Atajo de Navegación:

Instituto Federal de Telecomunicaciones


Concesión para uso comercial

De acuerdo con el Artículo 67 de  la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión el término se entenderá por: Concesión que confiere el derecho a personas físicas o morales para prestar servicios públicos de telecomunicaciones y de radiodifusión, con fines de lucro a través de una red pública de telecomunicaciones.


Paginas de referencia
2024 Instituto Federal de Telecomunicaciones - Algunos Derechos Reservados