinión técnica no vinculante del Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
  • En este sentido, en la resolución por la que el Pleno del IFT autorizó la prórroga de vigencia de la concesión de Telmex, se establece que será hasta el primer trimestre del año 2023 cuando este Instituto entregue a dicha empresa el título de concesión que corresponda, una vez que se determinen las condiciones técnico-regulatorias a las que quedará obligada, las que serán resueltas exclusivamente por el IFT.
  • Esta decisión se tomó al considerar que, ante el dinamismo del mercado de las telecomunicaciones y el hecho de que Telmex está sujeta a una regulación asimétrica por ser parte del Agente Económico Preponderante en el sector de las telecomunicaciones, en el año 2016 no podría preverse la evolución de la prestación de servicios, las condiciones del mercado y los efectos que generaría la citada regulación asimétrica en los siguientes años.
  • Es importante señalar que todo el proceso por el cual se determinó el otorgamiento de la prórroga de la concesión estuvo, como en todos los casos que resuelve el IFT, apegado a lo establecido en la LFTyR, en tiempo y forma. El Instituto recibió la solicitud de prórroga el 7 de marzo de 2016, es decir, dentro del año previo al inicio de la quinta parte de la vigencia de la concesión, conforme lo prevé el artículo 113 de la LFTyR. Como consecuencia de lo anterior, este órgano autónomo emitió la resolución correspondiente a dicha petición, en estricta observancia del plazo establecido para tales efectos en el propio dispositivo legal ya señalado.

La resolución referida fue aprobada por el Pleno del IFT en su XXI sesión extraordinaria, celebrada el 1 de diciembre de 2016, mediante acuerdo P/IFT/EXT/011216/50.  Es pública y se puede consultar en la siguiente liga:

https://rpc.ift.org.mx/vrpc/pdfs/53287_170120212221_2134.pdf

De esta manera, en aras de abonar a la certeza jurídica en el sector de las telecomunicaciones, se hace pertinente dejar claro que lo expresado por el C. Presidente no corresponde a los hechos ni al marco legal aplicable, toda vez que la solicitud de prórroga ya fue resuelta y no hay posibilidad de negarla, por lo que lo único que está pendiente es la entrega del título de concesión, previo establecimiento de condiciones por el IFT.

El IFT es un órgano técnico, con autonomía constitucional, que lo aleja de decisiones de carácter político; y actúa siempre con absoluto respeto de las facultades y el trabajo de otras autoridades.

 Fecha del Comunicado: 21 October 2021

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