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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Consulta pública del "Anteproyecto de Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias".

Objetivo

El CNAF es el instrumento por medio del cual se establece el servicio o servicios de radiocomunicaciones a los que se encuentra atribuida una determinada banda de frecuencias de espectro radioeléctrico, y mediante el cual se proporciona información adicional sobre el uso y planificación de determinadas bandas de frecuencias.

Duración

Del 10 de Julio de 2015 al 20 de Agosto de 2015

Descripción de la mecánica

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (el Instituto) convencido de la importancia y relevancia de transparentar su proceso de elaboración de nuevas regulaciones, recibirá comentarios, opiniones y aportaciones de cualquier interesado a propósito del “Anteproyecto de Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias” (el Anteproyecto), conforme a las siguientes mecánica, plazos y disposiciones.

Los procesos de consulta pública del Instituto tienen la finalidad de:

 i)   Dar mayores elementos de certidumbre a los mercados y a los agentes regulados a propósito de los temas de interés público que se encuentran en análisis y próximos a una determinación por parte de este órgano regulador;

 ii)  Fomentar la participación ciudadana que permita conocer de manera anticipada su posición y posibles impactos con los que puedan verse afectados con relación a un determinado tema de interés; y,

 iii)  Recibir comentarios, opiniones y aportaciones de los ciudadanos que logren mejorar la calidad regulatoria de sus instrumentos normativos.

De esta forma, el Instituto da cumplimiento a lo señalado por el artículo 51 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el cual refiere, entre otras cosas, que para la emisión y modificación de reglas, lineamientos o disposiciones administrativas de carácter general, así como en cualquier caso que determine el Pleno, el Instituto deberá realizar consultas públicas bajo los principios de transparencia y participación ciudadana, en los términos que éste determine, salvo que la publicidad pudiera comprometer los efectos que se pretenden resolver o prevenir en una situación de emergencia.

El periodo del 20 al 31 de julio de 2015 se considera inhábil para la recepción de comentarios, opiniones y aportaciones. Cualquier información recibida mediante medios electrónicos durante esos días, se acusará de recibido a partir de la primer hora del día hábil siguiente, esto es el 3 de agosto de 2015.

El Instituto recibirá comentarios, opiniones y propuestas concretas en relación con el contenido del Anteproyecto.

Con el fin de facilitar la consulta del Anteproyecto, se encuentran también disponibles los siguientes documentos: “Documento de Referencia 1. Términos y definiciones aplicables al CNAF”, “Documento de Referencia 2. Criterios para la clasificación de espectro protegido” y “Documento de Referencia 3. Criterios para la emisión del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias”. Cabe señalar, que dichos documentos no son objeto de la presente consulta pública, son incorporados y se encuentran disponibles en el presente apartado, únicamente, como referencia para los participantes y para un mayor entendimiento de la información contenida en el Anteproyecto.

Los comentarios, opiniones y propuestas concretas sobre el Anteproyecto, podrán presentarse mediante un formulario electrónico, el cual se encontrará disponible en la liga https://www.ift.org.mx/cnaf.

Como parte del proceso, en caso de que se requiera presentar comentarios, opiniones y propuestas, como persona física, se deberá realizar un registro con la información general solicitada en el mismo formulario electrónico que se encuentra disponible en la liga https://www.ift.org.mx/cnaf.

Como parte del proceso, en caso de que se requiera presentar comentarios, opiniones y propuestas, como persona moral, se deberá realizar un registro con la información general de la personalidad con la que se actúa en el mismo formulario electrónico que se encuentra disponible en la liga https://www.ift.org.mx/cnaf. Dicha información será validada posteriormente por el Instituto, por lo que, en caso de que no sea posible validar la información, la petición será entendida a título personal de éste.

El formulario donde se podrán verter los comentarios, opiniones y propuestas, contará con acceso de manera individual a las tres principales secciones que forman el Anteproyecto. En dicho formulario, podrá elegir la opción específica de su interés dentro de cada sección, así como registrar sus comentarios en los rubros establecidos para tal fin.

Una vez concluido el llenado del formulario, será necesario oprimir el botón de “Enviar” para terminar con el registro de los comentarios. Cuando la información sea enviada satisfactoriamente, aparecerá un resumen con la información proporcionada junto con su número de folio para que pueda dar seguimiento a su participación en la consulta. En caso de no poder enviar la información, es probable que exista algún campo sin contestar, por lo que se deberá revisar nuevamente la información proporcionada y completar lo que haga falta.

Para cualquier duda o inquietud sobre la presente consulta pública, el Instituto pone a disposición de todos los interesados, el siguiente número telefónico: (55) 5015 4000, extensión 2726 el cual estará disponible en los siguientes horarios: de lunes a jueves de las 9:00 a las 14:00 horas y de las 16:00 a las 18:00 horas y el día viernes de las 9:00 a las 16:30 horas.

Una vez concluido el plazo de la consulta pública aquí señalado, no se recibirán comentarios, opiniones o propuestas a razón de que se considerará cerrada la misma. Posteriormente a ello, la Unidad de Espectro Radioeléctrico, en su oportunidad, someterá a consideración del Pleno del Instituto, un proyecto que considere el resultado de la presente consulta pública, a efecto de que, en su caso, sea aprobado el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, para su posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Posteriormente a la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones apruebe la emisión del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, se publicará en el portal electrónico del Instituto un pronunciamiento formulado de manera general respecto de los comentarios, opiniones y propuestas concretas recibidas, especificando en su caso, cuáles de ellos resultaron en adecuaciones y especificaciones. En ningún caso, los comentarios, opiniones y propuestas serán vinculantes para el Instituto.

Los comentarios, opiniones y propuestas concretas recibidos en el formulario, podrán ser agrupados en caso de que se encuentren relacionados entre sí, o bien que se refieran a un mismo tema, y en su caso, el Instituto los considerará en estos términos.

Los comentarios, opiniones, propuestas concretas y documentos adjuntos presentados durante la consulta de mérito, serán publicados en el portal electrónico del Instituto y en ese sentido serán considerados invariablemente públicos, salvo por lo dispuesto al efecto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

No se atenderán ni publicarán aquellos comentarios, opiniones y propuestas que no se encuentren relacionados con el objeto de la presente consulta.

2015

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Comentarios, opiniones y respuestas recibidas

Aviso

Los comentarios, opiniones y aportaciones que reciba el Instituto con relación a la presente Consulta Pública, serán publicados íntegramente en su portal de internet y, en ese sentido, serán considerados invariablemente públicos salvo por lo dispuesto en la normatividad vigente en materia de transparencia y acceso a la información pública, protección de datos personales o cualquier otra. 

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