Atajo de Navegación:

Instituto Federal de Telecomunicaciones


INVITACIÓN PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS DIRIGIDA A PROVEEDORES DE SOLUCIONES PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LA BASE DE DATOS DE LA PORTABILIDAD

Fecha de Publicación: 09 de abril de 2018

Fecha de Actualización: 18 de abril de 2018

1. Introducción

De conformidad con el “DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones”, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 11 de junio de 2013,  el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Instituto) es un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en esta Constitución y en los términos que fijen las leyes. Para tal efecto, tendrá a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, así como del acceso a infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales, garantizando lo establecido en los artículos 6o. y 7o. antes referidos.

Por otra parte, el artículo Trigésimo Octavo Transitorio del “Decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión”, publicado en el DOF el 14 de julio de 2014, mandata al Instituto para regular la portabilidad numérica en México.

En este sentido, el 12 de noviembre de 2014 se publicó en el DOF el “Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones emite las Reglas de Portabilidad Numérica y modifica el Plan Técnico Fundamental de Numeración, el Plan Técnico Fundamental de Señalización y las especificaciones operativas para la implantación de portabilidad de números geográficos y no geográficos”.

El 23 de junio de 2015 se publicó en el DOF el “Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica las Reglas de Portabilidad Numérica publicadas el 12 de noviembre de 2014, así como el Plan Técnico Fundamental de Numeración publicado el 21 de junio de 1996” (Reglas de Portabilidad).

La solución técnica para la implementación de la portabilidad numérica en México se establece en la Regla 22 de las Reglas de Portabilidad y consiste en que todo concesionario que origine una comunicación tendrá la obligación de consultar una Base de Datos de Portabilidad para obtener la información necesaria para su enrutamiento. En este sentido, los concesionarios podrán contar con su propia Base de Datos de Portabilidad o podrán contratar el servicio de consulta a un tercero, siendo obligación de todos los concesionarios obtener los archivos de portabilidad y actualizar su base de datos de portabilidad en los tiempos y condiciones establecidos.

Para este efecto los Proveedores de Servicios de Telecomunicaciones (PST) deberán contratar, previa opinión favorable del Instituto, a un Administrador de la Base de Datos (ABD) que tenga a su cargo la administración e integridad de la Base de Datos Administrativa (BDA), la generación de los Archivos de Portabilidad, la comunicación de los cambios de PST y la coordinación de la sincronía de la actualización de las Bases de Datos de Portabilidad involucradas en el cambio, y demás funciones establecidas en las Reglas de Portabilidad.

Dada la importancia de la información contenida en la BDA, es imprescindible que ésta sea administrada eficientemente por una empresa que funja como administrador y que cumpla con los requerimientos establecidos en el presente documento, así como en las Reglas de Portabilidad y sus modificaciones y en el Contrato Marco de prestación de servicios para establecer, operar, administrar e integrar una base de datos administrativa para la operación de la Portabilidad en México.

En atención a lo antes señalado, los PST miembros del Comité Técnico en materias de Portabilidad, Numeración y Señalización (Comité) emiten la presente invitación.

 

2. Propósito

El presente documento tiene como propósito establecer los lineamientos que deben de cumplir los candidatos a ABD para presentar sus propuestas de solución para la continuidad del proceso de Portabilidad considerando que se garanticen las mejores condiciones técnicas, de calidad y comerciales para la administración de la Portabilidad en México, acorde con las necesidades que dicho proceso plantea a la fecha. Asimismo, se convoca a las empresas interesadas en fungir como ABD, a enviar su propuesta para proveer una solución integral en los términos y condiciones establecidas en el presente documento.

 

3. Responsabilidades y Obligaciones del ABD

En el ejercicio de sus funciones, la actuación del ABD responderá al interés público, sujetándose en todo momento, a lo establecido en las Reglas de Portabilidad, en el Contrato Marco, en los acuerdos del Comité y en aquellas disposiciones que se lleguen a emitir en la materia.

Para cumplir con lo anterior, el ABD deberá sujetarse a lo siguiente:

