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El IFT autoriza la concentración de Nokia Corporation y Alcatel Lucent (Comunicado 90/2015) | Instituto Federal de Telecomunicacioness


El IFT autoriza la concentración de Nokia Corporation y Alcatel Lucent (Comunicado 90/2015)

EL IFT AUTORIZA LA CONCENTRACIÓN DE NOKIA CORPORATION Y ALCATEL LUCENT

 

  •  La operación se realiza en mercados donde participan competidores importantes a nivel nacional e internacional
  • Se trata de mercados en los que ocurren grandes avances tecnológicos
  • La empresa resultante enfrentará a competidores internacionales de mayor tamaño y sus clientes en México tienen capacidad de negociación  

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) autorizó en sesión extraordinaria la concentración entre Nokia Corporation y Alcatel Lucent, al acreditarse que esta operación no tiene efectos contrarios a la competencia y libre concurrencia.

La operación en el ámbito internacional involucra los siguientes productos y servicios que se utilizan exclusivamente en redes de telecomunicaciones inalámbricas: (i) equipos de infraestructura activa y servicios conexos para redes de acceso (RAN); (ii) equipos de infraestructura activa y servicios conexos para redes centrales (CNS), y (iii) servicios no conexos.

En México, las partes coinciden únicamente en la provisión de equipos CNS y servicios conexos en equipos para telefonía IP y software de soporte de operaciones, así como en la provisión de servicios no conexos. Los efectos de la transacción se analizaron a nivel de los productos y servicios de coincidencia, así como bajo otros escenarios de agregación más estrictos, que consideran el tipo de tecnología y los componentes de las redes.

La empresa resultante Nokia/Alcatel enfrentará a competidores importantes a nivel nacional e internacional como Ericsson y Huawei. Las actividades de provisión de equipos de infraestructura están relacionadas con actividades de innovación y desarrollo tecnológico. Asimismo, la configuración de los mercados de provisión de infraestructura está sujeta a cambios dinámicos relacionados con la evolución tecnológica.

Sólo en el caso de la provisión de equipos RAN y servicios conexos para la tecnología 2G/CDMA a nivel mundial, el posicionamiento de Nokia/Alcatel supera la de sus principales competidores; sin embargo, la demanda de equipos y servicios para tecnologías de segunda generación se ha estado contrayendo de forma sostenida conforme esas tecnologías son sustituidas por tecnologías más recientes.

Después de la operación se conserva una asimetría importante en las participaciones de mercado entre los diferentes competidores que participan en los mercados evaluados.

En conjunto, la información y los elementos planteados permitieron al IFT concluir que no prevén riesgos de que Nokia/Alcatel adquiera la capacidad de fijar precios o restringir el abasto en los mercados.

 

El 18 de junio de 2015, Nokia Corporation y Alcatel Lucent notificaron una concentración internacional con efectos en México. Por las características de la operación, tanto la Comisión Federal de Competencia Económica como el Instituto se consideraron autoridades competentes para conocer y resolver este asunto, lo que generó un conflicto de competencia que en términos de la ley, corresponde al poder judicial resolver. El 8 de octubre de 2015, el Segundo Tribunal Especializado emitió una sentencia, notificada al IFT el 14 de octubre de 2015, por medio de la cual dicha autoridad determinó que los mercados involucrados pertenecen al sector de telecomunicaciones y, debido a su especialización, este Instituto es la autoridad competente para conocer y resolver la concentración. 

 Fecha del Comunicado: 23 October 2015

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