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AVISO DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES | Instituto Federal de Telecomunicacioness


AVISO DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Los datos personales recabados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo, el “Instituto”) están protegidos conforme a lo dispuesto por el numeral Segundo Transitorio de la  Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación (en lo sucesivo, el “DOF”) el 9 de mayo de 2016;  en relación con el Capítulo IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (en lo sucesivo, la “LFTAIPG”), publicada en el DOF el 11 de junio de 2002 y aún vigente en lo relativo a protección de datos personales, su Reglamento, publicado en el DOF el 11 de junio de 2003; los Lineamientos de Protección de Datos Personales, publicados en el DOF el 30 de septiembre de 2005, y demás normativa aplicable.

 

Los datos personales serán incorporados y tratados en el sistema de datos personales denominado "Encuestas de calidad de las Consultas Públicas" el cual puede ser consultado en la página web del Instituto en el siguiente vínculo electrónico:

 

https://www.ift.org.mx/sites/default/files/cgmr_acc.pdf

 

¿Qué datos personales se recaban y para qué finalidad?

 

 Los datos personales que se recaban en el sistema de " Encuestas de calidad de las Consultas Públicas", se utilizarán para establecer un medio de contacto con aquellos interesados que decidan participar en los procesos consultivos que realiza el Instituto y que, de manera adicional, deseen proporcionar sus comentarios, sugerencias y aportaciones sobre la forma y medios con los cuales este órgano constitucional autónomo realiza dichos ejercicios a efecto de que los mismos se vayan perfeccionando y mejorando. De manera adicional, los datos personales recabados se utilizarán para generar estadísticas e informes y los mismos no estarán asociados con el titular de los datos personales por lo que no será posible identificarlos.

Para las finalidades anteriores, se recabará el siguiente dato personal: dirección de correo electrónico.

 

Fundamento para el tratamiento de los datos personales

 

El Instituto, convencido de la utilidad e importancia que reviste la transparencia y la participación ciudadana en el proceso de elaboración de nuevas regulaciones, así como de cualquier otro asunto que resulte de interés, realiza consultas públicas con base en lo señalado en los artículos 15, fracciones XL y XLI, y 51 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y 5, 12, fracción XXII y 138 de la Ley Federal de Competencia Económica. A este respecto, el Instituto ha habilitado una encuesta electrónica en su portal de internet a efecto de recabar los comentarios y las posibles áreas de oportunidad que los interesados vislumbren en sus procesos consultivos, requiriendo la posibilidad de establecer una línea de comunicación directa con dichos participantes para tener un mejor y mayor entendimiento sobre sus comentarios, sugerencias o aportaciones a propósito de dicha materia.

 

Unidad Administrativa responsable del Sistema

 

 La Coordinación General de Mejora Regulatoria, de acuerdo a las facultades que le confiere el Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, se encarga de coordinar las consultas públicas del Instituto.

 

 ¿Dónde puedo ejercer mis derechos de acceso, corrección/rectificación, cancelación u oposición –derechos ARCO- de datos personales?

 

 Usted podrá ejercer sus derechos ARCO, así como revocar su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales, ante la Unidad de Transparencia del Instituto, ubicada en avenida Insurgentes Sur 1143, colonia Nochebuena, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03720, Ciudad de México, de lunes a jueves de las 9:00 a las 18:30 horas y los viernes de las 9:00 a las 15:00 horas, o bien en el correo electrónico: consultas.publicas@ift.org.mx

 

Transmisión de Datos

 

Se informa que no se realizarán transmisiones de datos personales, salvo aquéllas que sean necesarias para atender requerimientos de información de una autoridad competente, mismos que deberán estar debidamente fundados y motivados.

 Se informa que lo previsto en la presente leyenda es en cumplimiento de lo señalado en el artículo 20, fracción III de la LFTAIPG y Decimoséptimo de los Lineamientos de Protección de Datos Personales.

 

 

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