  • Reconocer que la información contenida en la BDA será, en todo momento, propiedad del Instituto, y por lo tanto deberá entregarla a éste cuando así se lo solicite, en los formatos y medios que al efecto se establezcan;
  • Atender los requerimientos del Instituto y sujetarse en todo momento a las disposiciones administrativas que éste emita;
  • Informar al Instituto de cualquier irregularidad que detecte en el desarrollo de sus funciones;
  • Atender los requerimientos de información del Instituto en los términos y formatos que éste se lo requiera;
  • Establecer sistemas de consulta remota a las bases de datos para el Instituto, con los parámetros de seguridad, calidad y operación que para tales efectos se definan;
  • Obtener del Instituto la base de datos del Plan de Numeración, la Base de Datos de Numeración No Geográfica Específica (NNGE) y demás información que pudiera resultar relevante e indispensable para el desarrollo de sus funciones;
  • Llevar a cabo la administración de los procesos establecidos en las Reglas de Portabilidad de manera eficiente
  • Establecer el Sistema IVR y base de datos de NIP de Confirmación;
  • Verificar la validez y autenticidad de las solicitudes de Portabilidad, ya sea por sí mismo o a través de un tercero;
  • Realizar, a través del sistema de transferencia electrónica, las validaciones establecidas en las Reglas de Portabilidad;
  • Vigilar la precisión de la información contenida en la BDA y manejarla de manera confidencial;
  • Permitir, a través del sistema de transferencia electrónica que establezca, el intercambio de información entre la BDA y las Bases de Datos de Portabilidad con que cuenten los PST, de conformidad con las interfaces técnicas que se determinen;
  • Administrar eficientemente la BDA e implementar mecanismos de depuración y limpieza de datos, de conformidad con los parámetros de calidad de servicio y seguridad que se establezcan en el Comité;
  • Establecer el Sistema de Información a través del cual los Usuarios podrán dar seguimiento al Proceso de Portabilidad de sus números telefónicos;
  • Proteger los datos personales de los usuarios en los términos de las leyes y demás disposiciones administrativas que resulten aplicables; y
  • Las demás que deriven de las Reglas de Portabilidad, de la Ley y demás disposiciones legales y administrativas aplicables.

4. Instrucciones para participar

4.1 Presentación de Propuestas

El Proveedor deberá enviar al correo electrónico invitacion.abd@ift.org.mx un escrito mediante el cual formalice su propuesta. A tal escrito deberán anexarse los documentos definidos en el numeral 4.3.

Asimismo, en dicho escrito se deberá establecer que el proceso de transición del ABD deberá ser transparente, así como su duración y que será sin costo alguno para los PST.

El contenido de la propuesta deberá enviarse:

  1. En idioma español en formato .pdf.
  2. Abarcar la totalidad de los rubros requeridos para la presentación de los servicios objeto de la presente invitación.
  3. Rubricada y firmada por su(s) representante(s) legal(es).

Las propuestas serán recibidas exclusivamente a través del correo electrónico invitacion.abd@ift.org.mx. El tamaño máximo de los archivos adjuntos será de 20 MB, por lo que en caso de excederse deberá particionar la información en tantos correos resulten necesarios. (Actualizado el 18 de abril de 2018)

En caso de ser necesario, los Proveedores interesados, podrán solicitar a través del correo electrónico invitacion.abd@ift.org.mx información técnica con los requisitos mínimos y el detalle operativo de la portabilidad en México.

Una vez analizadas las propuestas, se convocará a cada Proveedor a una exposición presencial ante los PST y el Instituto para detallar su solución y resolver dudas y aclaraciones.

4.2 Calendario de Actividades

(Actualizado el 18 de abril de 2018)

ActividadFecha Límite

Presentación de manifestación de interés en participar

29 de abril

Recepción de dudas o comentarios por parte de los interesados

7 de mayo

Atención a dudas y comentarios por parte de los PST

8 de mayo

** Las dudas y comentarios se atenderán semanalmente los días martes.

Entrega de propuesta de solución por parte de los interesados

21 de mayo

Exposición de propuestas de los interesados a los PST

Tiempo máximo de exposición por participante: 30 minutos

Preguntas y respuestas: 30 minutos

28 de mayo (único día)

Evaluación de propuestas por parte de los PST

Del 29 de mayo al 18 de junio

Reunión de Comité para determinar la propuesta elegida y aviso al proveedor seleccionado

Entre el 25 y 29 de junio

 

4.3 Contenido de la propuesta

4.3.1 Requisitos Jurídicos

Los Proveedores interesados en participar deberán enviar al correo electrónico invitacion.abd@ift.org.mx copia simple de los siguientes documentos:

  1. Acta Constitutiva de la empresa o carta compromiso de constitución de la empresa, con el detalle de nombre, responsabilidad y participación accionaria.
  2. Escritura pública que contenga el poder general para actos de administración o especial del apoderado responsable del trámite.

Tratándose de empresas extranjeras que anexen documentos redactados en un idioma distinto al español, éstos deberán acompañarse con una traducción al idioma español a través de perito traductor autorizado.

4.3.2 Solvencia Financiera/Estados Financieros

Carta del representante legal del Proveedor declarando bajo protesta de decir verdad que su representada cuenta con solvencia financiera suficiente para obligarse con los PST en los términos del Contrato Marco que al efecto se celebre.

Adicionalmente, deberá presentar los Estados Financieros auditados donde conste dicha solvencia, o bien, los Estados Financieros de alguna de las sociedades que conformarán la sociedad del Proveedor. En caso de que no cuente con Estados Financieros en idioma español, éstos deberán ser acompañados con una traducción al idioma español a través de perito traductor autorizado.

4.3.3 Currículum Del Proveedor

La documentación curricular deberá contener información sustentable que demuestre su capacidad para llevar a cabo el proyecto y su idoneidad para el desarrollo e implementación de este, en los términos y plazos establecidos, así como en su caso, una descripción de los trabajos que haya realizado y que sean similares al solicitado.

