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Consulta pública del “Anteproyecto de Acuerdo por el cual se modifican los artículos 3 y 8 de los Lineamientos Generales para el Otorgamiento de Concesiones a que se refiere el Título Cuarto de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión”. | Instituto Federal de Telecomunicacioness


Consulta pública del “Anteproyecto de Acuerdo por el cual se modifican los artículos 3 y 8 de los Lineamientos Generales para el Otorgamiento de Concesiones a que se refiere el Título Cuarto de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión”.

Objetivo

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo, el “Instituto”) convencido de la importancia y relevancia de transparentar su proceso de elaboración de nuevas regulaciones recibirá comentarios, opiniones y aportaciones de cualquier interesado a propósito del “Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual se modifican los artículos 3 y 8 de los Lineamientos Generales para el Otorgamiento de las Concesiones a que se refiere el Título Cuarto de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión” (en lo sucesivo, el “Anteproyecto”), el cual se propone con base en lo establecido en los artículos 6º y 28, párrafos décimo quinto y décimo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 7, 15, fracciones I y LVI, 17, fracción I, y 51 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y 1, 4, fracción I, y 6, fracción I, del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones. 

El objetivo del Anteproyecto consisten en desagregar el Formato de Solicitud de Concesión para Uso Social establecido en los “Lineamientos Generales para el Otorgamiento de las Concesiones a que se refiere el Título Cuarto de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión” a fin de facilitar el entendimiento de los requisitos que son aplicables para cada tipo, esto es, de uso social, uso social comunitaria y uso social indígena, con lo cual se simplifica y se hace más claro los requisitos que deben presentar los interesados en obtener este tipo de concesiones.

En virtud de lo anterior, la presente consulta pública tiene el objetivo de transparentar y dar a conocer la presente propuesta de regulación, su análisis de nulo impacto regulatorio a efecto de que los interesados en la misma, puedan tener un mayor entendimiento sobre sus medidas y términos propuestos por el Instituto y, a partir de ello, formular a este órgano regulador sus comentarios, opiniones o aportaciones que permitan fortalecer dicha propuesta normativa, así como para afinar con mayor precisión los posibles impactos que se desprendan a razón de su posible entrada en vigor.

Publicación

30 de Enero de 2017

Duración

Del 31 de Enero de 2017 al 28 de Febrero de 2017(20 días hábiles)

Descripción de la mecánica

El Instituto recibirá los comentarios, opiniones y aportaciones que se tengan con relación al contenido del Anteproyecto a través de la siguiente dirección de correo electrónico consulta.concesionamiento@ift.org.mx o bien, mediante escrito presentado en la Oficialía de Partes Común del Instituto ubicada en Insurgentes Sur 1143, colonia Nochebuena, Delegación Benito Juárez, C.P. 03720, de lunes a jueves de las 9:00 a las 18:30 horas y el viernes de las 9:00 a las 15:00 horas.

El Instituto pone a disposición de todos los interesados en participar en el presente proceso consultivo el “Formato para participar en la Consulta Pública”, disponible para su descarga al inicio de la columna derecha del presente apartado, a efecto de que el mismo sea contestado y remitido al Instituto conforme a lo señalado en el párrafo que precede.

La información que los interesados le hagan llegar al Instituto –de acuerdo a los plazos y términos descritos en esta mecánica- con relación al presente proceso consultivo no tendrán carácter vinculante, sin perjuicio de que el Instituto pueda ponderarlos en un documento que refleje los resultados de dicha consulta, el cual será hará público en el presente apartado, de manera previa a la determinación que el Pleno del Instituto estime pertinente.

Para cualquier duda, comentario o inquietud sobre el presente proceso consultivo, el Instituto pone a disposición de todos los interesados, el siguiente punto de contacto: José Roberto Flores Navarrete, Director General Adjunto del Registro Público de Telecomunicaciones, correo electrónico: roberto.flores@ift.org.mx y número telefónico (55) 50154377, quién estará disponible en los mismos horarios de atención de la Oficialía de Partes Común del Instituto.

Con el propósito de asegurar una mayor accesibilidad e inclusión en sus procesos de consulta pública, el Instituto pone a disposición de todos los interesados los documentos e información materia del presente proceso consultivo, en distintos formatos (v.gr. archivos .docx, xlxs y .pdf) a efecto de facilitar su manejo, lectura y decodificación a voz. En el caso, de cualquier discrepancia sobre la accesibilidad del presente apartado, favor de contactarnos a través del siguiente número telefónico 01 (800) 2000120, o bien, en las siguientes direcciones de correo electrónico atencion@ift.org.mx jose.hernandez@ift.org.mx, para que, en un plazo no mayor a las 72 horas de recibida su petición, se le haga llegar el documento e información correspondiente en formato accesible.

Disposiciones aplicables

Una vez concluido el presente proceso consultivo, el Instituto no recibirá más comentarios, opiniones y aportaciones a razón de que este proceso se considerará culminado y cerrado.

En caso que la información que se le haga llegar al Instituto sobre el presente proceso consultivo sea realizada en representación de otra persona, sea moral o física, deberá adjuntarse de forma electrónica, copia simple del documento con el que se acredite dicha representación, por lo que, en caso contrario, la petición será entendida y registrada en el presente apartado a título personal del remitente.

No se atenderá ni publicará aquella información que no se encuentren relacionada con el objeto del presente proceso consultivo.

2017

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Comentarios, opiniones y respuestas recibidas

Aviso

Los comentarios, opiniones y aportaciones que reciba el Instituto con relación a la presente consulta pública, serán publicados íntegramente en su portal de internet y, en ese sentido, serán considerados invariablemente públicos salvo por lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

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