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Instituto Federal de Telecomunicaciones


¿Qué es la calidad de los servicios?

Un Servicio de telecomunicaciones es de calidad cuando satisface las necesidades explícitas e implícitas del usuario del servicio y cumple con los parámetros establecidos en los Lineamientos. 

¿En dónde se establecen los parámetros de calidad del servicio móvil?

Dentro de los lineamientos que fijan los índices y parámetros de calidad a que deberán sujetarse los prestadores del servicio móvil, los cuales emitió el Instituto con la finalidad de que se preste un servicio de calidad en beneficio de los usuarios.

¿A que están obligados los operadores móviles?

Los operadores están obligados a garantizar la calidad de los servicios, a publicitar, por cualquier medio, únicamente cuando indiquen expresamente la(s) zona(s) o lugar(es) donde se cumplen/incumplen los índices de calidad determinados en los Lineamientos, a implementar un sistema de seguimiento de quejas, así como a entregar información relativa a las fallas que se presenten.

¿Qué es la cobertura garantizada?

Área que refleja la zona geográfica en que los prestadores del servicio móvil ofrecen los servicios materia de los presentes lineamientos, correspondientes a cierta tecnología de acceso, quedando obligados a cumplir con todos los índices de calidad establecidos en los presentes lineamientos, la cual podrán publicitar al público en general.

¿Cómo puedo conocer la cobertura garantizada de mi operador?

¡Es muy fácil!  Dentro del Sistema de Información y Empoderamiento del Portal de Usuarios, se encuentra la herramienta denominada “Mapas de Cobertura Garantizada Móvil” en la que el usuario puede conocer la mancha específica de cobertura de las redes de los operadores móviles, por cada una de las tecnologías a través de las cuales prestan sus servicios (2G, 3G y 4G), permitiendo la navegación y tener acercamientos a nivel de calle y colonia.

¡Sólo ingresa a la siguiente página! https://www.ift.org.mx/usuarios-y-audiencias/siumapa

¿Te han dejado esperando cuando llamas al Centro de Atención Telefónica?

Debes saber que tu operador tiene la obligación de contar con un sistema de atención telefónica, el cual deberá estar disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año.

Cuando accedas al sistema y elijas hablar con un representante en los horarios establecidos por tu operador, el tiempo de espera para ser atendido en ningún caso deberá ser mayor a 30 segundos en más del 5% del total de llamadas y en ningún caso mayor a 60 segundos.

¿Qué es lo que mide el Instituto para cada uno de los servicios?

En el servicio de telefonía se mide la proporción de intentos de llamadas fallidos, la proporción de llamadas interrumpidas, la calidad de voz y el tiempo promedio de establecimiento de la llamada. Para el caso del servicio SMS, mide la proporción de mensajes cortos fallidos, el tiempo de entrega promedio del mensaje corto y la integridad del mensaje corto.Y finalmente para Internet, mide la latencia, la pérdida de paquetes, la tasa de transmisión de datos de carga, la proporción de intentos de sesión fallidas y la tasa de transmisión de Datos promedio de descarga.

¿Qué pasa si falla la red de mi operador?

Si la red de tu operador presenta fallas, tienes derecho a que te bonifique cuando menos el 20% del monto del periodo de afectación en la prestación del servicio de telecomunicaciones, en caso de que el servicio no se preste conforme a la calidad y condiciones convenidas en el contrato, o por fallas o cargos indebidos por causas imputables al proveedor.

¡Recuerda! Pueden presentarse condiciones que afecten tu servicio y no sean culpa de tu operador, como las características técnicas y el estado de conservación de tu equipo móvil (celular, smartphone, tablet), o su uso en el interior de algunos edificios, sitios subterráneos, elevadores, helicópteros, o en lugares que presenten una concentración inusual de usuarios, como son estadios, auditorios, teatros, etcétera).

¿Qué pasa si mi operador incumple con los parámetros de calidad?

Si de los resultados de las mediciones se advierte que algún operador rebasa los valores de cumplimiento, el Instituto puede iniciar el procedimiento correspondiente para imponerle una sanción

¿Qué sanción puede imponer el Instituto a los operadores?

Una multa por el equivalente de 1% hasta 3% de los ingresos del concesionario o autorizado.


 

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