Para acreditar la experiencia en la realización de proyectos similares deberá presentar documentación en la que explique su participación en el proyecto, la fecha en que se adjudicó el contrato y la fecha en que se ejecutó la primera Portabilidad, el tiempo en el que se implementó y la cantidad de usuarios portados en el primer año y en la actualidad, así como un punto de contacto de la entidad reguladora del país donde se implantó la Portabilidad para validar la información.

En caso de que el Proveedor cuente con la participación de otras empresas, deberá adjuntarse la información curricular de cada una.

4.3.4 Nacionalidad

Los Proveedores deberán ser constituidas bajo el régimen de las leyes mexicanas y acreditar su inscripción en el Registro Público de Comercio. En su defecto, deberán presentar carta compromiso mediante la cual se obliguen a constituirse bajo el régimen de las leyes mexicanas dentro de los 60 días naturales posteriores a la fecha de envío de su respuesta a la presente invitación.

Si el Proveedor Ganador no está legalmente constituido como una sociedad mexicana, una vez transcurrido el plazo descrito en el párrafo anterior, se considerará una causa de revocación de la designación de ganador.

En caso de que el Proveedor Ganador no se encuentre inscrito en el Registro Público de Comercio al momento de la firma del Contrato Marco, contará con un año para obtener la inscripción en el citado Registro y en caso contrario se rescindirá el mismo y se aplicará la garantía por rescisión del Contrato, así como la correspondiente al incumplimiento de la inscripción respectiva.

4.3.5 Independencia

Los Proveedores deberán manifestar por escrito, bajo protesta de decir verdad, que son independientes a los PST, y en tal sentido estos no participan en el capital social de los Interesados, asimismo, asentarán que sus empleados no son ni podrán ser empleados de manera simultánea de ningún PST.

4.3.6 Confidencialidad

Los Proveedores deberán presentar una carta compromiso en la que se obligue a mantener en estricta confidencialidad la información y documentación a la que tengan acceso con motivo del desarrollo del presente procedimiento.

En el mismo escrito los Proveedores se obligarán a no emitir publicidad, boletines informativos, ni conceder entrevistas en relación con el procedimiento.

4.3.7 Vinculación de Propuestas

El Proveedor deberá presentar una carta compromiso mediante la que se obligue, en caso de resultar ser el ABD ganador, a cumplir con las condiciones técnicas, de calidad y económicas presentadas en su propuesta final, dicha propuesta deberá integrarse como anexo al Contrato Marco que celebren los PST.

El Proveedor deberá atender todas las condiciones que el Comité determine.

4.3.8 Requerimientos Técnicos

El Proveedor deberá presentar en forma amplia y detallada la propuesta de requerimientos técnicos a implementar que permita la continuidad y el funcionamiento adecuado del proceso de Portabilidad.

4.3.9 Requerimientos Comerciales

El Proveedor deberá presentar su propuesta comercial basada en los conceptos que a continuación se detallan:

ConceptoVolumen
Tramitación de una solicitud de Portabilidad.*19,573,540 números
Verificación de rechazo por parte del Proveedor Donador.**47,946 solicitudes
Alta de Números No Geográficos Específicos.50 números
Reversión de Portabilidad19,202 solicitudes

* NOTA: El costo del servicio de IVR y las llamadas de callback queda comprendido dentro de la tarifa de tramitación de una solicitud de portabilidad.

**NOTA: Para el caso de los rechazos parciales, la tarifa de verificación de rechazo será aplicable al proveedor receptor en caso de que proceda el rechazo de al menos uno de los números, y al proveedor donador en caso de que no proceda el rechazo parcial.

Las penas convencionales serán convenidas entre las partes y establecidas en el Convenio Marco que se celebre.

4.3.10 Plan de Transición

El Proveedor deberá presentar su plan de transición para migrar la solución del ABD actual a su plataforma propuesta del proceso de portabilidad que actualmente se encuentra en operación.

4.3.11 Capacitación

El Proveedor deberá presentar un plan de capacitación anual para los PST y el Instituto, misma que deberá ser sin costo.

4.3.12 Innovación Tecnológica

El Proveedor podrá presentar propuestas de mejora al proceso de portabilidad basadas en innovación tecnológica o tendencias a nivel mundial.

4.4 Responsabilidad

El Proveedor será el único responsable ante los PST y ante el Instituto, de la propuesta integral de acuerdo con la descripción de los requerimientos establecidos en el presente documento.

En caso de que parte de la propuesta del Proveedor sea desarrollada por otros proveedores y/o subcontratistas, la responsabilidad de estas será únicamente para con el Proveedor; sin embargo, las funciones de los proveedores y/o subcontratistas, deberán ser claramente designadas e identificadas.

4.5 Gastos

Los Proveedores deberán sufragar los gastos, derechos e impuestos, así como cualquier erogación derivada de su participación en el presente proceso; por lo tanto, no podrán reclamar al Comité, a sus integrantes o al Instituto, cantidad alguna derivada de su participación o descalificación.

5. Formalización del Contrato Marco

El Contrato Marco y sus anexos, deberán formalizarse entre los PST y el ABD Ganador en la fecha establecida por el Comité.

Temas relacionados

2024 Instituto Federal de Telecomunicaciones - Algunos Derechos Reservados