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El Pleno del IFT aprueba los estatutos sociales finales para la separación funcional de Telmex-Telnor (Comunicado 86/2018) 21 de noviembre

EL PLENO DEL IFT APRUEBA LOS ESTATUTOS SOCIALES FINALES
PARA LA SEPARACIÓN FUNCIONAL DE TELMEX-TELNOR

  • El documento contempla que las empresas mayoristas, resultantes de la separación funcional, cuenten con órganos de decisión, administración y gobierno corporativo o equivalentes independientes de los integrantes del preponderante que cuenten con títulos de concesión en materia de telecomunicaciones.
  • El Pleno también aprobó la propuesta de parámetros del sistema de precios tope aplicables a los servicios ofrecidos por Telmex y Telnor a sus clientes.
  • Asimismo, se autorizaron modificaciones a la oferta de referencia de la desagregación de la red local de Telmex y Telnor.

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprobó los estatutos sociales finales de las empresas mayoristas resultantes de la implementación de la separación funcional de Telmex-Telnor.

Dichas empresas mayoristas (UMT y UMNOR), constituidas por el Agente Económico Preponderante en el sector de telecomunicaciones (AEPT) a finales de junio de 2018, se han regido por los estatutos sociales constitutivos, aprobados por el Instituto el día 20 del mismo mes y año.

No obstante, a más tardar cuando concluya el periodo de transición de la separación funcional -establecido por 2 años y que culmina a principios del año 2020-, las empresas mayoristas deberán regirse por reglas de gobierno corporativo que garanticen su independencia operativa y en la toma de decisiones, respecto de los integrantes del AEPT que cuenten con títulos de concesión en materia de telecomunicaciones.

Es por ello que, de acuerdo con lo establecido en el Calendario de hitos del Acuerdo de Separación Funcional, aprobado el 27 de febrero de 2018, el AEPT debía presentar a más tardar al cierre del cuarto trimestre de 2019, para autorización del Instituto, su propuesta de estatutos sociales finales para UMT y UMNOR. Sin embargo, el AEPT presentó de manera anticipada, el 13 de junio de este año, su propuesta de estatutos sociales finales.

Derivado de los trabajos del Grupo de Transición en el que participan representantes del AEPT y del IFT, el agente económico presentó una nueva versión de su propuesta, la cual fue valorada por el regulador, concluyendo que se apega a lo mandatado en el Acuerdo de Separación Funcional.

Los estatutos sociales finales aprobados por el Pleno señalan, entre otros elementos, el objeto social de las empresas mayoristas, las actividades asociadas al mismo, así como la obligación de notificar al Instituto cualquier modificación a las escrituras constitutivas de las sociedades.

Adicionalmente, establecen la constitución y reglas de funcionamiento de un Consejo de Administración independiente, el cual deberá conformarse por al menos siete consejeros, de los cuales cuatro, incluido el presidente, serán independientes del AEPT. Además, serán seleccionados con base en criterios específicos.

De igual forma, establecen que el Consejo de Administración deberá apoyarse en un Comité de Auditoría y en un Comité de Cumplimiento Regulatorio, y que la Sociedad contará con el apoyo de un Auditor Externo.

Para el caso exclusivo de UMNOR, empresa mayorista resultante de Telnor, los estatutos sociales finales establecen, además, que el ejercicio de sus facultades deberá estar en concordancia con las decisiones adoptadas por la Asamblea de Accionistas y los órganos de gobierno corporativo de UMT, así como la posibilidad de que el gobierno corporativo de la sociedad pueda quedar a cargo de las mismas personas que hayan sido designadas al efecto en UMT.

Con la aprobación de los estatutos sociales finales de UMT y UMNOR, el AEPT cumple en tiempo la obligación correspondiente al hito décimo primero del Calendario del Acuerdo de Separación Funcional y contribuye a que se alcancen los propósitos de la separación funcional.

La separación funcional de Telmex y Telnor fue ordenada por el IFT como resultado de la revisión bienal sobre la efectividad de la regulación asimétrica impuesta al AEPT. En dicha revisión se determinó la pertinencia de separar funcionalmente a la empresa que tiene la red local de mayor cobertura en el territorio nacional como una medida adicional para asegurar que los operadores tengan acceso efectivo a insumos esenciales en los mismos términos y condiciones, como lo ordena la Constitución.

La separación funcional ordenada por el Instituto no supone una separación estructural, ni desincorporación de las empresas que componen al AEPT, por lo que éste será responsable de la viabilidad técnica, económica y financiera de las nuevas empresas mayoristas, para lo cual deberá aportarles los recursos necesarios para que cumplan con su objeto social, contemplando en todo momento el respeto de los derechos laborales de los trabajadores.

Durante la misma sesión, el Pleno del IFT aprobó la propuesta de parámetros del sistema de precios tope de Telmex y Telnor para el periodo 2019-2022.

La regulación de precios tope a la que están sujetos Telmex y Telnor busca replicar la disciplina de las fuerzas del mercado para imponer un límite al aumento en los ingresos que los concesionarios pueden obtener por ciertos servicios.

Mediante un Factor de Ajuste X (o factor de productividad) se busca que las ganancias en eficiencia de las empresas sean trasladadas a los usuarios finales a través de mejores condiciones de precio de los servicios.

De conformidad con las condiciones 6-6 y 6-7 del título de concesión de Telmex, la empresa debe presentar un estudio de costos incrementales y una propuesta de tarifas para los servicios básicos controlados cada cuatro años, a más tardar el 30 de junio del año que corresponda. En el caso de Telnor, de conformidad con la condición 6-1 de su título de concesión, sus tarifas serán equivalentes a las que cobre Telmex.

En cumplimiento de lo establecido en su título de concesión, Telmex presentó el estudio y la propuesta de parámetros de sistema de precios tope para el periodo 2019-2022, la cual fue complementada con diversos escritos que resultaron de diversas reuniones entre representantes del concesionario y del IFT.

La propuesta final de Telmex contempló un incremento tarifario inicial de 0.0% y un Factor de Ajuste X trimestral de 0.29% (equivalente a 1.17% anual), misma que fue valorada por el IFT.

Derivado del análisis realizado por el regulador, se consideró que la propuesta es razonable en virtud de que:

  1. Considera fuentes de información y criterios metodológicos adoptados previamente por el Instituto en la resolución de precios tope para el periodo 2015-2018;
  2. Es acorde a la evolución del mercado de telefonía fija del país y de la propia operación de Telmex;
  3. Es consistente con la tendencia del factor de productividad observada en la experiencia internacional.

Por lo tanto, los parámetros del sistema de precios tope de Telmex, aprobados por el IFT, fomentarán que los ahorros en costos por parte del concesionario resulten en beneficio de los usuarios finales al topar el incremento posible en precios para los servicios regulados de la canasta básica.

En la misma sesión del Pleno, se aprobó también la modificación a los términos y condiciones de las Ofertas de Referencia de la Desagregación Efectiva de la Red Local de Telmex y de Telnor, aplicable del 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2018, por lo que se refiere a incorporar nuevos perfiles propuestos por el AEPT para los servicios de reventa de internet y servicio de acceso indirecto al bucle local.

Conforme a lo aprobado por el Pleno, las medidas contribuyen a otorgar una nueva opción para la prestación de los diversos servicios definidos dentro de la Oferta de Desagregación vigente, por lo que su incorporación a dicha resolución traería como beneficio una mayor alternativa a los usuarios y diversidad de opciones para los servicios de telecomunicaciones que permitan fomentar condiciones de competencia y libre concurrencia.

 Fecha del Comunicado: 21 November 2018

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